Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/11/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 22 de noviembre de 2019

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12, a cargo de la Dra. María Daniela Ferenc, Secretaría nica, a mi cargo, comunica por cinco días que el 30 de septiembre de 2019, se ha abierto el concurso preventivo de FIRPO ELENA MARIEL, D.N.I. 20.294.806, CUIT 27-20294806-0, habiendo sido designado síndico el Cr.
Ignacio Etcheguia, con domicilio en calle 11 Nº 716 de la ciudad de La Plata, días de atención Lunes a viernes de 9 a 13 hs y de 15 a 18 hs, a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos hasta el día 20/12/2019. Observaciones a los créditos se podrán presentar al síndico hasta el día 06/02/2020. Se deja constancia que el 12/03/2020 y el 10/04/2020 se fijaron como fecha de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente. La Plata, de Noviembre de 2019. Dr. Mariano Alberto Aztorica, Secretario.
nov. 19 v. nov. 25
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 11, a cargo de la Dra. Paula Buffarini, Secretaría Única, Departamento Judicial La Plata, sito en Avenida 13 e/ 47 y 48 planta baja de la Ciudad y Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en autos Brunelli Valeria Soledad S/ Quiebra Pequeña, Expte. 92155, hace saber que el día 31/10/19 se ha decretado la quiebra de VALERIA SOLEDAD BRUNELLI, con DNI 34.401.509, Síndico actuante Cr. Antonio Celi, con domicilio constituido en calle 56 N 1484 e/ 24 y 25 de La Plata, y electrónico en 93700233@cce.notificaciones, teléfonos 02214535067 y 022115-5659437, e-mail antonioceli@hotmail.com, ante quien deberán presentarse las insinuaciones verificatorias en calle 56 n 1484 e/ 24 y 25 de La Plata, de lunes a viernes de 15 a 19 hs., hasta el día 21 de febrero de 2020, debiendo abonar la suma de $1.687,50 equivalente al 10% del salario mínimo vital y móvil en concepto de arancel; el informe individual deberá presentarse el 9 de abril de 2020 y el informe general el día 26 de mayo de 2020. Queda prohibido al fallido percibir y/o efectuar pagos, los que se consideraran ineficaces, asimismo se ordena al fallido y a terceros para que entreguen al síndico los bienes del fallido. Intímese al fallido a entregar al síndico dentro de las 24 horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Art. 88 Inc. 3, 4 y 5 LCQ. La Plata, 12 de Noviembre de 2019. Firmado digitalmente por Guillermo M. Alabes Auxiliar Letrado.
nov. 19 v. nov. 25
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de La Plata, a cargo del Dr. Federico Martinez, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Valeria Martina Cortes, comunica por cinco días que el 17 de Octubre de 2019, se ha declarado la quiebra indirecta de RISSER ARGENTINA S.R.L., CUIT 30-71311590-4, con domicilio legal en calle 4 Nº 922, Planta Baja C de la ciudad de La Plata, habiendo sido designado síndico el Cdor. Marcelo Edgardo Mirasso, con domicilio en calle 6 Nº 1197 de la ciudad de La Plata, siendo los días de atención de lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 15 a 18 hs., a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos hasta el día 26 de Diciembre de 2019.
Observaciones de pedidos verificatorios hasta el día 11 de Febrero de 2020. Se deja constancia que el 11 de Marzo de 2020 y el 24 de Abril de 2020 se fijaron como fecha de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente. Se hace saber a los terceros y al fallido que tengan bienes de este último, que deberán entregarlos al síndico. Se prohíbe realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. La Plata, de Noviembre de 2019. Dra.
Valeria Martina Cortes. Secretario.
nov. 19 v. nov. 25
POR 5 DÍAS - La Señora Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Mariel E. Alegre, por medio del presente, notifica a RAUL CARABALLO, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 0700-13754-14, seguidas al nombrado en orden al delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal del auto que a continuación se transcribe: "Banfield, 18 de Septiembre de 2018. -Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nº 0700-13754-14 seguida a Caraballo Raul en orden al delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal, a tenor de lo normado por el artículo 341 del Código de Procedimientos en materia Penal y practicado en su oportunidad el sorteo de ley, resultó que en la votación debía de observarse el siguiente orden: Doctores Plo - Bueno - Alegre.- Y Considerando: La presentación efectuada por el Sr. Defensor Oficial a f. 186 y analizadas las probanzas colectadas, pudiéndonos hallar ante alguna de las causales previstas en la normativa del artículo 341 en función del art. 323 inc. 5to. del Código Procesal Penal corresponde al Tribunal expedirse al respecto.Sentado ello, ha de plantearse la siguiente cuestión: Media una causa de justificación, inimputabilidad o una excusa absolutoria? A la cuestión formulada, el Sr. Juez, Dr. Plo señaló: Que vista la presentación efectuada por el Sr. Defensor Oficial a cargo de la Unidad de Defensa Penal N10 Deptal., Dr. Juan M.
Etchepare, en la que solicitó, en virtud del informe pericial glosado a fs. 185, se suspenda el trámite de la causa a su respecto. Que una vez corrida la vista a la contraparte, se vislumbra la presentación efectuada por el Sr. Magistrado a cargo de la Fiscalía de Juicio Nº 2 departamental, Dr. Guillermo Morlacchi, a f. 188, donde el mismo solicita previo expedirse una nueva pericia psiquiátrica ampliatoria de la que hasta el momento fuera practicada. Asi es que, una vez colectados los estudios médicos correspondientes, surge del informe pericial médico-psiquiátrico de fs. 222/vta., que "el Sr.
Raul Caraballo es una persona que en el momento del exámen médico psiquiátrico presenta una alteración morbosa de sus facultades mentales bajo la forma de un trastorno psicoorgánico moderado, entidad que comporta alienación mental y que le impide comprender la criminalidad de sus actos y de dirigir sus acciones y ser sometido a juicio el cuadro del Sr.
Caraballo evoluciona hacia la cronicidad y el deterioro cognitivo, cuadro que se caracteriza por un debilitamiento global, crónico e irreversible de las funciones psíquicas, por lo que su patología psiquiátrica presenta un carácter crónico, global e irreversible Con respecto a la peligrosidad, si bien el imputado no presenta índices de peligrosidad psiquiátrica inminente, tomando en cuenta la vulnerabilidad psíquica que conlleva su patología de base, es necesario que el imputado realice tratamiento médico clínico, neurológico y psiquiátrico, bajo la supervisión de un tercero responsable - Por su parte, una vez tomada intervención por parte del Dr. Andrés Santos Procopio, Representante de la Vindícta Pública, primeramente solicitó a fs. 226 la confección de un nuevo informe psiquiátrico con un galeno distinto del Dr. Sokol. Tal informe fue confeccionado en sede de la Asesoría Pericial Departamental por el Perito médico psiquiátra -Dr. Walter José Tarragona-, el cual concluye a fs. 234/235., que el justiciable de autos "1 presenta un cuadro clínico compatible con Trastorno psicorgánico moderado a severo, entidad que comporta alienación mental. 2 Presenta una personalidad donde prima el deterioro orgánico, con dificultades en la organización de los procesos lógicos del pensamiento. 3 Debe efectuar tratamiento médico, neurológico y psiquiátrico, bajo la supervisión de terceros responsables. 4 El deterioro mencionado le
SECCIÓN JUDICIAL > página 10

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/11/2019 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data22/11/2019

Conteggio pagine50

Numero di edizioni3380

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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