Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/11/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CONSIDERANDO:
Que a requerimiento de los distintos municipios de la Provincia, se dictó la resolución mencionada en el Visto, mediante la cual se declararon no laborables y feriados optativos, distintos días del mes de noviembre del corriente;
Que posteriormente, la Municipalidad de Tornquist, solicita se adecúe lo resuelto en dicha resolución, atenta la necesidad de mantener la fecha original de celebración del 107 aniversario del cambio de denominación del partido, el día 4 de noviembre, y no el día 3, fecha a la que se había trasladado;
Que con el objeto de posibilitar la celebración propuesta por el municipio, corresponde hacer lugar a lo solicitado, dictando el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2 del Decreto N 272/17 E;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N 272/17 E EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar la fecha declarada no laborable y feriado optativo para el Municipio de Tornquist, en el Anexo N IF-2017-03639286GDEBA-DTAMGGP de la Resolución identificada como RESOL-2017362-E-GDEE MGGP de este Ministerio, de fecha 24 de octubre de 2017, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente, el cual quedará redactado en la parte pertinente de la siguiente manera:
TORNQUlST
4 de Noviembre Aniversario ARTÍCULO 2. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Joaquín De La Torre Ministro Ministerio de Gobierno
C.C. 12.951

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2017-36-E-GDEBA-SLYT
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 26 de Septiembre de 2017
Referencia: Expediente Nº 2166-3673/15

LA PLATA, JUEVES 9 DE NOVIEMBRE DE 2017
Que a fojas 37/41 y 44/52 toma intervención de su competencia la Dirección de Contabilidad de la Secretaría General;
Que a fojas 53 interviene la Delegación Fiscal de la Contaduría General de la Provincia ante la Secretaría General sin observaciones que formular;
Que atento a lo expuesto anteriormente correspondería reconocer y computar los servicios prestados por la agente en cuestión, a partir del 2
de febrero de 2015, en calidad de contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la ley convenio N 10.295, en el período que en particular se establece a los fines del adicional por antigedad y de la licencia por descanso anual, conforme lo dispuesto en los artículos 25 inciso b y 39 de la Ley N 10.430 texto ordenado Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N 272/17 E LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer en la Jurisdicción 1.1.1.06, Jurisdicción Auxiliar 01, SECRETARÍA GENERAL, SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, a partir del 2 de febrero de 2015, el desempeño de los servicios prestados en calidad de contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley Convenio N 10.295, a los fines del cómputo de la bonificación por antigedad y de la licencia por descanso anual, conforme lo dispuesto en los artículos 25 inciso b y 39 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96, a la agente Liliana CONQUEIRA DNI N
32.498.817 Clase 1987, desde el 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de abril de 2014.
ARTÍCULO 2. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente será atendido con cargo a la siguiente imputación:
Presupuesto General Ejercicio 2017 Ley N 14879 - Jurisdicción 06
Gobernación, Jurisdicción Auxiliar 01 Secretaría General - PRG 13
GESTIÓN ADMINISTRATIVA LEGAL Y ESTUDIO TÉCNICOS Finalidad 1 - Función 3 Subsunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 1 Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 05, Profesional.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado.
Cumplido, archivar.
María Fernanda Inza Secretaria Secretaría Legal y Técnica
C.C. 12.857

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

VISTO el expediente Nº 2166-3673/15, por el cual se gestiona el reconocimiento de los servicios prestados como contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la ley convenio N 10.295, de Liliana CONQUEIRA, y CONSIDERANDO:
Que el 23 de enero de 2015 la agente de la Secretaría Legal y Técnica, Liliana CONQUEIRA, solicita el reconocimiento de los servicios prestados como contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la ley convenio N 10.295, a los fines de la liquidación de la bonificación por antigedad y licencia anual, desde el 1
de octubre de 2013 y hasta el 30 de abril de 2014;
Que a fojas 3/5 se adjunta contrato de trabajo a plazo fijo celebrado con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, prórroga del mismo y telegrama de renuncia al empleo, a partir del 30 de abril de 2014, respectivamente;
Que a fojas 6/8 se adjunta certificado de prestación de servicios, emitido por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, y certificación de haberes correspondientes al período que en particular se establece;
Que a fojas 22 toma intervención la Contaduría General de la Provincia y adjunta copias de informes previos producidos en casos análogos, por los cuales aconseja resolver lo peticionado en sentido favorable;
Que a fojas 25 se adjunta copia de un dictamen de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, de acuerdo con el cual correspondería reconocer los servicios desempeñados a los fines del cómputo de la antigedad, la liquidación del adicional respectivo y del otorgamiento de la licencia anual, a partir del primer día hábil del mes siguiente al de su acreditación, toda vez que los mismos fueron prestados en una jurisdicción diferente;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno fs. 31, propiciando el reconocimiento pedido, y a fs. 33 hizo lo propio Fiscalía de Estado, aclarando que la medida debe surtir efectos a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la acreditación de los servicios, pues éstos no fueron prestados en esta jurisdicción;
Que la agente en cuestión revista en un cargo del agrupamiento personal profesional, categoría 8, código 5-0000-XIV-4, cargo inicial, abogada con un régimen de cuarenta 40 horas semanales de labor;

Resolución Número: RESOL-2017-35-E-GDEBA-SLYT

BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 26 de Septiembre de 2017

Referencia: Expediente N 2166-3711/15
VISTO el expediente Nº 2166-3711/15, por el cual se gestiona el reconocimiento de los servicios prestados como contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley Convenio N 10.295, de María Agustina FERRERO, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 María Agustina FERRERO, agente de la planta permanente de la Secretaría Legal y Técnica, solicita el reconocimiento de los servicios prestados como contratada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley Convenio N 10.295, a los fines de la liquidación de la bonificación por antigedad y licencia anual, desde el 1 de julio de 2012 y hasta el 5 de septiembre de 2013;
Que a fojas 3 y 5 se adjunta certificado de prestación de servicios, emitido por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble del Ministerio de Economía, y certificación de haberes del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires correspondientes al período que en particular se establece;
Que a fojas 4 y 6 se adjunta contrato de trabajo a plazo fijo con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y telegrama de renuncia al empleo, a partir del 5 de septiembre de 2013, respectivamente;
Que a fojas 31 toma intervención Contaduría General de la Provincia, y adjunta a fs. 30 copia de un informe anterior, debidamente certificado, de acuerdo con el cual corresponde resolver favorablemente lo peticionado y reconocer, a los fines de la antigedad, los servicios desempeñados por la interesada en carácter de contratada por el Colegio de Escribanos;
Que a fojas 34 se adjunta informe análogo de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, en el cual entiende que correspondería reconocer los servicios prestados, a los fines del cómputo de la antigedad, la liquidación del adicional respectivo y del otorgamiento de la licencia anual;

SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9822

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/11/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data09/11/2017

Conteggio pagine49

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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