Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2012 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 690

LA PLATA, VIERNES 27 DE ENERO DE 2012

BOLETÍN OFICIAL

Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Reconocer que a Raúl Osmar Sandoval, LE 865.461, clase 1919 le asistía el derecho al goce de un beneficio de pensión, equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Categoría 5 Técnico 36 hs., con 31 años de Antigedad, desempeñado en el Ministerio de Salud, el que será abonado a partir del 6
de febrero de 2005 atento fecha de presentación en autos y lo dispuesto en el Art. 62 II
párrafo del Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994, y hasta el día 22 de enero de 2005, fecha en que se produjo su fallecimiento, y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales las sumas devengadas por dicho concepto. Se deja constancia que el titular de autos venía percibiendo el beneficio de forma transitoria.
ARTÍCULO 2º - Imputar las sumas devengadas en dicho concepto a la cuenta del Instituto de Previsión Social Sección Administración General. Se deberán tener en cuenta las diferencias existentes entre la real fecha de comienzo del beneficio que se otorga por la presente, y la consignada en el alta de fs. 27.
ARTÍCULO 3º - Establecer que se han computado 31 años, 04 meses y 15 días de servicios.
ARTÍCULO 4 - Regístrese en Actas, publíquese edictos.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 224 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-137758-09 GARCÍA, ANA MARÍA la Resolución Nº 701.985
de fecha 27 de abril de 2011.
VISTO el presente expediente por el cual Ana María García, solicita se le acuerde beneficio de Jubilación Ordinaria y CONSIDERANDO:
Que, se encuentran reunidos todos los requisitos establecidos por el Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994;
Que respecto al porcentaje para la determinación del haber, habida cuenta que este Instituto ha sostenido un criterio discrepante al mantenido por ambos Organismos Asesores en actuaciones similares, que generara reiteradas observaciones por parte del Sr. Fiscal de Estado, y que concluyera con el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 2622 emitido en autos caratulados Giménez, María Dolores, Expte. Nº 2350-11734202, es que se ha resuelto cambiar el temperamento sostenido hasta la fecha y adherir al esgrimido por los organismos preopinantes y receptado por el Sr. Gobernador en el mencionado acto administrativo;
Que en este sentido, se entiende que los términos del artículo 43 del DecretoLey Nº 9.650/80 T.O 1994 permite sumar un plus de un 5% sobre el 70% del haber inicial, queda limitado a aquellos beneficios ordinarios que se han alcanzado en el marco del artículo 24, inc. a y b, vale decir, con 35 años de servicios ordinarios y 60 años de edad, y 50 años de edad y 25 años de servicios docentes como maestra de grado al frente directo de alumnos o profesor 20 hs. Cátedras en cualquier rama de la enseñanza, no alcanzado a supuestos, como el de autos, en los que el beneficio es alcanzado con la aplicación de lo normado por el artículo 26 de la norma citada;
Que sentado ello, cabe analizar la situación de autos en la que el titular reúne los requisitos previstos por la ley con la totalidad de servicios de carácter insalubres por aplicación de lo establecido en los artículos 26 y 27, por lo que corresponde encuadrarlo en los alcances del artículo 42, debiéndose determinar en un 70% el porcentaje de la prestación, atento no contar con el excedente de edad y de servicios necesarios para incrementar el porcentaje;
Que teniendo en cuenta que oportunamente se incluyó el beneficio transitorio en planillas de pago con 75%, se deberá adecuar el porcentaje y liquidar el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente a fin de su recupero;
Que contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs.29, y el dictamen del Departamento Relatoría a fs.31/32;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria a Ana María García, Nacido/a el 07/12/1942, con DNIM 4.413.313 y con domicilio real en la calle Patricio Ham Barrio Fonavi escalera 12, 1º Piso, Dpto. B, de la localidad de General Rodríguez, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será liquidado a partir del 2/07/2009, atento y será equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Lavadero establecimientos Asistenciales Supervisor B categoría 10 Agrupamiento Servicio - 48 hs.
con 26 años de antigedad, desempeñado en el Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 3º - Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 de Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994-, cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º - El Departamento de Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Administración General. Se deberá tener en cuenta las diferencias existentes entre el alta de fs. 21/23 y el porcentaje que se otorga por la presente, debiéndose practicar el correspondiente cargo deudor por haberes percibidos indebidamente desde el 2/07/2009, fecha de comienzo del beneficio transitorios, hasta la efectiva adecuación, y afectándose el 10% del haber mensual hasta la cancelación total de la deuda.
ARTÍCULO 5º - Establecer que han sido computados 26 años y 01 días de servicios.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO 6º - Se deja constancia que la movilidad establecida por el artículo 50 del DecretoLey Nº 9.650/80 T.O. 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 7º - Regístrese en Actas; comuníquese al interesado. Hecho, pase a Adecuaciones y Altas.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 225 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2918-42094-94 GIANGGIOBE EDUARDO s/Suc., la Resolución Nº 714.958 de fecha 1º de diciembre de 2011.
La Plata, 1º de diciembre de 2011.
VISTO el expediente Nº 2918-42094/94 iniciado en vida por Eduardo Giangiobbe, atento el cargo deudor liquidado por haberse detectado la percepción indebida de haberes con posterioridad al fallecimiento del causante y CONSIDERANDO, Que por Resolución del H.D. Nº 701.082, Elena María Martínez, asumió la autoría de las extracciones con posterioridad al fallecimiento por la suma de $ 8.204,51 de quien fuere en vida su esposo, Eduardo Giangiobbe, jubilado de este IPS, y propone, a efectos de saldar dicha deuda, la afectación del 20% del haber que percibe en carácter de pensionada del causante, propuesta ésta que fue debidamente receptada;
Que surge de autos, que dicha propuesta no fue materializada, debido al fallecimiento de la Sra. Martínez, y la posterior baja del beneficio pensionario acaecido el día 6/10/09;
Que teniendo en cuenta el monto de la deuda practicada, la Comisión de Finanzas y Asuntos Administrativos considera que corresponde intimar de pago a los derechohabientes de la Sra. Martínez, a fin de saldar la deuda existente para con este IPS;
Que a fs. 64 se dictaminó declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos e intimar de pago a los derechohabientes de la causante;
Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 01
de diciembre de 2011, según consta en el Acta Nº 3.078;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Declarar legítima la deuda que asciende a la suma de $ 8.204,51, por haberes percibidos indebidamente por parte de Elena María Martínez, derivados de las extracciones con posterioridad al fallecimiento de Eduardo Giangiobbe.
ARTÍCULO 2º - Dar intervención al Dpto. Técnico Administrativo-Sector Edictos, a los efectos de que mediante la publicación de estilo se notifique a los derechohabientes de Elena María Martínez, a fin de intimarlos a que en plazo de 10 días se presenten a formular propuesta de pago a efectos de saldar la deuda en cuestión, bajo apercibimiento de dar curso al trámite relativo al Título Ejecutivo contra el acervo hereditario, tendiente a obtener el cobro de la deuda.
ARTÍCULO 3º - Registrar. Pasar al Dpto. Técnico-Administrativo, Sector Edictos para su notificación. Cumplido siga trámite como por derecho corresponda. Oportunamente archivar.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 226 / ene. 27 v. feb. 2

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2337-26109-81 GIUDICI FRANCISCO s/Suc. la Resolución Nº 714937 de fecha 1º de diciembre de 2011.
VISTO el presente expediente por el cual, María Ester Chettolini Acevedo solicita beneficio de pensión, en su carácter de esposa de Francisco Giudici, exjubilado y fallecido el 24 de junio de 2008 y CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación del reajuste jubilatorio fallece Francisco Giudici, atento el certificado de defunción agregado, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía;
Que se presenta María Ester Chettolini Acevedo, solicitando beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su esposo, produciéndose su deceso con anterioridad al dictado del acto administrativo, por lo que corresponde reconocer el derecho pensionario que le asistía;
Que se encuentran reunidos todos los requisitos establecidos por el Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994;
Que contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs. 53;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Dejar sin efecto la Resolución Nº 707.060 de fecha 22 de junio de 2011, por haber sido dictada con posterioridad al fallecimiento de María Ester Chettolini Acevedo.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2012 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data27/01/2012

Conteggio pagine37

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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