Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/10/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 9116

LA PLATA, VIERNES 25 DE OCTUBRE DE 2013

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO 2. Dejar constancia respecto del cargo deudor resultante como consecuencia de las percepciones con posterioridad al deceso del causante, que corresponde su archivo habida cuenta que la investigación penal no ha indicado autoría alguna en las mismas ver fs. 4 del Expediente glosado como fojas 96.
ARTÍCULO 3. Registrar. Pasar al Departamento Notificaciones. Hecho, seguir con el trámite como por derecho corresponda. Oportunamente, archivar.
Resolución N 739126
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.446 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 21557-59564-06 y N 2803-71480-90 ARREYES RAUL JUSTO s/
Suc. a los derecho habientes de ARREYES RAUL JUSTO la Resolución Nº 708428 de fecha 13 de julio de 2011.
La Plata, VISTO el Expediente N 21557-59564-06 iniciado por Raúl Justo ARREYES, en su carácter de pensionado de la ex Jubilada Rudecinda Gloria ANGUEIRA en el que se analiza el cargo deudor practicado a fs. 114 y la solicitud de pago del subsidio por fallecimiento, y CONSIDERANDO:
Que analizando el caso surge que por Resolución N 593.885 se reconoció el derecho pensionario al señor ARREYES. Del trámite surge la percepción de haberes con posterioridad al fallecimiento de la señora Angueira, por una suma de $ 2.393, 83. Así a fs.
28 el Señor ARREYES asumió la autoría de las extracciones. Posteriormente el mismo fallece por lo que corresponde imponer la deuda a sus derechohabientes;
Que del estudio de autos surge la petición del subsidio por fallecimiento por parte del mencionado pensionado y, posteriormente, la solicitada por Liliana, Mirta y Eduardo ARREYES, en su calidad de hijos;
Que por imposición del Art. 2 del Decreto-Ley 9.507/80 le asistió derecho al mencionado ARREYES, en su calidad de cónyuge pero, ante su deceso, podrán los derechohabientes solicitarlo mediante oficio judicial, en el sucesorio de ARREYES; ello por imposición de lo normado en la resolución HD n 4/2007; ello previa operación de compensación entre crédito y deuda atento lo prescripto por los arts. 818 y cctes del código civil;
Que a más y respecto a la solicitud de Gastos de Sepelio solicitados por los nombrados hijos deberá notificárseles que deberán seguir con el trámite de rigor;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 13
de julio de 2011, según consta en el Acta N 3058;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Dejar establecido que le asistió derecho al Señor Raúl Justo ARREYES
hoy fallecido a percibir el Subsidio por Fallecimiento en su calidad de cónyuge supérstite de la ex Jubilada Rudencia Gloria ANGUEIRA Art. del Decreto Ley 9.507/80 y declarar legítimo el cargo deudor por la suma de pesos dos mil trescientos noventa y tres con ochenta y tres centavos $ 2.393,83; fs. 114 por haberes percibidos indebidamente por el Señor Arreyes Fs. 28 y cuya autoría fuera en vida reconocida por él.
ARTÍCULO 2. Compensar hasta la suma menor el monto adeudado en concepto de haberes percibidos indebidamente y que impone el artículo precedente con el monto correspondiente al subsidio por fallecimiento.
ARTÍCULO 3. Declarar de legítimo abono la suma resultante de la compensación ordenada y hacerle saber a los derechohabientes que acreditando la calidad de tales, podrán reclamar las sumas mediante oficio judicial en el proceso sucesorio correspondiente al señor ARREYES Res. HD N 4/2007.
ARTÍCULO 4. Hacer saber a los peticionantes de gastos de Sepelio que tendrán que formalizar su pedido por medio del trámite pertinente por el procedimiento de rigor.
ARTÍCULO 3. Registrar. Notificar por intermedio del Dpto. Asesoramiento. Cumplido.
archivar.
Resolución N 708428
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.448 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por el término de cinco 5 días en los Expedientes N 21557-196002-11 BAÑO GRACIELA MARINA s/ Suc, a los herederos de BAÑO GRACIELA MARINA DNF 5.139.758, a que en el plazo de 15 días hábiles inicien trámite judicial de sucesión, y asimismo se obliguen a comunicar su radicación a este Organismo, todo ello bajo apercibimiento de proceder la Fiscalía de Estado de esta Provincia de acuerdo a lo normado por el Art. 729 del C.P.C.C.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.449 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por el término de cinco 5 días en el Expediente N 21557-113627-08 BARTOLETTI

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

PABLO ANTONIO GERARDO s/ Suc, a los herederos de BARTOLETTI PABLO ANTONIO
GERARDO L.E 5.196.145, a que en el plazo de 15 días hábiles inicien trámite judicial de sucesión, y asimismo se obliguen a comunicar su radicación a este Organismo, todo ello bajo apercibimiento de proceder la Fiscalía de Estado de esta Provincia de acuerdo a lo normado por el Art. 729 del C.P.C.C.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.450 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco 5 días en los Expedientes N 21557-212676-12, N 2803-8201-84
BRUNETTI RICARDO HUGO ESTEBAN s/ Suc, a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.451 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por el término de cinco 5 días en el Expediente N 2802-56674-87 CASCALLARES
MARÍA ELENA s/ Suc, a los herederos de CASCALLARES MARÍA ELENA DNF 0.017.421, a que en el plazo de 15 días hábiles inicien trámite judicial de sucesión, y asimismo se obliguen a comunicar su radicación a este Organismo, todo ello bajo apercibimiento de proceder la Fiscalía de Estado de esta Provincia de acuerdo a lo normado por el Art. 729
del C.P.C.C.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.452 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por el término de cinco 5 días en los Expedientes N 21557-115575-08 CORONEL
EDUARDO ENRIQUE s/ Suc, a los herederos de CORONEL EDUARDO ENRIQUE DNM
4.629.686, a que en el plazo de 15 días hábiles inicien trámite judicial de sucesión, y asimismo se obliguen a comunicar su radicación a este Organismo, todo ello bajo apercibimiento de proceder la Fiscalía de Estado de esta Provincia de acuerdo a lo normado por el Art. 729 del C.P.C.C.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.453 / oct. 23 v. oct. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 2918-37432-94 CORREA HILDA JULIA la Resolución de fecha 17
de abril de 2008.
VISTO las presentes actuaciones por medio de las Hilda Juana CORREA, solicita ajuste de su haber previsional en base a las bonificaciones por Enfermería y por Título, y;
CONSIDERANDO:
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Hacer lugar al ajuste del haber previsional peticionado por Hilda Julia CORREA, en base a las Bonificaciones por Enfermería y Título, desde el 24/11/02 atento resultar de aplicación la prescripción del Art. 62 3er párrafo del Decreto-ley 9650/80 T.O
1994, a la fecha de presentación de fs. 53, conforme los extremos del Art. 40 de dicho Cuerpo Legal.
ARTÍCULO 2º: Declarar legítimos los cargos deudores practicados, que ascienden a la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos setenta y seis con un centavo $ 4.476,01 y de pesos novecientos tres con treinta centavos $ 903,30 por aportes personales no efectuados, debiendo compensarse la deuda resultante con las sumas a favor de la titular en concepto de retroactivo hasta la concurrencia de la suma menor, conforme el ajuste dispuesto en el punto 1 de la presente, y de quedar saldo a favor de este Instituto, deberá afectarse el 20% de los haberes mensuales de autos hasta cancelar los montos adeudados.
ARTÍCULO 3º: Por la suma de pesos tres mil novecientos setenta y cuatro con veintiséis centavos $ 774,26 por contribuciones patronales adeudadas dar intervención a la Dirección de Recaudación y Fiscalización.
ARTÍCULO 4: Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento para su notificación, Hecho Adecuaciones y Altas a sus efectos; cumplido y de corresponder informaciones generales Sector Deudas; y a la Dccón. de Recaudación y Fiscalización recursos Entes Municipales.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 10.454 / oct. 23 v. oct. 29

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/10/2013 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data25/10/2013

Conteggio pagine43

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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