Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2012 - Sección Oficial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO 4º - Establecer que se han computado 31 años, 0 meses y 11 días de servicios.
ARTÍCULO 5º - Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
Observaciones: Fecha de comienzo atento fecha de presentación en autos y lo dispuesto en el artículo 62 II párrafo del Decreto - Ley 9.650/80 T.O 1994.
Se deberán tener en cuenta las diferencias existentes entre el alta de fs. 30/37 y la nueva liquidación de fs. 57/58.
ARTÍCULO 6º - Regístrese en Actas vuelva al Departamento Resoluciones legajos para su notificación al interesado cumplido gírese a la División Adecuaciones y Altas 3º piso.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 220 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2918-64507-75, DURÁN ADOLFO s/Suc., la Resolución Nº 714.966 de fecha 1º de diciembre de 2011.
La Plata, 1º de diciembre de 2011.
VISTO el expediente Nº 21557-14717-05 iniciado en vida por Ascención Andrés, atento el cargo deudor liquidado por haberse detectado la percepción indebida de haberes con posterioridad al fallecimiento del causante y CONSIDERANDO:
Que por Resolución del H.D. Nº 678072, Ascención Andrés, asumió la autoría de las extracciones con posterioridad al fallecimiento de su cónyuge por la suma de $ 2.604,84
de quien fuere en vida su esposo Adolfo Durán, jubilado de este IPS, y propone, a efectos de saldar dicha deuda, la afectación del 10% del haber que percibe en carácter de pensionada del causante, propuesta ésta que fue debidamente receptada;
Que surge de autos, que dicha propuesta no fue materializada, debido al fallecimiento de Ascención Andrés, acaecida el día 16/02/09;
Que teniendo en cuenta el monto de la deuda practicada, la Comisión de Finanzas y Asuntos Administrativos considera que corresponde intimar de pago a los derechohabientes de Ascención Andrés, a fin de saldar la deuda existente para con este IPS;
Que a fs. 91 se dictaminó declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos e intimar de pago a los derechohabientes de la causante;
Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 1º de diciembre de 2011, según consta en el Acta Nº 3.078;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Declarar legítima la deuda que asciende a la suma de $ 2.604,84 por haberes percibidos indebidamente por parte de Ascención Andrés, derivados de las extracciones con posterioridad al fallecimiento de Adolfo Durán.
ARTÍCULO 2º - Dar intervención al Dpto. Técnico Administrativo-Sector Edictos, a los efectos de que mediante la publicación de estilo se notifique a los derechohabientes de Ascención Andrés, a fin de intimarlos a que en plazo de 10 días se presenten a formular propuesta de pago a efectos de saldar la deuda en cuestión, bajo apercibimiento de dar curso al trámite relativo al Título Ejecutivo contra el acervo hereditario, tendiente a obtener el cobro de la deuda.
ARTÍCULO 3º - Registrar. Pasar al Dpto. Técnico-Administrativo, Sector Edictos para su notificación. Cumplido siga trámite como por derecho corresponda. Oportunamente archivar.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 221 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2350-107371-01 ETCHEVERRÍA LINO RAMÓN s/Suc., la Resolución Nº 715.261 de fecha 7 de diciembre de 2011.
La Plata, 7 de diciembre de 2011.
VISTO el expediente Nº 21557-39900-06 iniciado por la hoy fallecida pensionada Catalina Rosa Bazán y la consulta formulada a fs.60 y CONSIDERANDO:
Que del análisis del caso surge que por Resolución Nº 700.545 de fecha 6-4-11 se declaró legítima la deuda por $ 3.230,73 ordenándose la afectación del 10% de los haberes pensionarios de la señora Bazán. Posteriormente, operó la baja del beneficio el día 68-07 por haber fallecido la beneficiaria. En tal virtud, corresponde instar el recupero de lo debido e intimar a los herederos del mismo en tal sentido;
Que a fs. 61 obra dictamen coincidente;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Organismo en fecha 7 de diciembre de 2011, según consta en el Acta Nº 3.079;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 7º de la Ley Nº 8.587;

LA PLATA, VIERNES 27 DE ENERO DE 2012

PÁGINA 689

Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Modificar la Resolución Nº 700.545 del 6-4-11 en cuanto al modo de cancelación se refiere y declarar legítimo el cargo deudor liquidado a fs. 53 por la suma de $ 3.230,73 por haberes indebidamente percibidos por la causante Catalina Rosa Bazán. Intimar a los derechohabientes a fin de que propongan forma de pago respecto a la suma debida; ello dentro de los cinco días de notificada la presente y, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que, por derecho, correspondan contra el acervo sucesorio.
ARTÍCULO 2º - Notificar la presente mediante Edictos que posibilite la debida notificación y habilitación en su caso para la confección de Título Ejecutivo. En este caso, derivar los autos a la División Adecuaciones y Altas Dpto. Determinación de Haberes de la Dcc de Determinación y Liquidación de Haberes. Dar intervención en su oportunidad a la Fiscalía de Estado Subsecretaría de Créditos Fiscales y Tributarios.
ARTÍCULO 3º - Registrar. Pasar al Departamento Técnico Administrativo Sector Edictos. Cumplido, seguir con el trámite como por derecho corresponda. Cumplido girar al Sector Gestión y Recupero de Deudas. Hecho, archivar.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 222 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-033493-06 FERNÁNDEZ OSVALDO s/Suc. la Resolución Nº 714803 de fecha 1º de diciembre de 2011.
VISTO el presente expediente por el cual, María Ester ARIAS solicita beneficio de PENSIÓN, en su carácter de esposa de Osvaldo Fernández, exjubilado y fallecido el 17
de abril de 2009 y CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación del beneficio se produce el fallecimiento de María Ester Arias con fecha 8 de octubre de 2009 atento el certificado la documentación agregada;
Que se encuentran reunidos todos los requisitos establecidos por el Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994;
Que contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs. 52;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Dejar sin efecto la Resolución Nº 709.718 de fecha 10 de agosto de 2011, por haber sido dictada con posterioridad al fallecimiento de María Ester Arias.
ARTÍCULO 2º - Reconocer que a, María Ester Arias DNIF 6.841.904, clase 1941 le asistía el derecho al goce de un beneficio de pensión, equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Concejal, con 20 años de Antigedad, desempeñado en la Municipalidad de Almirante Brown, el que será abonado a partir del 18 de abril de 2009 y hasta el día 8 de octubre de 2009, fecha en que se produjo su fallecimiento, y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales las sumas devengadas por dicho concepto. Se deja constancia que la titular de autos venía percibiendo el beneficio de forma transitoria.
ARTÍCULO 3º - Imputar las sumas devengadas en dicho concepto a la cuenta del Instituto de Previsión Social Sección Municipalidades.
ARTÍCULO 4º - Establecer que se han computado 40 años, 04 meses y 18 días de servicios.
ARTÍCULO 5º - El Departamento Tesorería deberá informar las devoluciones bancarias de haberes pertenecientes al beneficio que percibía el causante, para que posteriormente el Departamento Liquidación y Pago de Haberes verifique si hubo percepción indebida con posterioridad al fallecimiento, debiéndose tener en cuenta lo manifestado a fs. 10.
ARTÍCULO 6º - Regístrese en Actas, publíquese Edictos. Hecho pasen las presentes actuaciones al Departamento Control Legal.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 223 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2337-23187-80 GALLO FILOMENA ANTONIA s/Suc. la Resolución Nº 714.882 de fecha 1º de diciembre de 2011.
VISTO el presente expediente por el cual, Raúl Osmar Sandoval solicita beneficio de pensión, en su carácter de esposo de Filomena Antonia Gallo, exjubilada y fallecida el 3
de enero de 2005 y CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación del beneficio se produce el fallecimiento de Raúl Osmar Sandoval con fecha 22 de enero de 2009 atento el certificado de defunción agregado;
Que se encuentran reunidos todos los requisitos establecidos por el Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994;
Que contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs. 52;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2012 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data27/01/2012

Conteggio pagine37

Numero di edizioni3412

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione18/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Enero 2012>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031