Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/7/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 8.171

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 31 de la Ley Nº 5.825 y su modificatoria -Ley N 5.959, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 31º.- Secretarías: El Ministerio Público tendrá las siguientes Secretarías: una 1 el Procurador General, una 1 en la Primera Circunscripción Judicial, una 1 en la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en Chilecito, una 1 en la Tercera Circunscripción Judicial sede Villa Unión, una 1 en la Cuarta Circunscripción Judicial y una 1 en la Quinta Circunscripción Judicial.
Atenderán las cuestiones del Ministerio Público Pupilar y el Ministerio Público de Pobres y Ausentes.
Sus funciones, deberes y atribuciones serán las mismas establecidas para los Secretarios en el Artículo 97
de la Ley N 2.425, debiendo refrendar con su firma las disposiciones, diligencias y actuaciones de cada uno de los integrantes de los Ministerios, sin perjuicio de las demás funciones que se les otorguen por vía de la reglamentación.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 122º Período Legislativo, a catorce días del mes de junio del año dos mil siete. Proyecto presentado por el diputado Mario Gerardo Guzmán Soria.
Roberto Miguel Meyer - Vicepresidente 2 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Enrique Villacorta - Prosecretario Legislativo a/c de la Secretaría Legislativa
Viernes 20 de julio de 2007

Personal Transitorio, atento a las razones de servicio que así lo imponen.
Que ha tomado debida intervención de competencia la Subsecretaría de Gestión Pública, haciéndose necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Asígnase, a partir del 01 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2007, la cobertura del cargo como Personal Transitorio para prestar servicios en la Dirección General de Estadísticas y Sistemas de Información, dependiente de la Secretaría de Industria y Promoción de Inversiones del Ministerio de Industria, Cormecio y Empleo, a la Lic. Natacha Soledad Minué Belber, D.N.I. Nº 26.054.240, revistiendo Categoría G 18, Agrupamiento Profesional.
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto se imputará a las partidas específicas del Presupuesto vigente.
Artículo 3º.- Los organismos competentes deberán realizar los registros respectivos, conforme a lo dispuesto en este acto administrativo.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros y Ministro de Hacienda y Obras Públicas, Ministro de Industria, Comercio y Empleo, y suscripto por el señor Subsecretario de Gestión Pública.
Artículo 5.Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Sánchez, J.C., M.I.C. y E. - Zalazar Gell, D.E., Subs. G.P.

LEY AUTOPROMULGADA

DECRETOS

DECRETO Nº 1.818
La Rioja, 17 de julio de 2007

DECRETO N 1.749
La Rioja, 10 de julio de 2007
Visto: el Expediente Código G1 N 0186-5/07, iniciado con fecha 24 de mayo de 2007; y
Visto: la Ley N 8.153, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 03 de mayo de 2007, que deroga la Ley N 8.058 y su modificatoria -Ley N
8.086; y-

Considerando:

Considerando:

Que por medio de dichos obrados administrativos, la Directora General de Estadísticas y Sistemas de Información, dependiente de la Secretaría de Industria y Promoción de Inversiones del Ministerio de Industria, Cormecio y Empleo, propicia la asignación de un cargo como Personal Transitorio para prestar servicios en dicho organismo, proponiendo para la cobertura del mismo a la Lic. Natacha Soledad Minué Belber, D.N.I. Nº 26.054.240.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva hacer lugar a lo solicitado y disponer la asignación del cargo como
Que por medio de dicho texto legal se establece el orden de prelación -luego de los descuentos de ley obligatoriosque deberán tener en cuenta los servicios de la Administración Financiera y la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes para la retención de haberes de los agentes de la Administración Pública Provincial que hayan realizado cesión de los mismos.
Que el mencionado plexo normativo al ser remitido a la Función Ejecutiva, a los fines del Artículo 104 de la

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/7/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data20/07/2007

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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