Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/12/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO Nº 428
La Rioja, 04 de abril de 2011
Visto: el Expediente Código F14 N 00251-0-Año 2011, que contiene la presentación realizada por la empresa Agroarauco S.A.P.E.M. , mediante la cual formaliza el requerimiento de fondos necesarios para cubrir las erogaciones del mes de marzo de 2011 y para la adquisición de materia prima, y, Considerando:
Que, expone, los recursos solicitados serán destinados a la atención de los compromisos y vencimientos correspondientes a los meses ya mencionados y para la adquisición de aceitunas de la variedad Arauco, para su industrialización.
Que, para ello, se ha calculado un presupuesto que asciende a la suma de Pesos Un Millón Siete Mil Novecientos Ochenta y Siete $ 1.007.987,00 en calidad de aporte a cuenta de futuros aumentos de capital para la atención de compromisos y vencimientos para los meses de marzo de 2011 y de Pesos Tres Millones Seiscientos Treinta Mil $ 3.630.000,00 en calidad de préstamo con cargo de oportuna restitución conforme se acuerde, para la compra de materia prima y cuyo plazo deberá tener en cuenta los de comercialización de los productos que elabora.

Que cabe tener presente que Agroarauco S.A.P.E.M., es una sociedad de las reguladas en el Capitulo II, Sección VI
Artículos 307º y siguientes de la Ley de Sociedades Comerciales N 19.550 t.o. 1984 y sus modificatorias cuya constitución dispusiera el Decreto N 290/10, con una participación Estatal Provincial que alcanza el 99% de su Capital Social, que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio en los Folios 813 a 820 del Libro N 64
e inscripta el Registro de Beneficiarios del Estado con el número 2.674.
Que, atento a lo expuesto en el presente desarrollo, es propósito de esta Función Ejecutiva hacer lugar al pedido formulado y disponer de los fondos solicitados en el marco de las políticas de producción encaradas.
Que, en este sentido, corresponde instruir al Ministerio de Hacienda a convenir con Agroarauco S.A.P.E.M., los términos para la devolución de los recursos asignados en calidad de préstamo, en un plazo que no deberá superar el año desde que el producto se encuentre en condiciones de su comercialización.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Destínase la suma de Pesos Cuatro Millones Seiscientos Treinta y Siete Mil Novecientos Ochenta y Siete $ 4.637.987,00, a favor de la empresa Agroarauco S.A.P.E.M. de la cual el Estado Provincial es propietaria del 99% del paquete accionario, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en Expte F14 N 00251-0-Año 2011 según el siguiente detalle:
En calidad de Aporte a cuenta de futuros aumentos de capital Préstamo
Monto $ 1.007.987,00
$ 3.630.000,00

Martes 06 de diciembre de 2011

Artículo 2.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, dependiente del Ministerio de Hacienda líbrese orden de pago por las sumas y conceptos allí expresados a favor Agroarauco S.A.P.E.M., con imputación a las partidas específicas del presupuesto vigente.
Artículo 3.- Instrúyese al Ministerio de Hacienda para convenir con la sociedad Agroarauco S.A.P.E.M., los términos de la devolución de la suma que en calidad de préstamo se indica en el Artículo 1.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A.,S.H.

DECRETO N 443
La Rioja, 06 de abril de 2011
Visto el Expediente Código H1 N 03252-1-11, que contiene presentación realizada por la Secretaría General y Legal de la Gobernación solicitando asistencia financiera, y Considerando:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de hacer frente a las erogaciones que demanda la atención de los múltiples trámites que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, por no contar con crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma y con el destino antes señalados, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley N 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. N 110 -Dirección General de Administración de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, a través de un anticipo de fondos -Formulario C42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a hacer frente a las erogaciones que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/12/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data06/12/2011

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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