Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/03/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio de Colaboración celebrado entre la Municipalidad de Bragado, representada por su Intendente Héctor Vicente Gatica y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado por su titular Cristian Adrián Ritondo, con el objeto de dotar a la Comisaría de la Mujer y la Familia de ese partido de un gabinete técnico o interdisciplinario.
ARTÍCULO 2º. En los sucesivos actos acuerdos, protocolos, addenda, que se celebren como consecuencia del Convenio de Colaboración que se aprueba por el artículo 1º, deberán tomar intervención -con carácter previo a su suscripciónlos Organismos de Asesoramiento y Control, cuando correspondiere de acuerdo a sus respectivas leyes orgánicas, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobatorio.
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de Bragado, comunicar, publicar, y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo Ministro de Seguridad CONVENIO DE COLABORACIÓN
Entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular Cristian Adrián RITONDO, con domicilio en calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, en adelante EL MINISTERIO por una parte, y por la otra la Municipalidad de Bragado, representada por su Intendente Municipal Héctor Vicente GATICA, con domicilio en calle Alsina Nº 178 de la ciudad de Bragado, en adelante LA
MUNICIPALIDAD, y denominadas conjuntamente LAS PARTES, acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboración en orden a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LAS PARTES celebran el presente Convenio de Colaboración para dotar a la Comisaría de la Mujer y la Familia del partido de Bragado, de un gabinete técnico o interdisciplinario compuesto de un/a 1 profesional abogado/a, un/a 1 psicólogo/a y un/a 1 asistente social.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a ceder de su plantel de profesionales un/a 1 profesional abogado/a, un/a 1 psicólogo/a y un/a 1 asistente social, para que se desempeñen en la Comisaría de la Mujer y la Familia del partido de Bragado, dependiente de EL MINISTERIO.
TERCERA: Los profesionales señalados en la cláusula segunda continuarán percibiendo sus haberes por LA MUNICIPALIDAD hasta tanto EL MINISTERIO pueda incluirlos en sus respectivos presupuestos, de cumplir con los requisitos para el ingreso a los cuadros de la Administración Pública Provincial.
Lo convenido en el párrafo precedente no constituye un derecho adquirido de los profesionales, quedando supeditada su viabilidad a la oportunidad, mérito y conveniencia que determina la autoridad competente ministerial.
CUARTA: EL MINISTERIO se compromete a capacitar y asesorar a los profesionales cedidos para el debido cumplimiento de su función.
QUINTA: El personal dependerá operativamente de EL MINISTERIO debiendo cumplir las órdenes que se le impartan y los regímenes horarios establecidos por EL MINISTERIO y/o la persona que éste designe.
SEXTA: El plazo de vigencia del presente Convenio se establece en dos 2 años a contar desde el momento de su celebración, produciéndose su prórroga de manera automática por períodos iguales y consecutivos en las mismas condiciones explicitadas, siempre y cuando no se produjera antes la incorporación de los profesionales involucrados en la planta de personal de EL MINISTERIO.
SÉPTIMA: Cualquiera de LAS PARTES podrá rescindir el presente Convenio previa notificación por medio fehaciente con antelación de treinta 30 días corridos en los domicilios constituidos, quedando EL MINISTERIO exento de toda obligación laboral con el personal cedido, el que volverá a ocupar el cargo de revista en el plantel municipal.
OCTAVA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio LAS PARTES
constituyen sus domicilios en los indicados en el acápite, siendo válidas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que allí se cursen, sometiéndose a iguales efectos a la jurisdicción de los Juzgados Contenciosos Administrativos de la ciudad de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata a los. días del mes de.. de 2017.
Héctor Vicente Gatica Intendente
Cristian Adrián Ritondo Ministro de Seguridad
LA PLATA, MIÉRCOLES 22 DE MARZO DE 2017

Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos doce millones setecientos cincuenta y cinco mil ochocientos dieciséis con ochenta centavos $ 12.755.816,80, con un plazo de ejecución de noventa 90 días corridos;
Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al treinta por ciento 30% del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que se han cumplimentado las publicaciones en la página web a fojas 224/236 conforme lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Emergencia N 14.812 y su Decreto Reglamentario N 443/16;
Que se recibieron tres 3 ofertas según surge del Acta de Apertura del 29 de agosto de 2016, obrante a fojas 244/245;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide a fojas 743/744 aconsejando preadjudicar las referidas labores a la empresa OSHI S.A. por la suma de pesos trece millones trescientos ochenta y nueve mil setenta y tres con cincuenta y cuatro centavos $
13.389.073,54, por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal;
Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las empresas POSE
S.A. y ZETRA S.A., por ser menos convenientes al interés fiscal;
Que a fojas 755/756 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno foja 750
y vuelta, la intervención de Contaduría General de la Provincia foja 751 y vuelta y la vista de Fiscalía de Estado foja 749 y vuelta, procede dictar el pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, el artículo 21 de la Ley Nº 14.803 y la Ley de Emergencia N 14.812
y su Decreto Reglamentario N 443/16;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar la Licitación Pública realizada por la Dirección de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: Rampa de Emergencia y Ascensor de Servicio Pabellón Geriátrico en Hospital Interzonal General de Agudos Vicente López y Planes, en el partido de General Rodríguez, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2º. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo anterior a la empresa OSHI S.A. por la suma de pesos trece millones trescientos ochenta y nueve mil setenta y tres con cincuenta y cuatro centavos $ 13.389.073,54, para obra, a la que agregándole la suma de pesos ciento treinta y tres mil ochocientos noventa con setenta y cuatro centavos $ 133.890,74 para dirección e inspección artículo 8º Ley Nº 6.021, la suma de pesos ciento treinta y tres mil ochocientos noventa con setenta y cuatro centavos $ 133.890,74 para embellecimiento artículo 3º Ley Nº 6.174
y la suma de pesos cuatrocientos un mil seiscientos setenta y dos con veinte centavos $
401.672,20 para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, hace un total de pesos catorce millones cincuenta y ocho mil quinientos veintisiete con veintidós centavos $ 14.058.527,22, estableciéndose un plazo de ejecución de noventa 90 días corridos.
ARTÍCULO 3. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Ejercicio 2016, Ley 14.807 CAT PRG - NRO 7 SPRG 1 PRY
1733 FI 3 FU 1 - FF 11 PP 4 PS 2 PAR 1 UG 270.
ARTÍCULO 4. Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8 de la Ley Nº 6.021, modificada por la Ley Nº 14.052, y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires la correspondiente a embellecimiento, mencionadas en el artículo 2, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la formación de los respectivos alcances.
ARTÍCULO 5º. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del treinta por ciento 30% del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 6. Desestimar por no ser convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: POSE S.A. y ZETRA S.A.
ARTÍCULO 7. Proceder por la Dirección de Compras y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las empresas mencionadas en el artículo anterior o a quien legalmente corresponda, las garantías que presentaran como afianzamiento de sus ofertas.
ARTÍCULO 8. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto N 4.041/96.
ARTÍCULO 9º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar y girar a la Dirección de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.

C.C. 3.140

Edgardo David Cenzón Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos C.C. 2.352

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 763
La Plata, 28 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 2402-172/2016 mediante el cual tramita la Licitación Pública para la adjudicación de la obra: Rampa de Emergencia y Ascensor de Servicio Pabellón Geriátrico en Hospital Interzonal General de Agudos Vicente López y Planes, en el partido de General Rodríguez, y CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;
Que por Resolución Nº 513 de fecha 21 de julio de 2016 obrante en copia certificada a fojas 221/222 y vuelta se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección de
PÁGINA 1947

Licitaciones


República Argentina MINISTERIO DE SEGURIDAD
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Licitación Pública N 2/17
POR 15 DÍAS - Obra Pública. Expediente N 2265/2016. Objeto de la contratación:
Refuncionalización de los sectores ocupados por la UOESA.
Sistema de Contratación: Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado y de etapa única.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/03/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data22/03/2017

Conteggio pagine32

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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