Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 31/1/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 268 - 31/01/2017

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

la familia rural y la comunidad, favoreciendo el arraigo, el trabajo local y el fortalecimiento de las identidades regionales.
Que la mencionada norma establece que el Estado Provincial para garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar y la continuidad de los estudios en los diferentes niveles y modalidades deberá implementar modelos de organización escolar adecuados a la diversidad de los ámbitos rurales a través de propuestas pedagógicas flexibles que fortalezcan el vínculo con las identidades culturales y las actividades productivas locales promoviendo el desarrollo de la comunidad.
Que en virtud de ello propicia generar propuestas curriculares flexibles y de calidad para los contextos rurales: aplicar modelos de organización escolar adecuados a cada contexto, tales como agrupamientos de instituciones, salas plurigrados y grupos multiedad, instituciones que abarquen varios niveles en una misma unidad educativa, escuelas de alternancia, escuelas itinerantes u otras que se creen; organizar estructuras curriculares modulares y flexibles que reconozcan la particularidad de los contextos rurales y fomenten el desarrollo; implementar los estudios a distancia como alternativa para la modalidad rural a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario, en el marco de las resoluciones y disposiciones del Consejo Federal de Educación para los objetivos de la Educación Secundaria.
Que deviene indispensable establecer modelos institucionales que posibiliten a los alumnos de zonas rurales con población escasa y dispersa, completar su escolaridad obligatoria hasta el último año de la escuela secundaria, preservando la calidad de la misma y manteniendo intactos los vínculos con su núcleo familiar y su medio local durante el proceso educativo.
Que especialmente, la incorporación de la organización pedagógica de Pluriaño, tanto para la educación básica como para la formación orientada, permitirá contar con servicios educativos de nivel secundario, en zonas de escasa población escolar, como medio para que los jóvenes tengan
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oportunidades de continuar sus estudios, metodología que encuentra fundamento en diversas experiencias pedagógicas realizadas en el país, en contextos de ruralidad.
Que esta forma de organización se caracteriza por agrupar alumnos de distintos años que desarrollan sus aprendizajes en forma simultánea, pero acorde con los contenidos correspondientes al año que cursan, además de posibilitar la recuperación de alumnos que están fuera del sistema, contribuir al arraigo de las familias y de los alumnos a la zona rural.
Que la oferta educativa para estos contextos debe incluir los siguientes modelos de organización pedagógica: a Propuesta disciplinar por año en ciclo básico y orientado; b Propuesta disciplinar con Pluriaño, en ciclo básico y en ciclo orientado por año; c Propuesta disciplinar, con Pluriaño en Ciclo Básico y en Ciclo Orientado cuarto 4º y quinto 5º año Pluriaño, y sexto 6º Año solo; d Propuesta disciplinar con Pluriaño en Ciclo Básico y sin Ciclo Orientado.
Que resulta conveniente que se apruebe la estructura curricular para el Pluriaño del Ciclo Básico de la Educación Secundaria Rural con los mismos espacios curriculares y la carga horaria del 1º Año del Ciclo Básico Secundario aprobadas por Resolución Ministerial E.C.yT. Nº 156/2011, consignando el Lenguaje Artístico sin una especificación particular, con una carga horaria de 4 hs., para que pueda desempeñarlo un docente con cualquier perfil de esta área y la asignatura de Formación Etica y Ciudadana con 4 hs., variantes estas solo aplicables a esta modalidad de enseñanza.
Que es indispensable también aprobar la estructura curricular con la modalidad de Pluriaño para el Ciclo Orientado de las Escuelas Rurales, unificando el cuarto y quinto años, que contendrá los mismos espacios curriculares y la carga horaria del 4º Año del Ciclo Orientado Secundario aprobadas por Resolución Ministerial E.C.yT. Nº 156/2011, con las siguientes variantes: las asignaturas que a continuación se detallan se unifican para su cobertura pero se mantienen

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 31/1/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data31/01/2017

Conteggio pagine25

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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