Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/04/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

La Plata > Miércoles 18 de abril de 2018

Pública Programa 1 Actividad 1 Finalidad 5 Función 1 Subfunción 0 Fuente de Financiamiento 1.1 Inciso 7
Partida Principal 1:- Partida Parcial 6 en lo que respecta a Comisiones y gastos bancarios, y - Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.
ARTÍCULO 11. Registrar, noticar al Fiscal de Estado, comunicar a Tesorería General de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Ocial y al SINBA. Cumplido archivar.
Sebastián Katz Subsecretario Subsecretaría de Finanzas Ministerio de Economía C.C. 3.726

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2018-253-GDEBA-DVMIYSPGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 12 de abril de 2018
Referencia: 2410-31/2015 Alcance 195 - Rescisión contractual VISTO el expediente Nº 2410-31/15 Alcance 195 y sus agregados Nº 2410-440/2018 y 2410-31/2015 Alcance 199, mediante el cual se propicia la rescisión del contrato relativo a la obra original, Modicacion de Obra Nº 1 Art. 7º Ley 6021y Modicación de obra Nº 1 -art. 9º D Ley 6021-: Pavimentación de la R.P. Nº 58, Tramo: R.P. Nº 52 Calle Lacarra en jurisdicción de los partidos de Esteban Echeverría y Ezeiza, oportunamente contratada con la rma C.P.C. INGENIERÍA E
INFRAESTRUCTURA S.A., y CONSIDERANDO:
Que la obra de marras fue adjudicada por Resolución Nº 675/15, suscribiéndose con fecha 19/06/15 el contrato respectivo, con un plazo de ejecución de 365 días corridos;
Que con fecha 21/02/17 se cursó la orden de servicio Nº 8, requiriendo a la contratista arbitrar las medidas necesarias con el objeto de disponer en obra la mayor cantidad de equipos que permitan incrementar los trabajos relacionados con el ítem Nº 3 movimiento de suelos para la construcción de terraplén, con el objeto de dar comienzo en forma inmediata con las tareas inherentes al ítem Nº 7 base de suelo cal, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones previstas en el pliego de bases y condiciones de la DVBA Plazo de cumplimiento: 72 setenta y dos horas, la cual, según informe del Inspector de obra obrante a fojas 14, al día 1º de Marzo de 2017 no se encontraba cumplida;
Que con fecha 10/03/2017, por medio de orden de servicio Nº 9, se concede a la contratista un plazo de 48 horas para la presentación del detalle de equipos a incorporar para dar cumplimiento a lo indicado en la orden de servicio Nº 8, dejando constancia que la misma se mantiene en vigencia hasta tanto no se dé cumplimiento a lo solicitado, lo cual también recae en incumplimiento por parte de la contratista, según informe de Inspector de obra adunado en copia el a fojas 16 de estas actuaciones;
Que con fecha 27/02/18 se cursa la Orden de Servicio Nº 13, obrante en original a fojas 3 de las presentes actuaciones y con constancia de recepción por parte del jefe de obra de la empresa CPC, la cual, habiendo expirado el plazo de diez 10
días que conere la Ley Nº 6021 para presentar situaciones de obra que ameriten el análisis de una nueva prórroga art. 37
Ley 6021, intima a la contratista a continuar con los trabajos faltantes contratados;
Que a fojas 21 interviene la Gerencia de Administración, dando respuesta a lo manifestado por la contratista a fojas 5/6, informando que de acuerdo a las fechas de recepción de las facturas correspondientes, los pagos fueron realizados en tiempo y forma;
Que a fojas 10/11 y 18/19 han tomado intervención la Subgerencia de Control de Obras de Construcción, Conservación y Pavimentos y la Gerencia Técnica de esta repartición, dando cuenta que la obra de marras encuentra su plazo contractual más sus ampliacionesagotado y la obra física inconclusa, coincidiendo en el criterio de que la situación planteada se encuadra en la causal de rescisión establecida en el artículo 60 inc. C de la Ley Nº 6021;
Que a fojas 25 se aduna en original la Orden de Servicio Nº 14, de fecha 20/03/14, la cual ordena la paralización total de los trabajos contratados y ja un plazo de 5 cinco días para formar inventario de obra según lo establecido en el artículo 60
inciso c de la Ley Nº 6021 y su reglamentación;
Que a fojas 38 se expide la Inspección Técnica de obra, informando que cumplido el plazo mencionado en el considerando anterior, no se encontraron equipos, accesorios o acopios para formar el inventario mencionado, adjuntando la medición nal de los trabajos ejecutados tanto en la obra original como en modicaciones de obra, la cual obra a fojas 26/37 del expediente principal;
Que a fojas 97 se agrega el expediente Nº 2410-440/18, mediante el cual contratista maniesta que se ha presentado en concurso preventivo con fecha 14 de marzo de 2018, radicándose tal proceso ante la Justicia Nacional en lo Comercial Expediente N 4027/2018, raticando esta Administración General el criterio esgrimido por Providencia PV-2018-03124024GDEBA-DVMIYSPGP, agregando, con la manifestación de la contratista, otra causal de rescisión que se suma a la ya congurada 60 inc. C de la Ley 6021, cual es la establecida en el artículo 58 de la ley nº 6021;
Que a fojas 98/101 se expide el Consejo Técnico de la Repartición, concordando con el criterio esgrimido oportunamente por la Gerencia Ejecutiva respecto a la situación de marras, y abogando por la rescisión contractual con la empresa CPC S.A., en aras del bien común. Asimismo entiende que se ha congurado la causal de rescisión contemplada en el artículo 60 inciso c de la Ley Nº 6021 y que, sin perjuicio de ello y en virtud de lo actuado en el expediente Nº 2410-440/18, también resulta de aplicabilidad la causal establecida en el artículo 58 de dicha Ley;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/04/2018 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data18/04/2018

Conteggio pagine89

Numero di edizioni3406

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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