Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 27/3/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca
Pág. 864 27/03/2009
BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL
de conformidad a lo establecido por el Art. 20 de la Resol. Minist. PD. N 51/08. La garantía ofrecida por el solicitante del crédito consiste en una garantía hipotecaria sobre un inmueble de su propiedad, registrado bajo Mat. Cat. N 1226653082, debiendo constituirse sobre el mismo una garantía hipotecaria en primer grado a favor del Estado Provincial.
Resol. Minist. PD. N 387 18122008
P r od u cción y Desa r r ollo D is póne s e la adscripción de Hugo Luis Romero, CUIL. 20
233093417, Categ. 19, Agrup. Técnico, Pta. Pte.
de la Dción. Pcial. de Extensión Rural de este Ministerio a la Subs ec. del Am biente, e n la necesidad de poder contar con personal responsable y c apac itado pa ra a tende r re querimie ntos de crecimiento institucional, a partir de la fecha y hasta el 31DIC09.
RESOLUCIONES DE
ORGA NISMOS
DESCENTRALIZADOS
R esol. AG R . Nº 05 04022009
Administr ación Gener al de Rentas Otórgase con retroactividad al 11JUL1955, a la Entidad Filantrópica Ebenezer, la exención de pago del Im pue s to Inm obilia rio por e l inm ue ble , identificado por Matrícula Catastral 1521226070
en los términos del Art. 145 Inciso 2 del Código Tributario Ley N 5022. El beneficio objeto del presente acto administrativo, regirá mientras las normas que lo establecen no sean abrogadas o derogadas o hasta que desparezcan las causas que lo legitimaron. Constituye obligación formal del beneficiado comunicar al ente recaudador dentro de los quince días de producido, todo cambio en su situación que pueda originar nuevos hechos imponibles, modificarlos o extinguirlos.
R esol. AG R . Nº 06 04022009
Administr ación Gener al de Rentas Otórgase con retroactividad al 16MAY1955, a la Entidad
Núm. 25
Filantrópica Ebenezer, la exención de pago del Impuesto Inmobiliario por el inmueble, identificado por Matrícula Catastral 0721011268 en los té rminos del Art. 145 Incis o 2 del C ódigo Tributario Ley N 5022. El beneficio objeto del presente acto administrativo, regirá mientras las normas que lo establecen no sean abrogadas o derogadas o hasta que desparezcan las causas que lo legitimaron. Constituye obligación formal del beneficiado comunicar al ente recaudador dentro de los quince días de producido, todo cambio en su situación que pueda originar nuevos hechos imponibles, modificarlos o extinguirlos.
R esol. AG R . Nº 07 04022009
Administr ación Gener al de Rentas Otórgase con retroactividad al 23SEP1966, a la Entidad Filantrópica Ebenezer, la exención de pago del Impuesto Inmobiliario por el inmueble, identificado por Matrícula Catastral 0724105522 en los té rminos del Art. 145 Incis o 2 del C ódigo Tributario Ley N 5022. El beneficio objeto del presente acto administrativo, regirá mientras las normas que lo establecen no sean abrogadas o derogadas o hasta que desparezcan las causas que lo legitimaron. Constituye obligación formal del beneficiado comunicar al ente recaudador dentro de los quince días de producido, todo cambio en su situación que pueda originar nuevos hechos imponibles, modificarlos o extinguirlos.
R esol. AG R . Nº 08 04022009
Administr ación Gener al de Rentas Otórgase con retroactividad al 19AGO1985, a la Entidad Filantrópica Ebenezer, la exención de pago del Impuesto Inmobiliario por el inmueble, identificado por Matrícula Catastral 0320 Padrón 814, en los té rminos del Art. 145 Incis o 2 del C ódigo Tributario Ley N 5022. El beneficio objeto del presente acto administrativo, regirá mientras las normas que lo establecen no sean abrogadas o derogadas o hasta que desparezcan las causas que lo legitimaron. Constituye obligación formal del beneficiado comunicar al ente recaudador dentro de los quince días de producido, todo cambio en su situación que pueda originar nuevos hechos imponibles, modificarlos o extinguirlos.