Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/11/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Que a fojas 40 interviene Asesoría General de Gobierno y dictamina que corresponde reconocer los servicios prestados por la agente en cuestión, disponiendo el pago de las diferencias salariales que se originen;
Que a fojas 42 toma intervención Fiscalía de Estado y opina que corresponde reconocer los servicios desempeñados por la citada agente, bajo el régimen de la Ley Convenio N 10.295, a los fines del pago de la bonificación por antigedad, el que operará a partir del primer día hábil del mes siguiente al de su acreditación, toda vez que los mismos no fueron prestados en la Secretaría Legal y Técnica;
Que a fojas 53/57 y 60/67 toma intervención de su competencia la Dirección de Contabilidad de la Secretaría General;
Que a fojas 68 interviene la Delegación Fiscal de la Contaduría General de la Provincia ante la Secretaría General, sin observaciones que formular;
Que la interesada se encuentra designada, por Resolución 1.1.1.061 N 3/14, en la Secretaría Legal y Técnica, con carácter interino, en el cargo de Jefa de Departamento Reglamentaciones y otros Proyectos, Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 21, Oficial Principal 4
con un régimen de cuarenta 40 horas semanales de labor, y revista en un cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 8, Código 5-0000-XIV-4, Cargo Inicial, Abogada con mismo régimen horario en la citada jurisdicción;
Que atento a lo expuesto anteriormente, correspondería reconocer y computar los servicios prestados por la agente en cuestión entre el 1 de julio de 2012 y el 5 de septiembre de 2013, en calidad de contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley Convenio N 10.295, a partir del 2 de marzo de 2015, a los fines del adicional por antigedad y de la licencia por descanso anual, conforme lo dispuesto en los artículos 25 inciso b y 39 de la Ley N 10.430
texto ordenado por Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N
4161/96;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N 272/17 E LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer en la Jurisdicción 1.1.1.06, Jurisdicción Auxiliar 01, SECRETARÍA GENERAL, SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, a partir del 2 de marzo de 2015, el desempeño de los servicios prestados en calidad de contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley Convenio N 10.295, a los fines del cómputo de la bonificación por antigedad y de la licencia por descanso anual, conforme lo dispuesto en los artículos 25 inciso b y 39 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96, a la agente María Agustina FERRERO DNI
N 32.772.658 Clase 1987, por el período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y hasta el 5 de septiembre de 2013.
ARTÍCULO 2. Determinar que el gasto que demande el pago de la bonificación por antigedad, según lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2017, Ley N 14.879, Jurisdicción 06 Gobernación, Jurisdicción Auxiliar 01 Secretaría General, PRG 13 GESTIÓN ADMINISTRATIVA
LEGAL Y ESTUDIO TÉCNICOS, Finalidad 1, Función 3, Subfunción 0
Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 1, Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 06, Jerárquico.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado.
Cumplido, archivar.
María Fernanda Inza Secretaria Secretaría Legal y Técnica
C.C. 12.856

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2017-34-E-GDEBA-SLYT
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 26 de Septiembre de 2017
Referencia: Expediente Nº 2166-3718/15
VISTO el expediente Nº 2166-3718/15, por el cual se gestiona el reconocimiento de los servicios prestados como contratado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley Convenio N 10.295, de Cristian Gustavo OBY, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el agente de la Secretaría Legal y Técnica, Cristian Gustavo OBY, solicita el reconocimiento de los servicios prestados como contratado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley Convenio N 10.295, a los fines de la liquidación de la bonificación por antigedad y licencia anual, desde el 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de abril de 2014;

LA PLATA, JUEVES 9 DE NOVIEMBRE DE 2017
Que a fojas 3/4 se adjunta contrato de trabajo a plazo fijo con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y la prórroga correspondiente;
Que a fojas 5/6 se adjunta certificado de prestación de servicios emitido por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, y certificación de haberes correspondientes al período que en particular se establece;
Que a fojas 16 toma intervención Contaduría General de la Provincia, y adjunta un dictamen vertido en un caso análogo, de acuerdo con el cual correspondería resolver lo peticionado en forma favorable;
Que a fojas 19 hizo lo propio la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, y observó que tal reconocimiento debería surtir efectos a partir del primer día del mes siguiente al de acreditación de los servicios;
Que a fojas 25 Asesoría General de Gobierno propició reconocer los servicios desempeñados por el citado agente como contratado en el marco de la Ley N 10.295, a los fines de los artículos 25 inciso b y 39 de la Ley N
10.430 texto ordenado Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96, y disponer el pago de las diferenciales salariales respectivas;
Que a fojas 27 y 45 Fiscalía de Estado aconsejó en sentido concordante, y resaltó que los efectos del reconocimiento deberían operar a partir del primer día del mes siguiente al de acreditación de los servicios, toda vez que los mismos no fueron prestados en la Secretaría Legal y Técnica;
Que el interesado fue designado por Decreto N 161/15 en la Secretaría Legal y Técnica, con carácter interino, en el cargo de Subdirector de Análisis de Gestión Administrativa, Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 24, Oficial Principal 1 con un régimen de cuarenta 40 horas semanales de labor, quien revista en un cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 8, Código 5-0000-XIV-4, Cargo Inicial, Abogado con mismo régimen horario en la citada Jurisdicción;
Que a fojas 35/38, 42 y 48/49 toma intervención de su competencia la Dirección de Contabilidad de la Secretaría General;
Que la delegación fiscal de la Contaduría General de la Provincia ante la Secretaría General no tiene observaciones que formular;
Que atento a lo expuesto, correspondería reconocer los servicios prestados por Cristian Gustavo OBY a partir del 2 de enero de 2015, en calidad de contratado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley Convenio N 10.295, en el período que en particular se establece a los fines del adicional por antigedad y de la licencia por descanso anual, conforme lo dispuesto en los artículos 25
inciso b y 39 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96
y su Decreto Reglamentario N 4161/96;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N 272/17 E LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer en la Jurisdicción 1.1.1.06, Jurisdicción Auxiliar 01, SECRETARÍA GENERAL, SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, a partir del 2 de enero de 2015, el desempeño de los servicios prestados en calidad de contratado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley N 10.295, a los fines del cómputo de la bonificación por antigedad y de la licencia por descanso anual, conforme lo dispuesto en los artículos 25 inciso b y 39 de la Ley N 10.430
texto ordenado por Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N
4161/96, al agente Cristian Gustavo OBY DNI N 34.138.671 Clase 1988, por el período comprendido entre el 1 de octubre de 2013 y el 30
de abril de 2014.
ARTÍCULO 2. Determinar que el gasto que demande el pago de la bonificación por antigedad, según lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2017 Ley N 14.879, Jurisdicción 06, Gobernación, Jurisdicción Auxiliar 01 Secretaría General, PRG 13 GESTION ADMINISTRATIVA
LEGAL Y ESTUDIO TÉCNICOS Finalidad 1, Función 3, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 1, Subprincipal 1, Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 06, Jerárquico.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado.
Cumplido, archivar.
María Fernanda Inza Secretaria Secretaría Legal y Técnica
C.C. 12.855

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2017-33-E-GDEBA-SLYT

BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 26 de Septiembre de 2017

Referencia: Expediente N 2166-3761/15
VISTO el expediente N 2166-3761/15 por el cual el ex agente Carlos Alberto GARCÍA MARRA solicita el pago de los días de licencia anual no gozadas, y
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9823

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/11/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data09/11/2017

Conteggio pagine49

Numero di edizioni3418

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione26/07/2024

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