Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2017 - Sección Oficial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 2350-92711-01 la Resolución N 817.830
del 15/07/2015.VISTO, el expediente Nº 2350-92711-01 correspondiente a Kardos, Marta Sofía en el cual resulta un cargo deudor, y CONSIDERANDO, Que habiendo la titular comunicado la continuidad en tareas y no obstante ello, surgir un cargo deudor configurándose el supuesto descripto en el art. 60 del Decreto-ley 9650/80, el Sector Gestión y Recupero de Deudas procedió a calcular cargo deudor por haberes indebidamente percibidos por la titular de autos por el periodo que va desde el 01/12/201
hasta el 30/08/2010;
Que la citada deuda asciende a la suma de $700.698,25;
Que la mentada deuda encuentra su origen en la percepción del haber jubilatorio en forma conjunta con el desempeño de actividad en relación de dependencia en tareas comunes, por lapso que va desde el 01/12/201
hasta el 30/08/2010;
Que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, en virtud del error incurrido que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte del beneficiario, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 499, 784, 792 y concordantes del Código civil;
Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el ARTÍCULO 61 del Decreto-ley 9650/80 y las normas de compatibilidad vigentes, así como la afectación que se ordena para su cancelación la cual se realiza en el contexto de las facultades discrecionales conferidas a este Organismo y con sustento en el presente acto administrativo;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos el cual asciende a la suma de $700,698,25 por haberes indebidamente percibidos por la Sra. Kardos, Marta Sofía por el período comprendido entre el 01/12/201 hasta el 30/08/2010, de conformidad a los dispuesto en el ARTÍCULO 61 del Decreto-Ley 9650/80 y los argumentos vertidos precedentemente.ARTÍCULO 2. Intimar a la Sra. Kardos, Marta Sofía a que en el término de 15 días de notificada la presente, formule propuesta de pago a fin de cancelar las sumas adeudadas debiendo celebrar a tal efecto un convenio de pago con el IPS.ARTÍCULO 3. Notificado el acto administrativo que se dicte en consecuencia, deberá darse intervención a la Dirección de Planificación y Control de Gestión-Sector Gestión y Recupero de DeudasPara que de curso a la confección del pertinente título ejecutivo para proceder al recupero del al deuda consignada en el art. 1.ARTÍCULO 4. Dejar constancia que podrá reajustar con los servicios de reingreso/continuidad en tareas comunes, toda vez que ha sido debidamente denunciado conforme el art. 60 del Decreto-ley 9650/80.ARTÍCULO 6. Registrar. Notificar. Cumplido siga su trámite como por derecho corresponda. Hecho, archivar.
Sector Gestión y Recupero de Deudas/ Departamento de Relatoría - Mariano Cascallares. Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 2918-57750-74 la Resolución N 874.920
del 13/09/2017.VISTO, el expediente N 2918-57750-74 iniciado en vida por Héctor Mario FERRANTE, en virtud del deceso del titular de autos, y CONSIDERANDO, Que por Acto Administrativo de fecha 14 de mayo de 2009, aprobado por Acta N 2954, se declara legítimo el cargo deudor liquidado al Sr.
FERRANTE que asciende a la suma de $302.832,03, en concepto de haberes percibidos indebidamente, atento haber continuado en tareas y conforme normas de incompatibilidad;
Que, corrido el expediente se advierte que dicho acto ha sido dictado con posterioridad al deceso del Sr. Héctor Mario FERRANTE, acaecido el 26/07/2007;
Que ello así, se advierte que se incurrió en un error involuntario al momento del dictado de la Resolución en cuestión, por lo que corresponde revocar a contrario sensu de lo normado por el art. 114 del Decreto-Ley N
9650/80 el acto administrativo referido precedentemente;
Que a foja 87 luce dictamen de la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;

LA PLATA, VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2017
Que a fojas 85 y 86 toman intervención Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 13 de septiembre de 2017, según consta en el Acta N 3376;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Revocar, a contrario sensu de lo normado por el art.
114 del Decreto-Ley N 7.647/70, el Acto Administrativo aprobado por Acta N 2954 de fecha 14 de mayo de 2009, habida cuenta que el mismo fue dictado con posterioridad al fallecimiento de Héctor Mario FERRANTE.ARTÍCULO 2. Declarar legítimo el cargo deudor liquidado a Héctor Mario FERRANTE que asciende a la suma de $302.832,03 en concepto de haberes percibidos indebidamente, atento haber continuado en tareas sin haber efectuado la denuncia correspondiente, conforme la normativa sobre incompatibilidad.ARTÍCULO 3. Intimar a los derecho-habientes de Héctor Mario FERRANTE, atento su fallecimiento, para que en el lapso de quince 15
días realicen propuesta de pago de lo adeudado a este IPS, ello bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales contra el sucesorio para el recupero de las sumas adeudadas.ARTÍCULO 4. Dar intervención al Departamento TécnicoAdministrativo -Área Edictospara que por su intermedio se notifique a los derecho-habientes de Héctor Mario FERRANTE.ARTÍCULO 5. Establecer que en caso de no registrarse propuesta de pago en el plazo establecido y no existiendo una sugerencia más favorable en la modalidad de recupero, se deberá proceder a la confección del pertinente Título Ejecutivo.ARTÍCULO 6. Notificar a los interesados que contra las resoluciones de este Organismo se podrá interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificadas artículo 74 del Decreto-Ley N
9650/80, T. O. 1994.ARTÍCULO 7. Registrar. Pasar las actuaciones al Departamento Técnico-Administrativo -Área Edictospara que tome la intervención de su competencia. Hecho, seguir su trámite como por derecho corresponda.
Cumplido, archivar.
Departamento Técnico Administrativo/Sector Orden del Día - Christian Alejandro Gribaudo Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 21557-82281/07 la Resolución N 779.726
del 11/12/2015.VISTO, la situación planteada en autos en virtud del error deslizado al momento de dictar la Resolución N 779726 de fecha 11 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que por dicha resolución acuerda beneficio de jubilación ordinaria a Dorigatti, Julia Inés, como asimismo mismo en su art. 5 declara legítimo el cargo deudor practicado en autos por haberes percibidos indebidamente;
Que durante la tramitación de dicho beneficio fallece la recurrente con fecha 21 de mayo de 2012, habiéndose incurrido en un error al momento del dictado de la resolución N 779726 de fecha 11 de noviembre de 2013 al haberse hecho con posterioridad al fallecimiento de la causante, correspondiendo se subsane el mismo conforme lo dispuesto por el art.
114 de la Ley 7647/70 y en consecuencia reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el DecretoLey N 9650/80 T.O. 1994;
Que contando con la vista del Señor Fiscal de estado y el dictamen del Departamento de relatoria;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Revocar la Resolución N 779.726 de fecha 11 de diciembre de 2013, atento los argumentos vertidos anteriormente.ARTÍCULO 2. RECONOCER que a Julia Inés DORIGATTI, DNIF 10.608.654, le asistía el derecho a un beneficio de JUBILACIÓN
ORDINARIA equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesora 6 Módulos Media con 24 años, desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación con efectos meramente declarativos atento la incompatibilidad existente entre la percepción del mismo y el desempeño de tareas remuneradas, lo dispuesto en el art. 60
párrafo 2 del Dto. Ley N 9650/80 T.O 1994.-

SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9588

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data03/11/2017

Conteggio pagine22

Numero di edizioni3426

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione07/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930