Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/12/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL Nº 10.437
DECRETOS

DECRETO Nº 1.029
La Rioja, 27 de junio de 2006
Visto: los términos del Decreto Nº 945/06; y,
Que por conducto del Artículo 1º del acto administrativo señalado, se dispuso una reducción de hasta un Treinta 30% por ciento, en las partidas correspondientes a gastos de funcionamiento, financiadas con recursos del Tesoro Provincial
Fuentes 111 y 115- sobre la base del promedio efectivamente ejecutado durante el período enero-mayo del corriente ejercicio presupuestario.
Que además y en consonancia con la medida expuesta, se determina la reducción de los montos de los fondos rotatorios establecidos en el Anexo I del Decreto F.E.P. Nº 004/06, tanto de aquellos que han permanecido inalterables como los que han sufrido alguna modificación, con excepción de los asignados a los servicios de Salud, Educación y Policía de la Provincia.
Que procede establecer los nuevos montos de cada uno de los fondos rotatorios autorizados por la normativa vigente, con las excepciones supra mencionadas.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Sustitúyense por los montos que se indican en el Anexo I, que forma parte integrante del presente decreto, los Fondos Rotatorios oportunamente asignados mediante Decreto Nº 004/06, a los Organismos de la Administración Pública Provincial consignados en el mencionado anexo.
Artículo 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto precedentemente, déjase sin efecto, para dichos Organismos, el Anexo I del Decreto Nº 004/06, como las modificaciones que oportunamente fueran autorizadas.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Caridad, A.G., S.H.-

ANEXO I
Fondos Rotatorios por Servicios de Administración Financiera Ejercicio 2006 - Decreto Nº 945/06

120
121
130
140
145
146
151
162
163
200

Servicio de Administración Financiera Secretaría General y Legal de la Gobernación Centro Adm. Provincial y Conserv. de Edif.
Públicos Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales Administración Provincial del Agua Secretaría de Ganadería Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales Subsecretaría de Asuntos Municipales Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia Secretaría de Promoción Institucional Administración Provincial de Tierras Instituto del Minifundio y Tierras Indivisas Jefatura de Gabinete de Ministros
Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos Subsecretaría de Trabajo Ministerio de Hacienda y Obras Públicas Ministerio de Hacienda y Obras Públicas Administración Provincial de Obras Públicas Ente Unico de Control de Privatizaciones EUCOP
Unidad Ejecutora Provincial U.E.P.
Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos Ministerio de Industria, Comercio y Empleo
310
320
600

Considerando:

Nº SAF
110
111

250
255
300
300
302
304

$ 3.400,00
$ 10.000,00
$ 20.000,00

DECRETO N 1.044

La Rioja, 29 de junio de 2006
Visto: el Decreto N 02 del 02 de enero de 2006, mediante el cual se fijan los criterios para efectuar la programación financiera durante el corriente año; y, Considerando:
Que el Artículo 1 del decreto mencionado en el visto establece que la asignación de cuotas de compromiso y devengado con Fuente de Financiamiento 100 Recursos del Tesoro y aquellas distintas a la misma pero que ingresan a la Tesorería General de la Provincia, a excepción de Gastos en Personal y Transferencias a Municipios para pago de sueldos, se hará en forma mensual por acto expreso de esta Función Ejecutiva.
Que en esta instancia corresponde autorizar la cuota para comprometer y devengar gastos para el mes de julio de 2006.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Apruébanse las cuotas para comprometer y devengar gastos correspondientes al mes de julio del corriente año, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 3.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, J.M., S.H.
Cuota Compromiso y Devengado - Julio 2006
SAF

$ 3.500,00
$ 8.000,00
$ 17.000,00
$ 10.000,00
$ 2.500,00
$ 13.000,00

$ 60.000,00
$ 3.000,00
$ 40.500,00
$ 25.000,00
$ 24.500,00
$ 37.000,00

Importe $ 86.500,00
$ 50.000,00
$ 8.000,00
$ 16.000,00
$ 8.000,00
$ 66.400,00

Viernes 22 de diciembre de 2006

FF

PART.

Descripción
Importe
SECRETARIA GENERAL Y LEGAL DE LA GOBERNACION
110

111

Vs Vs 3
3 4
513
514
517
52
534
574
576
584
586

Fondo Rotatorio Pago Proveedores vs - Gastos de Funcionamiento Publicidad Oficial Personal Contratado Adq. Bienes de Uso Becas Ayuda Social a Personas Transf. a Inst. p/Gtos Ctes.
Transf. a Inst. p/ Inv. de Capital Transferencias a Inst. del Sector Público Nacional Transf. a otras inst. Públicas prov. p/Gastos Ctes.
Transf. a Gobiernos Municipales p/Gastos Ctes Transf. a otras Instituciones Públicas Prov. p/Inv. de Cap.
Transf. a Gobiernos Municipales p/Inv. de Cap.

99.900.23
732.564.00
200.000.00
165.890.00
75.439.36
67.350.00
1.677.379.00
665.904.00
583.660.00
3.000.00
65.755.00
40.000.00
99.233.00
10.000.00
4.486.074.59

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/12/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data22/12/2006

Conteggio pagine18

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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