Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/9/1999

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL

eleva el texto de la Ley N 6551, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DE LA FUNCION EJECUTIVA
DECRETA:

Viernes 17 de setiembre de 1999

noventa y ocho. Proyecto presentado por los diputados Oscar Eduardo Chamía y Griselda Noemí Herrera.Fdo.: María Illanes de Machicote, Vicepresidente 2
Cámara de Diputados e/e de la Presidencia Raúl Eduardo Romero, Secretario Legislativo DECRETO N 1161

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6551
sancionada por la Cámara de Diputados con fecha 1 de octubre del corriente año, mediante la cual se autoriza a la Función Ejecutiva, para que a través de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas realice los Estudios de Factibilidad y Construcción de un Edificio destinado al funcionamiento de la Comisaría Distrito Chepes, en el predio de la Institución Policial situado en Avenida San Martín esquina Las Heras de la ciudad de Chepes, departamento Rosario Vera Peñaloza.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Coordinador de Gobierno y de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Gobierno y Justicia.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Asís, M.A., Vicegobernador e/e del Poder Ejecutivo Herrera, L.B., M.C.G. Cayol, R.E., M.H.
y O.P. Paredes Urquiza, A.N., S.G. y J.
LEY N 6.587
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar a través de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas el estudio, proyecto y construcción del edificio para el Instituto Técnico Superior de la localidad de Vichigasta y el Colegio Secundario José Manuel Estrada, departamento Chilecito.ARTICULO 2.- El estudio, proyecto y la construcción de dicho edificio se realizará en un terreno donado a tal efecto por la Unión Vecinal de Agua Potable de Vichigasta.ARTICULO 3.- Los gastos que demande la presente Ley, serán tomados de las partidas correspondientes a la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas, Ejercicio Presupuestario año 1999.ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a veintidós días del mes de octubre del año mil novecientos
La Rioja, 11 de noviembre de 1998
Visto: el Expte. Código A-N 00683-2/98, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6.587, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6.587, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 22 de octubre del corriente año, mediante la cual se autoriza a la Función Ejecutiva Provincial a realizar a través de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas el estudio, proyecto y construcción del edificio para el Instituto Técnico Superior de la localidad de Vichigasta y el Colegio Secundario José Manuel Estrada, Departamento Chilecito.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Coordinador de Gobierno y de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por la señora Secretaria de Desarrollo Educativo.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Cayol R.E., M.H. y O.P. - Najum de Herrera Sánchez, S.D.E. .
LEY N 6.635
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial a invertir los fondos necesarios para la realización de estudios técnicos y construcción de los edificios destinados al funcionamiento de Centros Primarios de Salud con su correspondiente equipamiento, en las localidades de Balde de la Viuda, Puesto Dichoso y Tres de Mayo del departamento General San Martín.ARTICULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados al Plan

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/9/1999

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data17/09/1999

Conteggio pagine17

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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