Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/7/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 22 de julio de 2008

BOLETIN OFICIAL

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. N 250 -Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanosde la suma de Pesos Diez Mil Doscientos Ochenta y Cinco con Setenta y Cuatro Centavos $ 10.285,74, a través de un anticipo de fondos - Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, para ser destinada al pago del concepto Adicional por Función Política adeudado al Alcaide Edgardo Erico Fangauf, D.N.I. N 14.273.630, perteneciente a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, reconocido de legítimo abono por Resolución M.G. y D.H. N
773/07.
Artículo 2.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1, conforme lo establece la Ley 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

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de Administración Financiera de la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturalesde la suma de Pesos Trescientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta y Seis con Noventa y Dos Centavos $ 369.756,92, a través de un anticipo de fondos Formulario C-42- Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, con destino al Programa Hortícola, con la finalidad de poner en funcionamiento el Proyecto Siembra de Melón Primicia, por las consideraciones tenida en cuenta en el presente acto administrativo y para las siguientes organizaciones:

Compra de Plantines Abonos y Fertilizantes Manta Térmica Antihelada Combustibles Reparación de Maquinarias Adquisición de Tractor
Artículo 2.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1, conforme lo establece la Ley 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3.- El presente decreto serpa refrendado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros y Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Guerra, R.A., S.H.

Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Quinteros, D.N., S.H.

$ 112.223,92
$ 40.000,00
$ 142.800,00
$ 20.000,00
$ 5.000,00
$ 49.733,00

DECRETO N 1.984
La Rioja, 07 de agosto de 2007

DECRETO N 1.942
La Rioja, 03 de agosto de 2007
Visto: el Expediente Código G72 N 00211-0-Año 2007, mediante el cual la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales pone en conocimiento del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas la necesidad de aportes financieros; y, Considerando:
Que los fondos requeridos serán destinados al Programa Hortícola con la finalidad de poner en funcionamiento el Proyecto Siembra de Melón Primicia, por la suma de Pesos Trescientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta y Seis con Noventa y Dos Centavos $ 369.756,92, que beneficiará a los pequeños productores ubicados en la zona de la Ruta N 5, por no contar con crédito presupuestario suficiente para ello.
Que, a los efectos de operativizar el programa mencionado, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales, de la suma y con el destino antes señalados, mediante la emisión de un Formulario C-42
Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.
Por ello y en uso de la facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al S.A.F. N 120 -Servicio
Visto: el Expediente Código C13 N 000313-2-Año 2007, que contiene copia del Decreto N 1.902/07; y, Considerando:
Que mediante el acto administrativo citado se autorizó al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos de los recursos necesarios para ser transferidos a favor de la Asociación Civil Progreso Social, a efectos de llevar adelante y poner en ejecución el proyecto Calidad Institucional, mediante el cual se brindará asistencia técnica a las entidades vecinales de nuestra provincia.
Que, en el Artículo 1 del mencionado decreto, se cometió un error material al no concordar el monto señalado en letras con el consignado en números, correspondiendo en consecuencia subsanar tal circunstancia.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Aclárase que el monto correcto consignado por el Artículo 1 del Decreto N 1.902/07, mediante el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos de los recursos necesarios para ser transferidos a favor de la Asociación Civil Progreso Social, a efectos de llevar adelante y poner en ejecución el proyecto Calidad Institucional, es Pesos Doce Mil $ 12.000,00, y no como se consignara erróneamente en dicho artículo.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/7/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data22/07/2008

Conteggio pagine16

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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