Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/2/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 03 de febrero de 2006
Visto: la presentación realizada por la Administración Provincial de Vialidad, mediante la cual pone de manifiesto el preocupante estado de situación de su parque automotor; y, Considerando:
Que dicha situación afecta la operatividad de la referida Area de Gobierno en su permanente tarea de conservación de la red vial provincial, agravada atento a que la mayoría de su parque automotor ha superado largamente su vida útil, sin que se haya producido su renovación.
Que, particularmente, expresa la necesidad de contar con camiones cisterna para trabajos de consolidación de caminos y para el apoyo en operativos de sequía en toda la Provincia, habiendo incorporado a sus tareas regulares, los requerimientos de apoyo que formulan los distintos Municipios Departamentales.
Que, en tal sentido solicita, a los efectos de recuperar paulatinamente su poder operativo, la adquisición de dos 2
camiones tipo Ford 14.000 o similar chasis largo, cero kilómetro, equipados con cisternas de 8.000 litros de capacidad con doce 12 rompeolas internas construidas con resina náutica plástica de fibra de vidrio a cuatrocientos gramos por centímetro cuadrado y tejido tipo rowing bidireccional resistentes a la torsión, al impacto con boca de inspección y carga; dos 2 acoplados de tres ejes duales equipados con cisternas de 20.000 litros de capacidad, de chapa de acero SAE
1010 3/16, apto para 24 toneladas de carga útil con trece neumáticos rodado 1100 x 20 con cámara y protectores; y un 1 camión tipo Ford 14.000 o similar, con caja volcadora roquera.
Que atento a los argumentos expuestos y a la política de reequipamiento del parque automotor de los organismos de la Administración Pública Provincial, en este caso en particular de la Administración Provincial de Vialidad impulsada por este Gobierno Provincial, es propósito autorizarla a concretar la adquisición de los bienes antes descriptos haciendo uso de las normas de excepción establecidos en la legislación vigente.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase a la Administración Provincial de Vialidad a concretar, mediante la norma de excepción contenida en el Artículo 28, apartado 3, Inc. d de la Ley Nº 3.462, modificada por su similar Nº 3.648 y mantenida en vigencia por imperio del Artículo 98, Inc. a de la Ley Nº 6.425, la adquisición de dos 2 camiones tipo Ford 14.000 o similar chasis largo, cero kilómetro, equipados con cisternas de 8.000 litros de capacidad con doce 12 rompeolas internas construidas con resina náutica plástica de fibra de vidrio a cuatrocientos gramos por centímetro cuadrado y tejido tipo rowing bidireccional resistentes a la torsión, al impacto con boca de inspección y carga; dos 2 acoplados de tres ejes duales equipados con cisternas de 20.000 litros de capacidad, de chapa de acero SAE 1010 3/16, apto para 24 toneladas de carga útil con trece neumáticos rodado 1100 x 20 con cámara y protectores; y un 1 camión tipo Ford 14.000 o similar, con caja volcadora roquera, debiendo erogar para tal cometido hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil $
650.000,00 por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.La Administración Provincial de Vialidad deberá concretar la adquisición autorizada por el
BOLETIN OFICIAL

Pág. 11

artículo anterior, con pedido de ofertas a un número no menor de tres proveedores inscriptos, con plazos reducidos para la apertura de propuestas.
Artículo 3º.- La Administración Provincial de Vialidad deberá solicitar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas las modificaciones presupuestarias pertinentes para dar satisfacción a lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Hacienda y Obras Públicas y Secretario General y Legal de la Gobernación y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Catalán, R.C., S.G. y L.G. - Caridad, A.G., S.H.

DECRETO Nº 1.440
La Rioja, 14 de octubre de 2005
Visto: el Expediente Código A6 Nº 00059-8-Año 2005, de la Agencia Provincial de la Juventud, Programa Nº 21
dependiente de la Secretaría General y Legal de la Gobernación - SAF Nº 110, mediante el cual solicita incorporar al Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, recursos y su contrapartida de gastos, conforme a la Ley de Presupuesto Nº 7.785; y, Considerando:
Que el monto a incorporar es por la suma de $
4.000,00, donados por la firma Catamarca Rioja Refrescos S.A. con el fin de otorgar premios a los ganadores del certamen Septiembre Joven 2005, organizado por la mencionada agencia.
Que el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785
para la Administración Pública Provincial, faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2º y 4º de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución Nº 02/05, Reglamentario de la Ley de Presupuesto Nº 7.785.
Por ello, y las facultades conferidas por los Artículos 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785 y 123 de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, estimándose un incremento en los recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1º de la Ley Nº 7.785, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior estimándose un incremento en los gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 3º.- Comuníquese por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/2/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data03/02/2006

Conteggio pagine14

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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