Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 11/06/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 11/06/2024 a las 00:02:13 - Nº BOP: 113/24
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Diputación Provincial de Huelva. Boletín Oficial de la Provincia
No se prevé reformulación dada las especiales características de esta convocatoria.
11. PAGO.
El pago de la subvención se realizará de la siguiente manera:
Para las ayudas devengadas con anterioridad al momento de concesión, previa justificación conforme a la Base 15, directamente al solicitante. No obstante, podrán cederse a favor del centro escolar mediante endoso, conforme al modelo facilitado con la solicitud.
El resto de los pagos concedidos, se realizarán mensualmente previa justificación conforme a la base 15, que igualmente podrán cederse a favor del centro escolar mediante endoso, conforme al modelo facilitado con la solicitud.
12.- OBLIGACIONES, SUSPENSIÓN Y CESE.
Es obligación principal, que el niño o la niña asistan al centro educativo de primer ciclo de educación infantil en que se encuentre matriculado.
Las ayudas económicas serán motivo de suspensión o cese cuando un menor deje de asistir al centro educativo sin justificación.
Asimismo, estarán los beneficiarios obligados a someterse a cualesquiera actuaciones de comprobación o investigación propuesta por el órgano concedente, tendente a verificar la correcta aplicación de los fondos públicos subvencionados.
13.- COMPATIBILIDAD.
Estas ayudas serán incompatibles con la subvención que el solicitante pudiera percibir del Ayuntamiento de Moguer para la misma finalidad para la que la solicita.
No obstante, serán compatibles con otras ayudas y subvenciones de otras entidades que pudiera percibir el solicitante para la misma finalidad para la que se solicita, siempre que la suma de las ayudas no supere en ningún caso, el coste de las cuotas a satisfacer a las escuelas.
14.- ALTERACIÓN DE LAS CONDICIONES.
No se prevén circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, puedan dar lugar a la modificación de la Resolución 15.- JUSTIFICACIÓN.
La justificación de la subvención se acreditará mediante factura acreditativa del gasto, expedida a nombre del solicitante de la subvención y justificante del pago transferencia bancaria, ticket, recibí o cualquier otro documento acreditativo del abono de las cantidades, además deberá justificarse la asistencia al centro mediante certificado expedido por el centro.
El plazo de presentación de la justificación será:
Para las cantidades devengadas con anterioridad a la concesión de la subvención, el plazo será de tres meses desde la notificación de la concesión de la subvención. Se deberá presentar facturas, justificantes del pago y certificado de asistencia correspondiente a dicho periodo.
El resto, dentro del mes siguiente. Se deberá presentar factura, justificante del pago y certificado de asistencia correspondiente. En este caso, la asistencia a justificar será la del mes anterior.
16.- GRADUACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS
El beneficiario deberá cumplir todos y cada uno de los objetivos propuestos y cumplir los compromisos asumidos. En otro caso, procederá el reintegro, total o parcial, atendiendo a los siguientes criterios:
Incumplimiento total de los objetivos o actividades para los que se presentó la solicitud: 100 %.
17. RECURSOS.
Contra la resolución que ponga fin al expediente de subvención podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o, alternativamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente.
18.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
Para todo aquello no previsto expresamente en la presente convocatoria se aplicarán las Bases Reguladoras de subvenciones municipales prevista en la Base 26 de ejecución del presupuesto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo Lugar de la Firma: MOGUER
Fecha de la Firma: 2024-06-06
Firmante: LOURDES GARRIDO CUMBRERAS
CONCEJALA DELEGADA DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 11/06/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaeseSpagna

Data11/06/2024

Conteggio pagine54

Numero di edizioni2588

Prima edizione02/01/2014

Ultima edizione10/07/2024

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