Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/10/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2017

Que el presente Acuerdo tendrá vigencia desde su suscripción y por el término de dos 2 años, prorrogándose automáticamente por el mismo término a excepción de que alguna de las partes lo denuncie con una anticipación no menor a noventa 90 días;
Que han tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1º, inciso 5 del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello,
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formaliza el presente en dos 2 ejemplares de igual tenor y a un solo efectos, en la Ciudad de Buenos Aires a los 2 días del mes de septiembre del año 2016.

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO Nº 272/17 E EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO 1º. Aprobar el Acuerdo de Cooperación celebrado entre la Dirección Provincial del Registro de las Personas, representada por su entonces titular, Dra. Romina RODRÍGUEZ y la Asociación de Clínicas y Sanatorios Privados de la Provincia de Buenos Aires ACLIBA ZONA
II, representada por la Presidente del Consejo Directivo Lic. Verónica DEGROSSI, que como Anexo GDEBA N IF-2017-01750227-GDEBADTAMGGP, forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Joaquín De La Torre Ministro Ministerio de Gobierno ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL
DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS Y ACLIBA ZONA II
Entre el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado REGISTRO, representado en este acto por la Señora Directora del Registro Provincial de las Personas, Dra. Romina Rodríguez, constituyendo domicilio en calle 1 esquina 60 de la ciudad de La Plata; y la Asociación de Clínicas y Sanatorios Privados de la Provincia de Buenos Aires Zona II, en adelante denominada la ACLIBA ZONA
II, representada en este acto por la señora Presidente del Consejo Directivo, Lic. Verónica Degrossi, constituyendo domicilio en calle Lavalle 51 Depto. A y B de la Ciudad de Avellaneda, convienen en celebrar el presente ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE CONSTATACIONES DE PARTO
Y CERTIFICADOS MÉDICOS DE DEFUNCIÓN CON MEDIDAS DE
SEGURIDAD, con arreglo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las partes convienen en desarrollar y poner en marcha el presente ACUERDO DE COOPERACIÓN, a los efectos de la distribución de constancias de parto y certificados médicos de defunción con medidas de seguridad a los prestadores de salud nucleados bajo ACLIBA ZONA II.
SEGUNDA: A los efectos del cumplimiento del presente Acuerdo, a fin de llevar a cabo la puesta en funcionamiento del SISTEMA DE
DISTRIBUCIÓN DE CONSTATACIONES DE PARTO Y CERTIFICADOS
MÉDICOS DE DEFUNCIÓN CON MEDIDAS DE SEGURIDAD, el REGISTRO se compromete a:
1.- Concretar la entrega de constataciones de parto y certificados médicos de defunción con medidas de seguridad en la Casa Central del REGISTRO, Dirección de Estadísticas y Sistemas, ubicada en calle 1 y 59
de la Ciudad de la Plata.
2.- Instrumentar las acciones necesarias para responder con celeridad, eficiencia y control a todos los trámites relacionados con el circuito de producción y entrega a ACLIBA ZONA II de las mencionadas constataciones de parto y certificados médicos de defunción con medidas de seguridad.
3.- Ofrecer en forma gratuita la aplicación informática necesaria para la administración del stock de los mismos.
TERCERA: Por su parte, ACLIBA ZONA II se compromete a distribuir las constancias de parto y certificados médicos de defunción con medidas de seguridad a los prestadores de salud nucleadas bajo su órbita. Asimismo, informar al REGISTRO la distribución realizada, consignando denominación completa del establecimiento, cantidades y rango de numeración entregada, adjuntando copia del remito conformado por cada responsable del organismo prestador de salud involucrado y posteriormente incorporándolo al sistema informático.
CUARTA: Las partes convienen que respecto de todas las circunstancias o hechos que tengan lugar como consecuencia de la aplicación del presente Acuerdo, mantendrán sus respectivas competencias y sus estructuras técnicas y administrativas.
QUINTA: El presente Acuerdo tendrá vigencia desde su suscripción, por el término de dos 2 años, prorrogándose automáticamente por el mismo término, salvo que alguna de las partes lo denuncie con una anticipación no menor a noventa 90 días, sin generar este último temperamento, derechos a reclamo de naturaleza alguna.

Romina Rodríguez Directora Provincial Registro de las Personas
M. Verónica Degrossi Presidente ACLIBA ZONA II
C.C. 12.529

Resolución Número: RESOL-2017-336-E-GDEBA-MGGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 3 de Octubre de 2017
Referencia: 2209-102227/16. Convenio de cooperación entre la DPP y la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Provincia.
VISTO el expediente Nº 2209-102227/16, mediante el cual tramita la aprobación del Convenio de Cooperación celebrado entre la Dirección Provincial del Registro de las Personas y la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:
Que en el presente Convenio, la Dirección Provincial mencionada en el visto, se compromete a brindar la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, la información contenida en sus bases de datos, referida a Defunciones en la Provincia de Buenos Aires;
Que la Caja, se compromete a garantizar la seguridad de los datos personales cedidos por el Registro de las Personas adoptando todas las medidas técnicas y organizativas tendientes a prevenir la adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado de los mismos, permitiendo detectar desviaciones de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado;
Que, asimismo, deberá responder por toda la vulneración al deber de confidencialidad que en forma directa o indirecta implicare la difusión de los datos, que se produjere por consecuencias del accionar negligente, culposo y/o doloso, de conformidad con la normativa vigente;
Que el presente Convenio de Cooperación, tendrá una vigencia de dos 2 años desde su aprobación pudiendo ser prorrogado por idéntico plazo de común acuerdo, sin perjuicio de ello cualquiera de los firmantes podrá denunciarlo con o sin causa con antelación no menor de treinta 30 días, sin que esta circunstancia genere reclamo o derecho alguno;
Que ha tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1º, inciso 5 del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO Nº 272/17 E
EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio de Cooperación celebrado entre la Dirección Provincial del Registro de las Personas, representada por su entonces titular, Dra. Romina RODRÍGUEZ y la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Presidente Dr. Diego O. RODRIGO, que como Anexo N IF-2017-01621987-GDEBA-DTAMGGP, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Joaquín De La Torre Ministro Ministerio de Gobierno CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL REGISTRO PROVINCIAL
DE LAS PERSONAS Y LA CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y
PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
En la ciudad de La Plata, a los 29 días del mes de junio de 2016, se reúnen la Dirección Provincial del Registro de las Personas, a cargo de la Dra. Romina Rodríguez, con domicilio en calle 1 esq. 60 de la ciudad de La Plata, en adelante EL REGISTRO con la CAJA JUBILACIONES
SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA

SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9419

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/10/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data31/10/2017

Conteggio pagine20

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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