Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/2/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS AÑO 2005

DECRETO Nº 262
La Rioja, 21 de febrero de 2005
Visto: los Decretos Nº 050 de fecha 10 de diciembre de 2003 por el que se conforma la Estructura Orgánica Funcional de la Secretaría General y Legal de la Gobernación y Nº 349 de fecha 30 de diciembre de 2003 de creación de la Dirección General de Difusión; y Considerando:
Que la Secretaría General y Legal de la Gobernación ha formulado un proyecto que contempla la supresión de la Dirección General de Difusión y del cargo Supervisor de Ceremonial y la creación de los cargos Coordinador General de Medios de Difusión Audiovisuales y de Vía Pública, Subdirector de Ceremonial, Supervisor de Medios de Difusión y Promotor de Intendencia, reportados directamente a la Secretaría General y Legal de la Gobernación, a la Dirección de Ceremonial, a la Oficina del Vocero Gubernamental y al Supervisor de Intendencia, respectivamente.
Que la propuesta está motivada en la conveniencia de asegurar una operatoria especializada en materia de difusión audiovisual y de vía pública, delimitando al mismo tiempo con claridad y precisión dichas funciones a efectos de evitar superposiciones funcionales con las que centraliza la Oficina del Vocero Gubernamental.
Que por otra parte, en lo que concierne a los cargos Subdirector de Ceremonial, Supervisor de Medios de Difusión y Promotor de Intendencia, tal previsión permite dotar a las áreas respectivas de asistencia requeridas por las temáticas sectoriales.
Que la Subsecretaría de Gestión Pública ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial y lo dispuesto por el Artículo 15º Inciso 6, de la Ley Nº 7.632 de Ministerios, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Deróganse el Decreto Nº 349 de fecha 30 de diciembre de 2003 y el Artículo 3º Inciso 2 del Decreto Nº 904/02, por los que se crean la Dirección General de Difusión, dependiente de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, el cargo de Director General de Difusión y el cargo de Supervisor de Ceremonial, respectivamente.
Artículo 2º.- Créase en el ámbito de la Secretaría General y Legal de la Gobernación y bajo su directa dependencia el cargo Coordinador General de Medios de Difusión Audiovisuales y de Vía Pública, Funcionario No Escalafonado con nivel equivalente al de Director General, el que tendrá las funciones siguientes:
1.- Diseñar y producir la difusión audiovisual y de vía pública de las actividades desarrolladas por las distintas áreas dependientes de la Función Ejecutiva.

Viernes 17 de febrero de 2006

2.- Organizar campañas de difusión audiovisuales y de vía pública con el objeto de lograr una plena efectividad de la publicidad del accionar gubernamental.
3.- Organizar los procesos de recepción de la información relativa al accionar de las distintas áreas dependientes de la Función Ejecutiva, que sirva de base para el diseño de las campañas de difusión de su competencia.
4.- Articular acciones con la Oficina del Vocero Gubernamental a efectos de garantizar la difusión de las campañas publicitarias en los medios de comunicación audiovisual y de vía pública más adecuados, conforme a la especificidad de los objetivos propuestos.
5.- Entender en materia de técnicas de producción y difusión audiovisual y de vía pública de la información, que permitan optimizar el desarrollo de los procesos sustantivos y el logro de los resultados.
Artículo 3º.- Créase en el ámbito de la Secretaría General y Legal de la Gobernación y bajo directa dependencia de la Dirección de Ceremonial de la Dirección General Operativa del Gobernador, el cargo Subdirector de Ceremonial con carácter de Funcionario No Escalafonado, el que tendrá como función asistir a la Unidad Orgánica de reporte en la coordinación y supervisión de los asuntos propios del ceremonial.
Artículo 4º.- Créase en el ámbito de la Secretaría General y Legal de la Gobernación y bajo directa dependencia de la Oficina del Vocero Gubernamental, el cargo Supervisor de Medios de Difusión con carácter de Funcionario No Escalafonado, el que tendrá como función asistir a la Unidad Orgánica de reporte en el desarrollo de los procesos técnicoadministrativos inherentes a la difusión de la publicidad oficial.
Artículo 5º.- Transfiérense a la Oficina del Vocero Gubernamental los recursos humanos, económicos, patrimoniales, presupuestarios y financieros de la ex Dirección General de Difusión.
Artículo 6º.- Créase en el ámbito de la Secretaría General y Legal de la Gobernación y bajo directa dependencia del Supervisor de Intendencia de la Dirección General de Administración, el cargo Promotor de Intendencia, con carácter de Funcionario No Escalafonado, el que tendrá como función asistir al Supervisor de Intendencia en la prestación de los servicios inherentes a las responsabilidades asignadas al mismo.
Artículo 7º.- Sustitúyese el Anexo I del Decreto Nº 050, de fecha 10 de diciembre de 2003 Organigrama Funcional de la Secretaría General y Legal de la Gobernación por el Anexo I del presente decreto.
Artículo 8º.- El gasto que demande la aplicación del presente decreto será imputado -previa adecuacióna las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 9º.- Comuníquense las disposiciones del presente decreto a las Direcciones Generales de Presupuesto, de Gestión de Recursos Humanos y de Organización y Capacitación Administrativa, todas del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, a los efectos pertinentes.
Artículo 10º.- El presente decreto será refrendado en Acuerdo General de Gabinete.
Artículo 11º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Buso, A.E., M.S. - Bengolea, J.D., M.I.C. y E. - Paredes Urquiza, A.N., M.G. y D.H. - Busto, R.R., M.E. - Catalán, R.C., S.G.
y L.G. - Maza, J.R., S.D.S. y A.M. - Cárbel, J.P., S.G. Gutiérrez, C.A., S.A. y R.N.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/2/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data17/02/2006

Conteggio pagine10

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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