Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 25/7/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 60 25/07/2008

BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL

Que e s imprescindible aum entar la oferta turística en todo el ámbito de la provincia.
Que se aproximan eventos de gran magnitud como Rally Dakar 2009, se hace necesario implementar medidas relacionadas a lograr la excelencia.
Que en virtud a la falta de titularidad del inmue ble m e dia nte Es c ritura Tra s la tiva de Dominio, que se registra sobre todo el interior de la Provincia, el Estado Provincial pretende subsanar este impedimento, aceptándose Boletos de Compra Venta, para apoyar así, técnica y financieramente a que lla s inic iativas priva da s que , a s pire n a desarrollar emprendimientos turísticos en puntos estratégicos del ámbito de la Provincia.
Que es política de esta Secretaría adecuar las plazas hoteleras en función de una mejor oferta turística, implementando nuevas alternativas de alojamiento.
Q ue por lo e xpre sa do y en virtud de la s facultades propias de este organismo se hace necesario el dictado del presente instrumento legal.

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nombre del Beneficiario mediante instrumento público correspondiente.
4. Comodato de la propiedad por parte del titular al Beneficiario por el término de la devolución del crédito más el período de gracia, debidamente certificada.
Para todos los casos la documentación deberá ser debidamente certificada ante Escribano Público o Juez de Paz de la Localidad.
Los B eneficiarios deberá n cons tituir garantías conforme a la modalidad que se establece en el Art. 11 de la presente Resolución.
Los Beneficiarios no deberán contar al momento de la solicitud con deudas impagas por la adjudicación de otros Créditos otorgados por las distintas Areas del Gobierno Provincial.
Una ve z a c orda do el prés ta m o los B ene ficia rios de be rán c omprome te rse a formalizar por lo menos un puesto estable de trabajo en el marco de las normativas laborales vigentes.
Asimismo deberán comunicar a la Secretaría acerca de cualquier modificación que aconteciera sobre las condiciones en que se acordaron los préstamos.

Por ello
LA SECRETARIA DE TURISMO
RESUELVE:
ARTICULO 1. Rectifícase el Artículo 5 de la Resolución S.T. N 144 de fecha 07 de marzo de 2008, el que quedará redactado de la siguiente m a ne ra : A RTICU LO 5. Condic ione s de l Beneficiario: Podrán constituirse Beneficiarios del Subprograma Cabañas y/o Dormís aquellas Personas físicas con domicilio comprobable en el territorio de la Provincia, mayores de edad y que no superen los 65 años de edad.
Los Beneficiarios deberán acreditar la titularidad sobre el predio en que construirán las Cabañas y/o Dormís, mediante la presentación de:
1. Escritura del inmueble a su nombre o tener la conformidad expresa del titular del mismo mediante el instrumento público correspondiente.
2. En c as o de Suc es ión, c opropie dad o condominio deberá presentar debida autorización para su uso y explotación de el/o los propietarios.
3. Se reconocerá el Boleto Compra Venta de la propiedad que acredite titularidad del inmueble a
ARTICULO 2. Rectifícase el Artículo 6 de la Resolución S.T. N 144 de 07 de marzo de 2008, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 6. Se otorgará un máximo de hasta PESOS OCHENTA MIL $ 80.000,00, para la construcción de dos 2 módulos de cabañas y/o tres 3 m ódulos de Dorm ís, pa ra ca da emprendimiento seleccionado.
Aportará al financiamiento parcial de:
Materiales y mano de obra para la construcción de módulos.
Adquisición de equipamiento.
ARTICULO 3. Rectifícase el Artículo 10 de la Resolución S.T. N 144 de fecha 07 de marzo de 2008, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 10. Plazo de Gracia: Se entiende como plazo de gracia al período en el cual no le es exigible al Beneficiario, el pago de la cuota ni el interés. Alcanza una duración de veinticuatro 24 meses a partir del día de la efectiva entrega del cheque de la primera etapa.
En este período se deben realizar las tareas necesarias para la concreción del emprendimiento

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 25/7/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data25/07/2008

Conteggio pagine21

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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