Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/09/2012 - Sección Oficial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

53534705-7, con domicilio legal en Carlos Pellegrini Nro. 394, Chivilcoy, Provincia de Buenos Aires; y Vda. de C. Barbiero e Hijos S.A., inscripta en el Registro Público de Comercio el 16 de septiembre de 1960 bajo el Nro. 1.043 ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Entre Ríos, CUIT N 30-50810460-6, con domicilio legal en Misael J. Parodi Nro. 194, Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos.
Conforme lo dispuesto en el compromiso Previo de Fusión suscripto el 14 de agosto de 2012 por Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. y F. y Vda. de C. Barbiero e Hijos S.A., y aprobado por sus respectivas Asambleas Extraordinarias de Accionistas celebradas con fecha 17 de agosto de 2012, Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. y F. incorporará por fusión a Vda. de C. Barbiero e Hijos S.A., la cual se disuelve sin liquidarse, siendo Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. y F. la sociedad continuadora. Los valores del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto de Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. y F. que surgen del Balance Especial de Fusión al 31/05/2012 antes de la Fusión ascienden a $ 113.658.260, $ 60.545.900 y $ 53.112.360, respectivamente. Los valores del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto de Vda. de C. Barbiero e Hijos S.A. que surgen del Balance Especial de Fusión al 31/05/2012 antes de la Fusión ascienden a $ 7.940.151, $ 11.419.070 y $ -3.478.919, respectivamente. Los valores del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto de Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. con posterioridad a la fusión son de $ 113.081.764, $ 59.969.404 y $ 53.112.360, respectivamente. El capital de Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. y F. anterior y posterior a la Fusión de las sociedades es $
1.860.000, representado por 1.860.000 acciones, todas ellas ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 y de 1 voto por acción. Oposiciones de Ley en calle Carlos Pellegrini 394 de la Ciudad de Chivilcoy, de 8 a 17 horas. Autorizada por Asamblea Extraordinaria de Cánepa Hermanos S.A.I.C.A. y F. celebrada el 17 de Agosto de 2012.
Marcelo Luis Cerella. Abogado. DNI 17865210.
L.P. 25.711 / sep. 11 v. sep. 13

CENTRO DE FOMENTO CULTURAL, SOCIAL Y DEPORTIVO VILLA ALBINO
POR 3 DÍAS Reempadronamiento. La Interventora del Centro de Fomento Cultural, Social y Deportivo Villa Albino cita a reempadronamiento a todo aquel que se crea con derecho a considerarse como socio. En su Sede Social, del 10 al 14 de septiembre, lunes, miércoles y viernes de 10 a 14 hs., martes y jueves de 14 a 18 hs. Deberán concurrir con DNI. y copia del mismo. Andrea Giúdice, Abogada.
L.P. 25.756 / sep. 11 v. sep. 13

Provincias de Misiones DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
POR 2 DÍAS - La Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 124 inc. e del Código Fiscal Provincial, comunica, cita y emplaza a los responsables de BUILD S.R.L., con último domicilio fiscal en Paraguay 729, Piso 6º, Dpto. 26 de Ciudad Autónoma de Bs. As., para que en el término de quince 15 días contados a partir de la última publicación del presente, tome vista bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención, del Expediente Administrativo Nº 25675/2007 C-I-IIDGR-s/Verificación Impositiva en el que se le ha liquidado deuda $ 21.938,09 monto histórico en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, $ 18.487,23 monto histórico en concepto de Impuesto Parque Automotor, además de Multas: Art. 66 CFP IIBB -Art. 66 CFP IPA-Art. 48 CFP1 e Intereses fs. 212. La liquidación fue remitida por carta documento, para su notificación, al domicilio fiscal denunciado con fecha 16/11/2010 habiéndose devuelto la pieza. Miguel Arturo Thomas, Director Provincial.
C.F. 31.229 / sep. 11 v. sep. 12

Provincias de Misiones DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
POR 2 DÍAS - La Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 124 del Código Fiscal Provincial y en relación con las actuaciones que se tramitan por el Expediente 3252-0074/97-DGR-TEXTIL BEYKA
S.R.L., s/verificación impositiva, con último domicilio fiscal en J. Ramírez de Velazco 488
C.A.B.A., comunica a la contribuyente y a los representantes de la firma en período verificado y reclamado 05/1994 a 04/1996, que se le corre vista de la deuda obrante en autos y no regularizada por la verificada. Por ello, se cita y emplaza a los responsables de la contribuyente por el término de 15 quince días a comparecer ante sus oficinas de San Martín 1752, 1º piso de la ciudad de Posadas, Subdirección de Fiscalización Dpto.
Liquidación y Administración, a efectos de a tomar vista de las actuaciones referidas, bajo apercibimiento de continuar las mismas en rebeldía. Conforme a lo establecido por el artículo 128 del Código Fiscal Provincial, el expediente se encuentra en el Departamento Liquidación y Administración DGR a disposición de las partes. Acontinuación se transcribe la mencionada Vista Art. 43 CFP. Ley XXII Nº 35.
Vista de actuaciones: Expediente Nº 3252-0079/1997 -Textil Beyka S.R.L. S.R.L.
s/Verificación Impositiva: Lugar y fecha de emisión: Posadas, Misiones, 24/04/1997
Contribuyente: Textil Beyka S.R.L. Domicilio Fiscal: Scalabrini Ortiz 250, Capital Federal, Bs. As. - Nº de Inscripción: 901-9697260- CUIT Nº 30-618022761.
Concluída la verificación impositiva llevada a cabo por: Inspector C.P. Pereyra, Jorge Epifanio agente de esta Dirección, se ha constatado que surgen obligaciones fiscales incumplidas y consecuentes diferencias a favor de la Dirección General de Rentas, por los siguientes montos e importes expresados en moneda de curso legal:
CONCEPTOS IMPORTES
Impuesto sobre los Ingresos Brutos $
231, 07
Infracción Art 48 1 Mínimo $
500,00
INFRACCIÓN Art 66 CFP 100 %
$ 231,07
Total General $
962,14
Todos a Valores históricos impuesto y multas con actualización de intereses a la fecha de pago. En consecuencia, de acuerdo con las normas del artículo 43 del Código Fiscal,, se le corre vista del resultado de las actuaciones cumplidas, por el término de 15
quince días bajo apercibimiento de darse por decaído el derecho a presentar descargo y/u ofrecer pruebas que hagan a su defensa y de proseguir las actuaciones en rebeldía,
LA PLATA, MARTES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2012

PÁGINA 7423

en caso de incomparecencia. Asimismo, se le recuerda que según artículo 43 del citado código, la Dirección no dictará resolución determinativa de la deuda siempre que en el término de 15 quince días de notificada la presente, optare por aceptar la liquidación efectuando el pago del impuesto, los intereses y accesorios devengados y las multas mínimas de los artículos 48 y 66. En ese supuesto, la Dirección, previa verificación del efectivo ingreso al tesoro de los importes adeudados -intereses actualizados y de las multas abonadas, procederá al archivo de las actuaciones administrativas. Firma y sello de funcionarios competentes: Pereyra Jorge Epifanio Inspector Direccion General de Rentas de la Provincia de Misiones, Posadas, Misiones. La misma fue notificada en el domicilio de J. R. Velazco, 488, Capital Federal, Bs. As. Por carta certificada el 23/05/97.
Mónica Y. Medina, Jefe Dpto. Liquidacion y Administración, Subdirección de Fiscalización, Dirección Gral, de Rentas de la Provincia de Misiones. Miguel Arturo Thomas, Director Provincial.
C.F. 31.224 / sep. 11 v. sep. 12

Provincias de Misiones DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
POR 2 DÍAS - La Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 23, 24, 43,124 inc. e del Código Fiscal Provincial, y en relación con las actuaciones que se tramitan por el Expediente 32528553/2002-DGR-MOLFRAN S.R.L., con domicilio fiscal en Larrabure 1199, de la ciudad de Campana. Provincia de Buenos Aires comunica a la contribuyente y a los representantes de la firma en período verificado y reclamado 04/99 A 07/2002, que se le corre vista de la deuda obrante en autos y no regularizada por la verificada. Por ello, habiéndose dispuesto iniciar el procedimiento de extensión de responsabilidad a los responsables de la contribuyente, por la deuda determinada en el expediente enunciado, Sres:
Moltrasi Alberto Francisco se los cita y emplaza por el término de 15 quince días a comparecer ante sus oficinas de San Martín 1752 de la ciudad de Posadas, Mnes., a efectos de a tomar vista de las actuaciones referidas, bajo apercibimiento de continuar las actuaciones en rebeldía. Conforme a lo establecido por el artículo 128 del Código Fiscal Provincial, el expediente se encuentra en el Departamento Liquidación y Administración DGR a disposición de las partes.
Cédula notificación del inicio del trámite de extensión de responsabilidad: Socio Gerente: Moltrasi Alberto Francisco Posadas, 25 de noviembre 2008.
Se le comunica que en autos caratulados: Expte. Nº 8553/2002 -DGR-Molfran S.R.L.
s/Verificación Impositiva, se ha diligenciado en el domicilio fiscal de la contribuyente, la notificación de Resolución Nº 013/2003- Determinativa de obligación tributaria y aplicativas de multa, con constancias obrante en autos. Que habiéndose efectuado la intimación administrativa de pago, la interesada no ha comparecido ni cancelado la deuda. Por ello, en virtud de lo prescripto en los artículos 23 inc. a y 24 inc. a del Código Fiscal Provincial, y en su carácter de: Socio Gerente de la contribuyente s/ constancia de fs. 78158 por el período: 04/1999 a 07/2002, s/consta en autos fs. 148 y domicilio acreditado s/ constancias fs. 251 de autos, se le corre vista de las actuaciones conforme al Artículo 43 del Código Fiscal de la Provincia de Misiones por el término de 15 quince días hábiles. Se transcribe copia de la siguiente documentación: Resolución Nº 013/2003- Vista de Actuaciones Como recaudo se transcriben -en lo pertinentelos citados artículo 23 inc. a y 24 inc.
a del Código Fiscal Provincial:
Artículo 23 inc. a CFP: Son responsables por deuda ajena los obligados a pagar el tributo con los recursos que administran, perciban o que disponen: Los representantes en general, como el cónyuge que percibe y que dispone de los bienes del otro, padres, tutores y curadores de incapaces, síndicos y liquidadores de concursos, administradores de sociedades y sucesiones, directores y gerentes y demás mandatarios de entes jurídicos y patrimonios, etc. Ellos deberán cumplir por cuenta de sus representados los deberes tributarios que las normas imponen a los contribuyentes en general.
Artículo 24 inc. a CFP: Todos los representantes a que se refiere el inciso a del artículo anterior cuando, por incumplimiento de cualquiera de sus deberes tributarios, no abonaran oportunamente el debido tributo, si los deudores no cumplen la intimación administrativa de pago. No existirá esta obligación personal y solidaria con respecto a quienes demuestren que sus representados los han colocado en la imposibilidad de cumplir con sus deberes fiscales.
Se informa además que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 128 del Código Fiscal Provincial, el expediente se encuentra a disposición de las partes.
Posadas, Mnes., 3 de enero de 2003. Resolución Nº 013/2003.
VISTO el expediente Nº 8553/02 del Registro de esta Dirección, en el que -en ejercicio de las funciones a ella concedidas por el artículo 16, incisos e, h y l del Código Fiscal de la Provincia de Misiones, se tramita una verificación impositiva a la contribuyente Molfran S.R.L. con domicilio fiscal en Larrabure Nº 1199, de la ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, referidas a sus obligaciones tributarias con el fisco de la Provincia de Misiones, inscripta ante esta Dirección de Rentas como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -régimen convenio multilateralbajo el Nº 902125006-7, y CONSIDERANDO:
Que habiéndose realizado la verificación del cumplimiento de la Resolución General Nº 005/92 D.G.R. - obligación de percibir el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la jurisdicción de Misiones -, el contribuyente no proporcionó la totalidad de la documentación solicitada dentro del plazo concedido al efecto; por lo que se procedió a liquidar la obligación fiscal correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre la base presunta que resulta de considerar el volumen de las transacciones declaradas por el contribuyente en los Estados Contables, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Art. 36 del Código Fiscal Provincial, Ley 2.860, se fundará en los hechos y circunstancias conocidas o cualesquiera otros elementos de juicio que deberán proporcionarle las entidades públicas o privadas, la liquidación de la base imponible presunta mensual del Impuesto sobre los Ingresos, se efectuó partiendo de indicios Ingresos declarados por la firma verificada en Estados Contables que constituyen hechos ciertos y conocidos; respecto del los períodos fiscales verificados en autos;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/09/2012 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data11/09/2012

Conteggio pagine42

Numero di edizioni3408

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2012>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30