Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 19/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.
C.A.D. N: 24529 Importe: $ 1760
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CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 8.511, caratulados: "MOREYRA MAURICIO DAVID P/ QUIEBRA VOLUNTARIA ", el 05 de Abril de 2021, se ha declarado la quiebra a MAURICIO DAVID MOREYRA, con D.N.I. N32.921.861 Síndico designado en autos, Contador KEVIN RUBEN HERMAN, con domicilio legal en Pje.4 Local 35 C.C.E. Y
CASAS, San Martín, Mendoza. Cel.0261-155384211. Los días y horarios de atención serán: lunes, miércoles y jueves de 16,00 hs. a 19,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico kevinherman73@hotmail.com debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día ONCE DE MARZO DE DOS
MIL VEINTIDOS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.
C.A.D. N: 24540 Importe: $ 1760
15-16-17-18-19/11/2021 5 Pub.
JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina N517, 2º piso, Ciudad, Mendoza, C.P.5.500 hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 16 de los autos Nº 1021173
caratulados "MUÑOZ JONATAN CRISTIAN p/ QUIEBRA D se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 15 de Octubre de 2021.- AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVO: I.- DECLARAR la quiebra de MUÑOZ JONATAN CRISTIAN D.N.I N 30.891.333, CUIL:
20-30891333-4V. Fijar el día PRIMERO DE FEBRERO DE 2022 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art.200 Ley 24.522; Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día QUINCE DE FEBRERO DE 2022 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ art. 200 sexto párrafo Ley 24.522
con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VI. Fijar el día DIECISIETE DE MARZO DE 2022 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual de créditos, en forma digital exclusivamente; dictándose sentencia de verificación de créditos el día PRIMERO DE ABRIL DE 2022, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal art. 274 LCQ. VII. Fijar el día DOS DE MAYO DE 2022 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del
BO-2021-07604565-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 19 de Noviembre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 87 de 163

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 19/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data19/11/2021

Conteggio pagine164

Numero di edizioni1843

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione10/07/2024

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