Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/7/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 8.291

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Autorízase a la Función Ejecutiva a comprar quinientas mil 500.000 plantas de olivo que se distribuirán en toda la provincia según necesidades y características de las zonas.
Artículo 2.- Facúltase a la Función Ejecutiva a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de esta ley.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 123 Período Legislativo, a cinco días del mes de junio del año dos mil ocho. Proyecto presentado por los diputados Roberto Miguel Meyer y Joaquín Antonio Nieto.
Roberto Miguel Meyer - Vicepresidente 2 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Enrique Villacorta Prosecretario Legislativo a/c de la Secretaría Legislativa DECRETO Nº 1.355
La Rioja, 20 de junio de 2008
Visto: el Expediente Código A1 Nº 016565/08, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley Nº 8.291 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 8.291 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 05 de junio de 2008.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda, Producción y Desarrollo Local y Secretario General y Legal de la Gobernación y suscripto por el señor Secretario de Agricultura y Recursos Renovables.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Tineo, J.H., M.I. a/c. M.P. y D.L. - Brizuela, L.A.N., S.G. y L.G. - Ortiz, J.M., S.A., y R.N.

LEY Nº 8.294
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Créase un 1 Puesto Policial, en la localidad el Chiflón, del departamento Independencia.
Artículo 2.- Encomiéndase al Ministerio de Infraestructura la confección del proyecto de obra y construcción del Puesto Policial creado por la presente ley.
Artículo 3.- A los efectos del funcionamiento del Puesto Policial creado, la Secretaría de Seguridad arbitrará las medidas necesarias para la reasignación de funciones del personal policial y proveerá los recursos necesarios a tal fin.

Martes 22 de julio de 2008

Artículo 4.- Los fondos necesarios para la obra dispuesta en el Artículo 1, serán tomados de Rentas Generales.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, La Rioja, 123 Período legislativo, a cinco días del mes de junio del año dos mil ocho. Proyecto presentado por la diputada Camila del Valle Herrera.
Roberto Miguel Meyer - Vicepresidente 2 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Enrique Villacorta Prosecretario Legislativo a/c de la Secretaría Legislativa DECRETO Nº 1.356
La Rioja, 20 de junio de 2008
Visto: el Expediente Código A1 Nº 016576/08, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley Nº 8.294 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 8.294 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 05 de junio de 2008.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda, de Infraestructura, de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Tineo, J.H., M.I. a/c M.P. y D.L. - Luna Daas, C.A., M.G.,J.S. y DDHH Brizuela, L.A.N., S.G. y L.G.

DECRETOS AÑO 2007
DECRETO N 051
La Rioja, 18 de diciembre de 2007
Visto: el Expediente Código C52 N 000188-7-Año 2006, que contiene la presentación formulada por el Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos a través de la cual solicita aporte financiero; y, Considerando:
Que los recursos, por la suma de Pesos Diez Mil Doscientos Ochenta y Cinco con Setenta y Cuatro Centavos $
10.285,74, serán destinados al pago del concepto Adicional por Función Política adeudado al Alcaide Edgardo Erico Fangauf, D.N.I. N 14.273.630, perteneciente a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, reconocido de legítimo abono por Resolución M.G. y D.H. N 773/07, por no contar con crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, de la suma y con el destino antes señalado, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/7/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data22/07/2008

Conteggio pagine16

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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