Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ARTÍCULO 4. DECLARAR, legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos ciento cincuenta y siete mil setecientos cincuenta y ocho con setenta y un centavos $157.758,71 por haberes percibidos indebidamente desde el 01/01/2005 y hasta 30/06/2009 debiéndose arbitrar los medios para su recupero.ARTÍCULO 5. REGISTRAR en actas. Girar a Departamento de Control Legal. Remitir al Sector Gestión y Recupero de Deuda.
Departamento de Resoluciones - Mariano Cascallares. Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 21557-90777/08 la Resolución N 822.308
del 16/09/2015.VISTO, el expediente N 21557-90777/08 correspondiente a FERNÁNDEZ MARCOS SUC. en el cual se ha formulado deuda, en razón de la detección de extracciones acaecidas con posterioridad al fallecimiento del causante, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 700.122 se acuerda el beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge a la Sra. Rivas Alicia Carmen;
Que a fs. 55/56 se advierte la existencia de extracciones de haberes ocurridas con posterioridad al fallecimiento del Sr. Fernández Marcos, resultando un saldo a recuperar por este Instituto de Previsión Social.
Que en nota presentada el 31 de enero de 2008, la peticionante del beneficio pensionario en su condición de cónyuge supérstite del causante, Sra. Rivas Alicia Carmen, asume la autoría de dichas extracciones, solicitando se le descuente de su haber las sumas que percibió indebidamente;
Que la mentada deuda encuentra su origen en la percepción indebida de los haberes jubilatorios del causante con posterioridad a su deceso;
Que el Departamento de Liquidación y Pago de Haberes procedió a calcular el cargo deudor por haberes indebidamente percibidos y la citada deuda asciende a la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y CUATRO CENTAVOS $7.584,74. Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80 y lo dispuesto por la Resolución N 08/12 del H.D del IPS;
Que, lo real y concreto es que se produjo un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que existió un enriquecimiento sin causa por parte de la beneficiaria, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 499, 784, 792 y concordantes del Código Civil;
Que mediante Resolución n727.000 del 22 de agosto de 2012 se declara legítimo el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente, por parte de la Sra. Rivas Alicia Carmen, que asciende a la suma de $7.584,74 y se dispone en el artículo 2 la afectación del 20% sobre los haberes que percibe en su condición de pensionada, hasta cancelar el total adeudado, ello de conformidad con el art. 61 del Decreto-Ley 9650/80
Que surge de las actuaciones que tal resolución no fue notificada a la interesada.
Que asimismo a los fines del recupero de las sumas adeudadas, se dispone la afectación con los haberes del mes de abril de 2013, que no se hizo efectiva.
Que a posteriori, este Organismo toma conocimiento del fallecimiento de la beneficiaria Sra. Rivas Alicia Carmen, acaecida el 15 de mayo de 2013, así como del inicio de proceso sucesorio correspondiente a la causante, que tramita ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N 2 de Bahía Blanca;
Que en autos, obra actualización de la deuda, impuesta por Resolución N 727.000, que corresponde se deje sin efecto, puesto que la dilación en el recupero de la suma adeudada a este IPS, no resulta imputable al accionar de la beneficiaria, correspondiendo a este instituto la celeridad en el recupero.
Que revisados los actuados, se vislumbra que la Resolución N
727.000 que declara legítimo el cargo deudor impuesto a la Sra. Rivas Alicia Carmen, por haberes percibidos indebidamente, dispone en su artículo 2 la afectación del 20% el haber pensionario que pudiere corresponderle hasta la cancelación del monto total adeudado. Dicho acto no fue notificado a la interesada, y habiendo tomado conocimiento del fallecimiento de la misma, lo que imposibilita el recupero de la deuda impuesta, corresponde se deje sin efecto el artículo citado.
Que en consecuencia corresponde revocar a tenor de lo normado en el art. 114 del Decreto-Ley 7647/70, el art. 2 de la Resolución N 727.000
del 22 de agosto de 2012, y en tal sentido dejar establecido que se deberá mediante oficio judicial en el proceso sucesorio que se tramitare, intimar a los derechohabientes de la Sra. Rivas Alicia Carmen a que propongan forma de pago de la deuda impuesta a la causante, que asciende a la suma de $7.584,74, en el plazo perentorio de 20 días. En el supuesto de no decepcionarse, propuesta de pago, la dirección de Planificación y control de gestión-sector recupero de deudasdeberá proceder a la confección del pertinente título ejecutivo para instar el recupero del acervo sucesorio;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ley n 8587;

LA PLATA, VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2017
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución N
727.000, a tenor de lo normado en el artículo 114 del Decreto-Ley 7647/70, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, intimando a los derechohabientes de la Sra. Rivas Alicia Carmen, mediante oficio judicial, en el proceso sucesorio abierto, a fin que propongan, en el plazo perentorio de 20 días, forma de pago de la deuda impuesta en cabeza de la causante, que asciende al monto de $ 7.584,74.ARTÍCULO 2. En el supuesto de no decepcionarse, propuesta de pago, la Dirección de Planificación y Control de gestión Sector recupero de Deudasdeberá proceder a la confección del pertinente título ejecutivo por el monto pendiente de pago a fin de instar el recupero del acervo sucesorio.ARTÍCULO 3. REGISTRAR. Notificar en el Proceso sucesorio.
Cumplido, siga el trámite que por derecho corresponda.
Sector Gestión y Recupero de Deudas/ Departamento de Relatoría - Mariano Cascallares. Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
C.C. 12.640 / nov. 2 v. nov. 8

MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTÍN
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
POR 3 DÍAS - Nombre del Proyecto: Convocatoria a audiencia pública ambiental - Obra: Paso Bajo Nivel en Chilavert FF.CC. Línea Mitre, Ramal José León Suárez.
Expediente: Nº 25449-D-2017.
Iniciador de Proyecto: Municipalidad de Gral. San Martín.
Objeto: Informar a la comunidad la realización y el procedimiento de audiencia pública sobre el proyecto denominado Paso Bajo Nivel en Chilavert FF.CC. Línea Mitre, Ramal José León Suárez.
Extracto: Informar a la comunidad sobre el proyecto denominado Paso Bajo Nivel en Chilavert FF.CC. Línea Mitre, Ramal José León Suárez.
Fecha y lugar: Se llevará a cabo el martes 28 de noviembre de 2017, a partir de las 18 hs. en la sede de la Asociación Italiana Leonardo Da Vinci, Calle 55 Buenos Aires Nº 7008, José León Suárez. Lugar de inscripción y consulta del expediente: Los interesados en participar en la Audiencia Pública deberán inscribirse en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos sita en el Palacio Municipal en Belgrano 3747, 3º piso, San Martín, hasta el miércoles 22 de noviembre inclusive, en el horario de 8 a 14 horas.
La inscripción será libre y gratuita y se realizará a través del formulario previsto para tal fin. Además en la misma oficina municipal, se podrá tomar vista de una copia del expediente administrativo Nº 25449-D-2017, por el que se tramita el proyecto mencionado, hasta 3 días hábiles antes de la fecha designada para la Audiencia Pública. Asimismo, el Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición de los interesados en la página web municipal www.sanmartin.gov.ar a fin de ser consultado.
Lugar, Fecha y Hora de Audiencia Publica: Asociación Italiana Leonardo Da Vinci, calle 55 Buenos Aires Nº 7008, José León Suárez. 28
de noviembre de 2017 18.00 hs.
Organismo: Dirección Gral. de Política Ambiental Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
C.C. 12.628 / nov. 2 v. nov. 6

REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN
DOMINIAL Nº 4
Del Partido de Exaltación de la Cruz POR 3 DÍAS - El R.N.R.D. Nº 4 del Partido de Exaltación de la Cruz a cargo de la Escribana Silvina Gallo de Alais, la que suscribe, y en virtud de lo dispuesto por la Ley 24.374, articulo 6º, inciso d en el artículo 13 del Decreto Provincial 2.815/96, cita y emplaza por el término de 30 días a los siguientes titulares de dominio y/o quines se consideren con derechos sobre los siguientes inmuebles:
2147-031-1-1/2017- CHARRAS Juan Carlos, DNI 4.743.838 y Sra.
Barroso Sofía Leonor DNI 10.705.921 - Cir. IV Sec F Mza. 5- Pc. 9- , domicilio Ruta 8 Km 77, Parada Robles, 6753, Exaltación de la De la Cruz. Titular/res: Scorcucchi Gerardo; Di Musto Juan; Federico Domingo; Avena Horacio; Avena Pedro y Avena y Focarrazzo Gracia, sin domicilio.
2147-031-1-6/2017- DENING Alberto Rubén DNI 16.112.083 Circ.
II Sec. JQta.: 26 C - Pc 14- Calle Mercedes 49, Barrio San José de Tala, Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz 2814. Titular/res:
Clementi Venancio Arnaldo y Fouz María Josefa, domicilio: Diagonal Norte 55, Villa Ballester.
2147-031-1-11/2015- LOZA, Sara Zulema, DNI 12.701.164. Circ.
IISec. LMza. 117 Pc. 2 acalle Alen 668, Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, 2814. Titular/res: Alzieri Arturo Carlos. Sin domicilio.-

SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9589

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data03/11/2017

Conteggio pagine22

Numero di edizioni3408

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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