Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/01/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, JUEVES 4 DE ENERO DE 2018

transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 21 de diciembre de 2017. Atento lo informado a fojas 88/91, notifíquese a Rodrigo Adrian Rodríguez de la resolución de fojas 84/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías. Julieta Barbeito Fullone, Auxiliar Letrada.
C.C. 215.395 / dic. 29 v. ene. 5


POR 5 DÍAS - Sebastián Luis Foglia, Agente Fiscal titular de la Unidad Funcional Instrucción y Juicio Nro. 9 Departamental, en la I.P.P. 02-00-02-00021176-15/00, caratulada: Rozas Dennis Diego s/ Denuncia; cita y emplaza a GUSTAVO DANIEL AMADO, DNI: 12.460.335, nacido el 5/11/1956, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca munido de documentos que acrediten su identidad, a la Unidad Funcional Instrucción y Juicio Nro. 9 sita en calle Estomba 127 3er. piso de Bahía Blanca, a efectos de recepcionarle declaración testimonial el día 08 de Febreo de 2018 a las 10.00 horas. Bahía Blanca, 21 de diciembre de 2017. Sebastián Luis Foglia, Agente Fiscal.
C.C. 215.398 / dic. 29 v. ene. 5
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra. María Emma Prada, Jueza, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1 piso de San Isidro, CP: B1642BXM, Te/Fax: 011 4575-4494/4492, correo electrónico juzcorr2-sibuenosaires.gov.ar, en causa N 4920-17 Sorteo n SI-2318-2017 e I.P.P. N 14-02-14048-12, caratulada Franco Víctor Emilio s/ Usurpación de propiedad, instruida por el delito de usurpación de propiedad, en los términos del arto 129 del C.P.P. cita a FRANCO VÍCTOR EMILIO, de estado civil soltero, de ocupación mecánico, nacido el 03/06/86, en la localidad de Entre Ríos, de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en la calle Born 2768 de la localidad de Villa Rosa, hijo de María Cristina Costurie y de Ramón Lucio Franco, a los fines de que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica: San Isidro, 13 de diciembre de 2017. Toda vez que el Sr. Franco no reside en el domicilio fijado en autos, conforme se desprende del informe actuarial de fs. 157 y del acta de fs. 161, previo a resolver lo peticionado por el Sr. Fiscal de Juicio en la foja que antecede, intímese al antes nombrado a que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo arts. 303 y 304 del C.P.P. Asimismo, córrase vista a la Defensa Oficial, a fin de que se expida respecto de lo solicitado por el Sr. Fiscal y que en el caso de ser posible aporte algún dato respecto del paradero actual de imputado, tomando conocimiento a su vez de la intimación cursada. Ofíciase edictos con publicación en el Boletín Oficial. -art. 129 del CPP-. Fdo: María Emma Prada. Jueza. Fdo. María Sandra Foschi. Secretaria.
C.C. 215.378 / dic. 29 v. ene. 5
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a los Srers. NÉSTOR EDUARDO SAPERE y MAXIMILIANO DELFINO con último domicilio desconocido en causa nro. INC-14883-1seguida a Calabrese Roberto Ezequiel por el delito de Robo Agravado la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 21 de diciembre de 2017. Autos y Vistos:
l. Habiéndose efectivizado la detención del causante Calabrese Roberto Ezequiel, de las demás circunstancias personales de conocimiento en autos, déjese sin efecto la captura oportunamente decretada a su respecto, comunicándose tal circunstancia a los organismos a los que se transmitiera tal requerimiento para que se inserte tal medida en el orden del día. II.- Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día martes 26 de diciembre de 2017 a las 10.00 hs. hs. Ofíciese a la Unidad Penal que alojará al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados. Solicitando asimismo que el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado que no hubieran tenido intervención judicial y el legajo personal del interno. IIl.- En virtud de no obrar en autos ni en el registro informático del SIMP los datos personales y domicilio de las víctimas de autos, Sres. Néstor Eduardo Sapere y Maximiliano Delfino, notifíquese a los mismos a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de hacerles saber de la audiencia designada y también que tienen derecho a ser informados y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente,; ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.
Requiéraseles también que manifiesten si desean ser informados acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fijen domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
C.C. 215.381/ dic. 29 v. ene. 5
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a DORA YANINA OLIVERA en el marco de la causa nro. 15124 seguida a Arias Néstor Fabián, la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 21 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. CPP art. 497 y Res. 555/05 S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: 1.- Anótese a Arias Néstor Fabián como detenido a disposición de este Juzgado de Ejecución Penal N 1 y en carácter de penado. En atención a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en fecha 3 de mayo de 2005, en la causa Recurso de hecho deducido por el Centro de Estudios Legales y Sociales en la causa Verbitsky, Horacio s/Hábeas Corpus, y por la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en fecha 11 de mayo de 2005 en la causa P. 83.909, Verbitsky, Horacio - representante del Centro de Estudios Legales y Sociales - Hábeas Corpus. Rec. de Casación. Rec. Extraordinario de nulidad e inaplicabilidad de ley, solicítese a las autoridades del establecimiento donde encuentra alojado el condenado se informe en el plazo de cinco días: las condiciones concretas en que cumple su detención características de la celda, cantidad de camas, condiciones de higiene, acceso a servicios sanitarios, etc. como asimismo informe respecto a su estado de salud, debiendo en lo futuro comunicarse inmediatamente toda modificación relevante de la situación oportunamente informada. 2.- Informe el señor Actuario el cómputo de pena practicado, el que se encuentra firme, y ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante, a fin que se tome debida nota del cómputo de pena aprobado en este proceso en el Legajo Personal del condenado. 3.Atento lo resuelto por la Sala II de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Deptal. en c.20.527 Vázquez Walter M. s/Hurto, en cuanto que al Juzgado de Ejecución le compete el control de legalidad del cumplimiento de la condena impuesta a un penado en un caso concreto, tanto en su aspecto cuantitativos como cualitativos, mas no en la ejecución de las costas que se hubieran impuesto a la misma Arg. conf. 25 del CPP y 3 Ley 12.256, hágase saber al Sr. Juez sentenciante que este Juzgado de Ejecución Penal no ejecutará las costas impuestas, quedando las mismas a cargo del organismo que dictó sentencia. 4.- Solicítese cuádruple juego de fichas dactiloscópicas. 5.- Habiéndose dispuesto en el fallo recaído VI Procédase al decomiso, una vez firme el presente, a través de la unidad Fiscal interviniente líbrese oficio al Ministerio Público Fiscal a fines de procederse al mismo.
6. Comuníquese al Patronato de Liberados la fecha a partir de la cual el condenado deberá comenzar la tarea de pre egreso prevista en el art. 166 de la Ley 12.256. 7. Intímese al condenado a abonar la multa impuesta en autos de pesos setecientos $ 700 en el plazo de diez días de notificado, bajo apercibimiento de hacerse efectiva la misma a través de su conversión en detención. Art. 21 C.P. 8. Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP N 1994/16, carpeta del Juzgado de Garantías N 1 de Necochea, y causa N 5604; 5680; 5681; 5123-0439/3; 5200-0203/3; 5289-0486/3 del Tribunal en lo Criminal N 1 de Necochea, causa 14500 de este Juzgado. 9.- Comuníquese a la Unidad Penal que aloja al causante para que tome debida nota en el correspondiente legajo que la Defensa del mismo es ejercida por la Defensoría Oficial de Necochea, área de ejecución. 10. Ofíciese al ANSES
Mar del Plata, a efectos de comunicarle a dicho organismo la sentencia dictada en autos así como el cómputo de pena practicado, todo ello a los fines que entienda pertinentes. 11.- Informe el Actuario los antecedentes del causante. 12.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima, Dora Yanina Olivera, a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.
Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteo s que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Oportunamente vuelvan los autos a despacho. Señor Juez: Informo a V.S. que a fs. 1/18, se encuentra
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 214

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/01/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data04/01/2018

Conteggio pagine26

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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