Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/12/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 11 de diciembre de 2023

ARTÍCULO 3. Establecer que la firma EMPRESA LÍNEA SIETE Sociedad Anónima de Transporte deberá hacer efectivo el pago del Impuesto de Sellos vigente de conformidad con el artículo N 282 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en la forma prescrita por la autoridad de aplicación tributaria, a partir de lo cual tendrá treinta 30 días a fin de acreditar tal pago por ante el Ministerio de Transporte.
ARTÍCULO 4. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA. Cumplido, remitir a la Subsecretaria de Transporte Terrestre, para su notificación a la interesada. Cumplido, archivar.
Jorge Alberto D Onofrio, Ministro.

ANEXO/S
CONVE-2023-48836163-GDEBASSTTMTRAGP

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INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL
RESOLUCIÓN Nº 5938-IOMA-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 30 de Noviembre de 2023
VISTO el EX 2023-44634014-GDEBA-DEDRDYAIOMA, iniciado por la Dirección de Auditoría y Fiscalización Médico Ambulatoria, caratulado AUDITORIA COMPARTIDA CON ODONTOLOGO ACHIDIAK ATILIO M.P. 60665, según las previsiones dispuestas por la Ley N 6982 T.O.1987, sus decretos modificatorios y la Resolución Nº 3647/17, y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician con motivo de una auditoría dispuesta sobre facturación presentada por el odontólogo Atilio Félix ACHIDIAK M.P. N 60.605 de la localidad de Pergamino;
Que se efectuó una auditoría compartida con la Entidad intermedia que nuclea al profesional, en fecha 22 de junio de 2018, produciendo un informe con base en lo constatado sobre los once 11 afiliados que se presentaron al acto, cuyas prestaciones facturara en los meses de setiembre/ octubre de 2017 y febrero, marzo, abril y mayo de 2018, en el que consta que siete 7 de los once 11 pacientes auditados presentaron irregularidades respecto de su estado bucal, dado que las prácticas auditadas no coinciden con lo facturado;
Que se agrega informe de adhesión del citado prestador a la Federación Odontológica de la Provincia de Buenos Aires donde consta su domicilio particular y profesional, sito en calle Estrada N 237, de la localidad de Pergamino, hallándose copia de nota presentada por el profesional, donde refiere que la mayoría de los pacientes pidieron turno para seguir atendiéndose, que en su consultorio nunca se realizaron firmas de los pacientes y pasa a hacer un relato detallado de los pacientes cuyas prácticas han resultado cuestionadas;
Que el área técnica se expide respecto de los dichos vertidos por el profesional en su descargo, manifestando que el mismo no revierte las observaciones detectadas en el acto fiscalizatorio y se certifica el pago de la facturación obrante en autos;
Que el Presidente del Instituto ordena por RESO-2019-2154-GDEBA-IOMA instruir sumario administrativo contra el odontólogo Atilio Félix ACHIDIAK M.P.N 60.605 de la localidad de Pergamino por encontrarlo incurso -prima facieen las faltas que trae el artículo 7 inciso h punto 4 apartado b - facturar servicios que no hayan sido realmente prestadosy punto 4 apartado c realizar cualquier acto irregular por el que se ocasione o se intente causar perjuicio a la obra social o permita obtener beneficios indebidos a favor de prestadores, afiliados y/o terceras personas o entidades, sea utilizando nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos o influencias, abuso de confianza o valiéndose de cualquier ardid o engañodel Decreto Reglamentario N 593/22;
Que dictada la orden de sumario prealudida, la instrucción designada, resuelve imputar al mencionado odontólogo, encontrándose agregada la cédula de notificación pertinente dirigida al prestador, otorgándole oportunidad de vista y descargo; ante ello el odontólogo ha formulado una presentación por la que ha cuestionado la colegiación de los auditores, odontólogos Jorge OLIVA FOPBA y Gustavo MANDRINI IOMA, fuera del colegio distrital correspondiente a Pergamino donde se ha realizado la auditoría en boca, citando diversos artículos de la Ley N 12.754 y sus modificatorias, que rigen la regulación del ejercicio profesional del odontólogo, sosteniendo que al no estar estos odontólogos registrados en el distrito de Pergamino donde estaban auditando, no tenían facultades legales para fiscalizarlo, por lo que considera que el sumario deviene ilegítimo, tornándose nulo; de manera subsidiaria manifiesta que jamás incurrió con ninguno de sus pacientes en las figuras que se imputan, especificando cada caso en particular; ofreciendo como prueba documental las fichas de los pacientes tratados y como informativa que se oficie al Presidente del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires, Distrito Pergamino a fin de que se informen varios ítems;
Que ante el planteo formulado por el prestador se le otorga intervención a la Asesoría General de Gobierno en virtud de las consideraciones previstas en art. 101 Ley N 7647/70 la que con carácter previo a expedirse estima necesario, como medida para mejor proveer se dé intervención al Departamento de Auditoría y Fiscalización Odontológica y a la Federación Odontológica de la Provincia de Buenos Aires FOPBA para que se expidan e informen con relación a la objeción planteada por el profesional, en lo atinente a la colegiación de los odontólogos auditores Od. Gustavo MANDRINI, en representación del IOMA y Od. Jorge OLIVA, en representación de la FOPBA;
Que ante ello el Departamento de Auditoría Odontológica expresa que no es pertinente intervenir sobre el alcance de la colegiación de los auditores para actuar en el distrito Pergamino, sugiriendo que a tal efecto debería consultarse al Colegio de Odontólogos;

SECCIÓN OFICIAL > página 115

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/12/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data11/12/2023

Conteggio pagine415

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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