Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/8/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 8.760

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Dispónese que la Función Ejecutiva realice las gestiones correspondientes para que, a través del Ministerio de Infraestructura y la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo A.P.V. y U., se incluya en los programas de construcción de viviendas o de erradicación de ranchos, la obligatoriedad de instalar en los mismos un interruptor diferencial disyuntor o salva vida, que reúna las características mínimas de seguridad para una casa estándar.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 125 Período Legislativo, a diez días del mes de junio del año dos mil diez. Proyecto presentado por el diputado Javier Esteban Cárbel.
Judit Marisa Díaz Bazán - Vicepresidenta 2 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Dn. Jorge Raúl Machicote - Secretario Legislativo LEY AUTOPROMULGADA
RESOLUCIONES AÑO 2009
RESOLUCION S.I. y P.I. Nº 030
La Rioja, 19 de junio de 2009
Visto: El Expte. G3 0018-7-Año 2009 por el que la firma Promas S.A., beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional Nº 22.021, solicita se apruebe la modificación del Cuadro de Fuentes y Usos de Fondos aprobado originalmente, correspondiente a su proyecto promovido mediante Decretos Nº 1.879/93, Nº 1.880/93 y Nº 584/94, fusionados y adecuados en forma parcial por Decreto Nº 1.654/96 y Resolución M.I.C. y E. Nº 333/06; y Considerando:
Que la Función Ejecutiva tiene a su cargo las facultades de evaluar y verificar el cumplimiento de las obligaciones de las empresas beneficiarias, conforme lo establecen los Artículos 16 de la Ley Nacional Nº 22.021 y 24 del Decreto Nacional Nº 3.319/79.
Que estas facultades han sido delegadas por los Artículos 1 y 2 del Decreto Nº 280/06 a la Secretaría de Industria y Promoción de Inversiones.
Que la firma Promas S.A." solicita la modificación del Cuadro de Fuentes y Usos de Fondos de su proyecto promovido, efectuando una distinción en el ítem Fuentes entre los Aportes de Capital Propio y los montos captados por Diferimientos, mientras que respecto de los Usos desplaza un año la devolución del Diferimiento comenzando desde el año 2014 conforme a la puesta en marcha aprobada por Resolución S.I. y P.I. Nº 027/08.
Que la modificación propuesta no altera el Costo Fiscal Teórico que fuera aprobado oportunamente.

Viernes 06 de agosto de 2010

Que de la evaluación practicada surge la viabilidad técnica, económica y legal de la iniciativa presentada.
Por ello, y de acuerdo con lo dispuesto por los Arts.
19º de la Ley Nacional Nº 22.021, 24 del Decreto Nacional Nº 3.319/79 y Arts. 1 y 2 del Decreto Nº 280/06;
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y PROMOCION DE
INVERSIONES
RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del Cuadro de Fuentes y Usos de Fondos, correspondiente al proyecto que la firma Promas S.A. tiene promovido con los beneficios de la Ley Nacional Nº 22.021 mediante Decretos Nº 1.879/93, Nº 1.880/93 y Nº 584/94, fusionados y adecuados en forma parcial por Decreto Nº 1.654/96 y Resolución M.I.C. y E. Nº 333/06, el que quedará redactado conforme Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
De Gaetano, M.A., S.I. y P.I.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/8/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data06/08/2010

Conteggio pagine12

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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