Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/04/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 24 de abril de 2023

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el pago del concepto extraordinario Subsidio VAD. Decreto Nº 1370/2022, Tercer Desembolso de Gastos de Mantenimiento y Segundo Desembolso del concepto Inversiones en Bienes de Capital, a través del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, a los distribuidores municipales, de acuerdo al detalle previsto en los ANEXOS 1
y 2, identificados como IF-2023-11156254-GDEBA-GMOCEBA Gastos de Mantenimiento e IF-2023-11156482-GDEBAGMOCEBA Inversiones en Bienes de Capital que forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. El presente gasto será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2023 Ley 15.394 - Sector Público Provincial no Financiero - 1. Administración Provincial - 2. Organismos Descentralizados - Jurisdicción 14 Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 047: Organismo de Control de la Energía de la Provincia de Buenos Aires OCEBA;
Unidad Ejecutora 269; PRG 1 - Actividad 1 - Finalidad 4 - Función 1 - Fuente de Financiamiento 11; Ubicación Geográfica 999; Inciso 5 - Transferencias; Principal 1, Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes; Parcial 9; SubParcial 31; e Inciso 5-Transferencias; Principal 2, Trasferencias al sector privado para financiar gastos de capital; Parcial 6;
Sub-parcial 7.
ARTÍCULO 3. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Girar a la Gerencia de Administración y Personal para efectivizar el pago. Cumplido, archivar.
Acta N 12/2023
Roberto Emir Daoud, Presidente; Rubén Fabián Ahumada, Vicepresidente; Pablo Jorge San Miguel, Director Vocal Segundo.

ANEXO/S
IF-2023-11156254-GDEBAGMOCEBA

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IF-2023-11156482-GDEBAGMOCEBA

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RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA Nº 76-OCEBA-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 19 de Abril de 2023
VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11769 T.O.
Decreto N 1868/04, su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el EX-202012612097-GDEBA-GCCOCEBA, y CONSIDERANDO:
Que la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA EDEA S.A. realizó una presentación ante este Organismo de Control, solicitando el encuadramiento como fuerza mayor de las interrupciones del suministro ocasionadas como consecuencia del fenómeno meteorológico caracterizado por tormenta con abundantes precipitaciones y fuertes ráfagas de vientos, ocurridas en el ámbito de su área de concesión, zona Mar del Plata y alrededores, el día 31 de mayo de 2020 y que las mismas no sean motivo de las penalidades previstas en el Contrato de Concesión;
Que la Distribuidora expresó que Como resultado de este temporal se produjeron daños sobre el tendido eléctrico en Media y Baja Tensión, los cuales ocasionaron interrupciones del servicio eléctrico. Consideramos que las mismas deben ser encuadradas como Causa Fortuita o de Fuerza Mayor y por lo tanto se excluyan del cómputo semestral de interrupciones orden 3;
Que presentó como prueba documental: presentación inicial de la Distribuidora orden 3, en la que se aporta el listado preliminar de las interrupciones ocasionadas orden 4 y material periodístico en el que se da cuenta de los efectos del temporal orden 5, planilla conteniendo el listado de interrupciones con sus correspondientes códigos de contingencia de los casos invocados, conforme fueran cargadas en el sistema de gestión de Calidad de Servicio Técnico orden 10 , informe de vientos máximos registrados elaborado por el Servicio Meteorológico Nacional orden 11, en el que se destacan las velocidades máximas del viento registrado en la Estación Meteorológica Mar del Plata Aero en la que da cuenta que para el día en cuestión el registro máximo fue de 65 Km/h, informe de situación del día 31/05/20 elaborado por la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de General Pueyrredón orden 12;
Que en orden 13 la Gerencia de Control de Concesiones informó que Sobre el particular, resulta destacable que, si bien los parámetros registrados no permiten calificar de excepcional el fenómeno climático, no configurando estrictamente el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, no pueden soslayarse los efectos de vientos de tal magnitud, tanto directamente sobre las instalaciones como sobre otros elementos de la vía pública que impactan sobre las mismas;
Que por lo expuesto concluyó que: se giran las presentes actuaciones a efectos de analizar la eventual procedencia de lo peticionado por la Distribuidora en cuanto a la eximición de penalización de las interrupciones identificadas en Orden 10, estimándose que, en opinión de esta Gerencia, en lo que respecta al cálculo de penalización global por Calidad de Servicio Técnico para el 38 Semestre de Control de la Etapa de Régimen, la documentación aportada no permite tener por acreditados los extremos necesarios para constituir un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor y remitió las actuaciones a la Gerencia de Procesos Regulatorios;

SECCIÓN OFICIAL > página 131

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/04/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data24/04/2023

Conteggio pagine147

Numero di edizioni3411

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione17/07/2024

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