Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 27/3/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca
Núm. 25 27/03/2009
BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL
Pág. 843
DECRETOS
PUBLICACIONES ADELANTADAS
s e rvic ios e se nc iale s que pres ta el Es ta do Provincial.
Decr eto Acuer do Nº 252
ESTABLECENSE MEDIDAS PARA
LA CONTENCION DEL
GASTO PUBLICO
San Fernando del Valle de Catamarca, 20 de Marzo de 2009.
VISTO:
La situación generada por la crisis financiera internacional, y su re percusión en el á mbito Nacional y Provincial y CONSIDERANDO:
Que el principal efecto de la mencionada crisis está dado por la reducción en el crecimiento de la recaudación como consecuencia de una merma en la actividad económica y el consumo.
Q ue e llo re pe rc utirá e n e l Pres upues to Provincial, resultando necesario abordar políticas de contención, control y reducción del gasto público, a fin de compatibilizar el mismo con los recursos disponibles.
Que por ello resulta necesario que todas las jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo, comprendidos en el Presupuesto General de la Administración Pública provincial, ajusten sus cometidos y compromisos emergentes a medidas excepcionales de contención del gasto, el que responderá a los principios de eficiencia y eficacia.
Q ue e s ta s m edidas a s egura rá n a la a dminis tra c ión guberna m e nta l e l m a ne jo ordenado de las finanzas públicas y posibilitarán establecer un horizonte de previsibilidad en el accionar económico y financiero del Estado Provincial, garantizando la prestación de los
Que en virtud de la mencionada emergencia, se hace necesario arbitrar las medidas necesarias, en concordancia con la actual situación económica, tendientes a alcanzar una mayor austeridad, control y agilización en los gastos del Estado, lo que se lograría delimitando las autorizaciones de los gastos inherentes a cada Jurisdicción.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 149 de la Constitución de la Provincia, Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE CATAMARCA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA
ARTICULO 1. Establécense las medidas para la Contención del Gasto Público, que se especifican en el Anexo que forma parte integrante del presente Instrumento Legal, las que serán de aplicación obligatoria para todas las erogaciones que se tramitan incluidas aquellas vía fondo Rotatorio de cada una de las Jurisdicciones y Entidades en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial hasta nueva disposición en contrario.
ARTICULO 2. Quedan exceptuadas de la presente normativa, las erogaciones que se realicen en cumplimiento de las exigencias contractuales o c onve nios c e le brados con O rga nism os Inte rnac ionale s , N a c iona les , Provinc ia les o Municipales, que impliquen la administración de fondos provistos por ellos.
ARTICULO 3. Derógase toda norma que se oponga a las disposiciones del presente Instrumento Legal.