Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

QUIEBRA.XVIII DISPONER el cese de todas las medidas precautorias y descuentos comerciales que afecten las remuneraciones de la fallida decretadas con anterioridad a la presente resolución falencial y en su lugar ORDENAR se trabe embargo sobre el veinte por ciento 20% del importe por remuneraciones a percibir por el fallido durante los doce meses siguientes a su toma de razón y que su importe sea depositado en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal General Alvear a la orden de este Juzgado y como perteneciente a los presentes obrados, a cuyo fin OFICIESE al Hospital Eva Perón de Jaime Prats, departamento de San Rabel, Provincia de Mendoza. XIX Declarar que si cualquiera de las fechas fijadas en la presente resolución resultan ser inhábiles, será prorrogada automáticamente al día y hora fijados al día hábil siguiente. XX EMPLAZASE a Sindicatura para que en el término de DOS DIAS
confeccione y diligencie los oficios ordenados en el punto II, VIII, IX y XVIII de la presente sentencia, bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE POR LISTA y por CÉDULA DE OFICIO a Sindicatura. Fdo: Dr.
Lucas A. Rio Allaime Conjuez. General Alvear, Mendoza, 19 de Noviembre de 2021.I. De las constancias de autos, surge la necesidad de disponer nuevas fechas, por no contar con el espacio temporal suficiente, para su concreción. En efecto, conforme a la normativa de la ley 24.522, resulta necesaria la reprogramación de fechas dispuestas en los dispositivos 3 4 y 5 de la Resolución de fs.113 de autos con la pertinente publicación edictal. I.- Fijar el día VEINTIDOS 22 DE DICIEMBRE DE
2021 como fecha hasta la cual los acreedores de causa o títulos anterior a la presente quiebra deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes a Sindicatura, pudiendo el deudor y los acreedores que hubieren solicitado verificación concurrir al domicilio de Sindicatura hasta el día SIETE
07 DE FEBRERO DE 2022 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto a las solicitudes formuladas. Intimase a Sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo que determina el art. 279 de la ley 24.522. II.- Fijar el día NUEVE 9 DE
MARZO DE 2022 como fecha hasta la cual deberá presentar Sindicatura los INFORMES INDIVIDUALES, debiendo dictarse resolución sobre verificación, admisión o inadmisión de los créditos, en fecha VEINTICINCO 25 DE MARZO DE 2022. III.- Fijar el día VEINTISEIS 26 DE ABRIL DE 2022 como fecha hasta la cual deberá Sindicatura presentar el INFORME GENERAL complementario. IV.-
ORDENAR se publiquen edictos en el Boletín Oficial, durante CINCO DÍAS a los términos prescriptos por el art. 89 de la ley 24.522, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere. Rija en lo demás la sentencia de fs. 103/106 de autos. NOTIFIQUESE FICTAMENTE Y POR
CEDULA DE OFICO A SINDICATURA. PUBLIQUESE EDICTOS. Fdo: Dr. Lucas A. Rio Allaime
Conjuez.
C.A.D. N: 24645 Importe: $ 7360
23-24-25-26-29/11/2021 5 Pub.

CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 8.864 caratulados: "CRUCEÑO TERESA NOEMI P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 08 de Septiembre de 2021, se ha declarado la quiebra a TERESA NOEMI CRUCEÑO, con D.N.I. N
22.043.396. Síndico designado en autos, Contador DANIEL BLAS RAMON SANCHEZ, con domicilio legal en Pje.6 Local 66 C.C.E. Y CASAS, San Martin, Mendoza, quien atenderá los días miércoles, jueves y viernes de 16,30 hs. a 20,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Tel. 0263-4410754
Cel.0263-4410754. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico danielbrsanchez@hotmail.com , debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en
BO-2021-07642154-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 23 de Noviembre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data23/11/2021

Conteggio pagine168

Numero di edizioni1848

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione17/07/2024

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