Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2017 - Sección Judicial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
comprador haya podido razonablemente tomar posesión del bien, deberán comparecer en el presente proceso acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia, previa comprobación de sus importes por parte del Síndico. Con respecto a los posteriores a la toma de posesión deberán ser efectivizadas por el adquirente y/o comprador. Todo en dinero efectivo y en el acto del remate, saldo de precio 5 día de notificación en auto aprobatorio bajo apercibimiento de Ley; monto que podrá cancelarse en pesos $ al tipo de cambio vendedor BNA al cierre del día anterior a su pago. Comprador constituirá domicilio en el radio del Juzgado. El Martillero deberá adjudicar el bien a quien resulte real oferente, por los que se excluye la figura del comitente, la compra en comisión y la cesión del boleto de compra o sea, no se considerarán cesión de los derechos del comprador de la subasta. El comprador tendrá que ratificar por escrito dentro del plazo de los 5 días Art. 580, 581, 582 y 585 CPCC. Visitas los días 19 y 20 de septiembre de 10 a 12 hs. En el mismo inmueble. Venta en autos: Ruiz Raúl Nicasio s/ Quiebra Pequeña s/ Realización de bienes Expte. 90.317. Mercedes, 24 de agosto de 2017. Alcides Rodolfo Rioja, Secretario.
C.C. 10.231 / sep. 1 v. sep. 2

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 9
Descentralizada, Polo Judicial de Avellaneda, del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Luis Silvio Carzoglio, notifica y emplaza por el término de cinco días a PALACIOS ISAAC DAVID en la I.P.P. N 0702-012476-16 de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 3 Departamental Descentralizada Polo Judicial Avellaneda la resolución que a continuación se transcribe: Avellaneda, 07 de agosto de 2017. En atención a lo solicitado por la Defensa Técnica en la foja que antecede, y en razón de ignorarse el domicilio actual del encausado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal, publique edictos por el término de cinco días, a fin que Palacios Isaac David comparezca, dentro de los siguientes 5 cinco días de notificada la presente, por ante este Juzgado de Garantías N 9, Descentralizada Departamental Polo Judicial Avellaneda, a los efectos de ponerse a derecho en la I.P.P. N 07-02-012476-16, bajo apercibimiento de declarárselo Rebelde. Fdo. Luis Silvio Carzoglio. Secretaría, 07 de agosto de 2017. Ricardo B. Puerta, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.905 / ago. 28 v. sep. 1


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, a cargo del Dr. Martín Ordoqui Trigo, Secretaría Única a cargo del Dr.
Néstor Eduardo Gallina, del Departamento Judicial Necochea, comunica que con fecha 7 de abril de 2017 se ha decretado la quiebra de CARLA
SOLEDAD CASTAÑO, DNI 32.885.584, con domicilio real en calle 34 N
4415 de la ciudad de Necochea, Provincia de Buenos Aires, disponiéndose la prohibición de hacer pagos a la fallida Art. 88 Inc. 5 L.C.Q.. Se intima a los deudores y a terceros que posean bienes del fallido, para que los pongan a disposición del síndico. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación al Síndico hasta el día 13 de septiembre de 2017
Arts. 200, 201 y 202 L.C.Q.. La sindicatura deberá presentar el Informe Individual Art. 35 Ley 24.522 el día 8 de noviembre de 2017, venciendo el plazo para la presentación del Informe General Art. 39 Ley 24.522 el día 07 de febrero de 2017. Síndico designado: Cr. Mauro Javier Gandoy, con domicilio legal en Avda. 58 N 2583 de Necochea. Horario de atención los días martes y jueves de 09:00 a 12:00. El presente se libra en autos Castaño Carla Soledad s/Quiebra Pequeña Expte. 50.193. Necochea, 15 de agosto de 2017. Néstor Eduardo Gallina, Secretario.
C.C. 9.894 / ago. 28 v. sep. 1
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Inst. en lo Civil y Comercial N
10 del Dpto. Judicial de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, a cargo de la Dra. Mariana Lucía Tonto de Bessone, sito en la calle Almirante Brown N 1771, hace saber que en los autos caratulados GAYONE CÉSAR MARCELO s/Quiebra Pequeña Expte. N 29.739, se han dejado sin efecto las fechas oportunamente designadas en autos, disponiéndose fijar el día 30 de agosto de 2017, en que el Sr. Síndico deberá presentar el Informe General Art. 88 in fine L.C.. Mar del Plata, 8 de agosto de 2017. Dr. Raúl Bordet, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.896 / ago. 28 v. sep. 1
POR 5 DÍAS El Juzg. Civil y Comercial N 2, Secretaría Única, sito en 9 julio 54, en autos Alfageme Néstor Fabián s/Concurso Preventivo Pequeño, Expte. TI-3025-2015, hace saber que el 1/8/2017 se ha decretado la quiebra de NÉSTOR FABIÁN ALFAGEME, CUIT 2417441136-7, con domicilio en Chassaing Sur 260 de General Villegas Constituido: Uruguay N 238 Trenque Lauquen. Los acreedores posteriores a la fecha de presentación en concurso preventivo 18/09/2015

LA PLATA, VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2017
pero anteriores al día de declaración de quiebra podrán requerir verificación de acuerdo a lo normado por el Art. 202 de la Ley 24.522. La persona fallida y los terceros deberán entregar al síndico los bienes de aquélla. La persona fallida deberá entregar al síndico sus libros de comercio y demás documentación contable dentro de las 24 hs. Serán ineficaces los pagos que se hagan a la persona fallida. Síndico: Oddo Lucas Bernardo, con domicilio en 25 de Mayo 905. Trenque Lauquen, 11 de agosto de 2017.
María A. Planiscig, Abogada Secretaria.
C.C. 9.898 / ago. 28 v. sep. 1


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en Civil y Comercial N
5, Secretaría Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber que en los autos: Aristizabal Álvaro Ignacio Abel s/Quiebra Expte. N
112.030, el 31 de julio de 2017 se ha decretado la quiebra de ÁLVARO
IGNACIO ABEL ARISTIZABAL, CUIT 20-25994872-0, intimándose al deudor y a quienes detentan bienes de aquél los entreguen a la Síndico Lidia Ángela Sosa, con domicilio en calle Alsina N 184, piso 2 oficina 3 de esta ciudad. Prohíbase hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.
Los acreedores podrán presentar a la Síndico los pedidos de verificación de sus créditos hasta el día 11 de octubre de 2017. Bahía Blanca, 17 de agosto de 2017. Juan Carlos Tufari, Secretario.
C.C. 9.901 / ago. 28 v. sep. 1
POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1 Inst. Civ. y Com. N 1 del Dpto. Jud.
Necochea, hace saber que el día 31/05/2016 se decretó la quiebra de ALEJO FERNÁNDEZ S.A., C.U.I.T. 30-71141241-3, inscripta con fecha 14/05/2010, por ante la D.P.P.J.B.A. en el F N 52272, Leg. 174.001, Mat. 98340, con domicilio social en calle 70 N 2670 de Necochea. Síndico designado: Cdor. Daniel E. Masaedo, con domicilio en calle 60 N 2920 1
A. Días y horarios de atención: Lu. a Jue. de 14 a 16. Fecha límite para presentación de pedidos de verificación: 26/09/2017 en dicho domicilio. Se fijan los días 09/09/2017 y 27/12/2017, para la presentación por el Síndico de los Informes Individual y General, respectivamente. Se intima a la fallida y a todos aquellos que tengan en su poder bienes y documentación perteneciente a la misma, se los entreguen al Síndico Art. 88 Inc. 3 LCQ.
Se pone en conocimiento acerca de la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces Art. 88 Inc. 5 LCQ.
Asimismo, se pone en conocimiento que el arancel verificatorio se ha fijado en $ 886 y que no deberá abonarse si el crédito es de causa laboral o cuando su monto sea equivalente o menor de 3 salarios mínimos vitales y móviles. Necochea, 12 de julio de 2017. Marta B. Bernard, Secretaria.
C.C. 9.895 / ago. 28 v. sep. 1
POR 5 DÍAS - La Señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional N
3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a VILLALBA TAVERNIA MAGALÍ PAMELA, en la causa N 0700-3987-09 N interno 3673 seguida al nombrado en orden al delito de Robo, cuya resolución infra se transcribe: Banfield, 16 de agosto de 2017.
Y Vistos: Esta causa N 07-00-3987-09 N interno 3673 del registro de este Juzgado y N 3239/2009 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excma. Cámara de Apelación de Garantías Departamental, caratulada Villalba Tavernia, Magalí Pamela s/ Robo Tentado Y Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de robo tentado presuntamente ocurrido el día 1 de julio de 2009 en Esteban Echeverría, hecho del que fuera víctima la Sra. Virginia Laura Guerra, la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 26 de agosto de 2009, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. Que a fs. 92 de la presente causa se decretó la rebeldía de la imputada Magalí Pamela Villalba Tavernia. Que a fs. 106 el Sr. Fiscal de Juicio interviniente, Dr. Jorge Michelini, que se declare la extinción de la acción penal por prescripción. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la Ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo.
Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa N 5.429 caratulada O.L.A. s/ Recurso de Casación, mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo transcurso del tiempo cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., Fallos 305:1236;
311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent.
del 3-X-2001; P. 83.147, sent. del 14-IV-2004, entre muchas otras.. Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. Así las cosas, destaco que la
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 6995

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2017 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data01/09/2017

Conteggio pagine11

Numero di edizioni3396

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930