Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/10/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8238

LA PLATA, MARTES 7 DE OCTUBRE DE 2014

POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Judicial de Mercedes, en causa Nº 1371/14-4959, caratulada: Obregón Rolando Ariel s/
Daño Agravado por ser ejecutado en cosas de valor científico, cultural o bienes de uso público y Resistencia a la Autoridad en concurso real entre sí en Moreno B I.P.P.
Nº 09-01-003551-12, U.F.I. Nº 7 Flagrancia de Moreno, notifica al nombrado RONALDO ARIEL OBREGÓN, de la siguiente resolución: Mercedes, 08 de agosto de 2014.
Autos y Vistos: Los de la presente causa, regístrese en los libros de movimiento de Secretaría y hágase saber a las partes la intervención de este Juzgado, por el plazo individual de tres días, para cada una de ellas, a fin de que dentro del mismo interpongan las recusaciones que estimen pertinentes. Sin perjuicio de ello y previo a disponer lo que corresponde, pudiendo ser el caso de lo normado en el Art. 59, 62 Inc. 2º y Art. 67 Inc. a, del C.P., del mismo cuerpo legal, en virtud del tiempo transcurrido, requiéranse los correspondientes informes de antecedentes penales nominativos del encartado Rolando Ariel Obregón, a sus efectos Fdo.: Dra. María Laura Pardini - Juez-. y Mercedes, 19 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Por recibido, agréguese, téngase presente y en virtud de lo informado a fs. 26, notifíquese al imputado Ronaldo Ariel Obregón, por edicto de lo dispuesto a fs. 13, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado, en el término de 10
días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, será declarado rebelde Art. 129 del C.P.P..Hágase saber.
Fdo.: Dra. María Laura Pardini, Juez. Mercedes, 19 de septiembre de 2014.
C.C. 10.262 / oct. 2 v. oct. 8


POR 5 DÍAS. - La Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de Mercedes b sito calle 27-576 piso 5º, tel. 02324-439134, Dra. María Teresa Bomaggio, cita y emplaza a MARTÍNEZ, CARLOS
ESTEBAN, sin apodos, DNI 24.626.769, de años de edad, argentina, casado, nacido el día 9 de junio de 1975 en la Localidad de Avellaneda, hijo de Julio César Martínez y de Olga Lidia Pérez, para que dentro del término de cinco días comparezcan a estar a derecho respecto de la causa Nº 1056/14-2062 que se le sigue por el delito de Robo simple en grado de tentativa conforme surge de la resolución que a continuación se transcribe: Mercedes, de septiembre de 2014. Atento lo informado por la Comisaría de Moreno, a fs. 45/47 y 52, cítese por cinco días al encausado Martínez, Carlos Esteban para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 129 del C.P.P.. Notifíquese.
Fdo.: María Teresa Bomaggio, Juez en lo Correccional.
Ante mí: Martín Patricio Chiappussi. Auxiliar Letrado.
C.C. 10.263 / oct. 2 v. oct. 8
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 756/2012, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0006098 caratulada: Galarza, Cristian Francisco s/
Amenazas, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/ Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado CRISTIAN FRANCISCO GALARZA, -titular del DNI Nº 32.764.250-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 15 de agosto de 2014. Y Visto: y Considerando: Resuelvo: I. Declarar la rebeldía de Cristian Francisco Galarza, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304
del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Galarza sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. III.- Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, poredictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV.- Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf.
Art. 305, tercer párrafo, CPP.- Fdo. Julia Andrea Rutigliano-Juez. Ante mí: Marisa Vázquez -Secretaria.
Quilmes, 19 de septiembre de 2014.
C.C. 10.272 / oct. 2 v. oct. 8
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo
BOLETÍN OFICIAL

Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 331/2013, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0006393 caratulada: Rodríguez, Jonathan David s/
Amenazas en concurso real con lesiones leves, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado JONATHAN DAVID
RODRÍGUEZ, -titular del DNI Nº 37.369.046-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 2 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: l. Declarar la rebeldía de Jonathan David Rodríguez cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal y, en consecuencia librar oficio a la sección Capturas del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, a fin de requerir se proceda a insertar orden de comparendo compulsivo referente del nombrado. II.- Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Rodríguez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP Pdo. Julia Andrea Rutigliano -Juez.. Ante mí: Marisa Vázquez -Secretaria. Quilmes, 18 de septiembre de 2014.
C.C. 10.273 / oct. 2 v. oct. 8


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 2548/2010, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0005588 caratulada: Magallanes, Carlos Ariel s/
Encubrimiento Agravado, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado CARLOS ARIEL MAGALLANES, -titular del DNI Nº 35.718.925-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 8 de septiembre de 2014.-Y Visto: . y Considerando: Resuelvo: I.Revocar la suspensión de juicio a prueba que le fuera otorgada a Carlos Ariel Magallanes de las restantes condiciones personales obrantes en autos, en la presente causa Nº 2548/2010 de este Juzgado en lo Correccional Nº 3 Departamental a mi cargo, registrada en Secretaría bajo el Nº J-0005588 Art. 76 ter, primero y cuarto párrafo a contrario sensu del Código Penal. II.- Declarar la rebeldía de Carlos Ariel Magallanes, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia la inmediata captura y detención del imputado Carlos Ariel Magallanes -titular del D.N.I. Nº 35.718.925, nacido en La Plata el día 26 de febrero de 1991, hijo de Carlos Fabián Magallanes y Amalia Beatriz Herdeli, de estado civil soltero. III.Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Magallanes o sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. IV.- Provéase lo que corresponda en el incidente de excarcelación acollarado a los presentes obrados. cf. Art. 306 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. V.- Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP.-.. Fdo. Julia Andrea Rutigliano -Juez. Ante mí: Marisa Vázquez -Secretaria.
Quilmes, 8 de septiembre de 2014.
C.C. 10.274 / oct. 2 v. oct. 8
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 690/2013, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0006431 caratulada: Espinosa, William Abraham s/ Hurto en grado de tentativa, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/ Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado WILLIAM ABRAHAM ESPINOSA, titular del DNI Nº 9.253.943-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 15 de septiembre de 2014- Resuelvo: I.- Declarar la rebeldía de William Abraham Espinosa, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304
del Código de Procedimiento Penal, disponiendo, en con-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

secuencia, el comparendo compulsivo del nombrado, una vez que sea habido, a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado espinosa sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. III.- Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5
días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Julia Andrea Rutigliano, Juez. Ante mí: Estela Betsabé MilcoSecretaria. Quilmes, 15 de septiembre de 2014.
C.C. 10.275 / oct. 2 v. oct. 8


POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº 03-023818-11 seguida contra Enrique Omar Godoy por Violación de Domicilio; que tramita por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco dias, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en la localidad de Las Toninas el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 06 de agosto de 2014.- Autos y Vistos Y
Considerando Por ello, Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a ENRIQUE OMAR GODOY, argentino, de estado civil soltero, D.N.I. Nº 31.348.275, domiciliado en calle 34
Nº 911 y calle 19 de la localidad de Las Toninas; en orden al delito de Violación de Domicilio Art. 151 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59
Inc. 3º y 62 del Código Penal y Art. 323 Inc. 1º del Código Procesal Penal. II.- Remitir la I.P.P. al Archivo Dptal., en carácter de Archiva, a los efectos de proceder a la destrucción a los cinco años contados a partir del presente resolutivo, debiendo en consecuencia destruirse en fecha 06/08/2019 Arg. Arts. 75, 85 y 115 la Ac. 3.397/08
S.C.J.B.A Fdo: Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías: Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 18 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Por contestada la vista conferida al Sr. Defensor Oficial intervieniente Dr. Leonardo Enrique Paladino, conforme lo manifestado por el nombrado y atento la imposibilidad de notificar al Sr. Enrique Omar Godoy, según surge de lo informado a fs. 27, por no ser habido en el domicilio fijado, procédase a la notificación por Edicto Judicial lo dispuesto en la Resolución Nº 159 - 2014, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón Eduardo Giles Juez de Garantías. Dolores, 18 de septiembre de 2014.
C.C. 10.276 / oct. 2 v. oct. 8
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 7471 Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-1554-07, seguida a Gómez Alfredo Damasco s/ Uso de documento público falso, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido GÓMEZ ALFREDO DAMASCO
cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Plata, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 21 de abril de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: Sobreseer totalmente al imputado Alfredo Damasco Gómez, argentino, DNI Nº 12.530.680, instruido, casado, comerciante, en orden al delito de Uso de documento falso, en atención a lo dispuesto en el Art. 59 Inc.
3º, 62 Inc. 2º del C.P. y 323 Inc. 1º del C.P.P. Regístrese
Fdo. Gastón Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 18 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Por recibido el oficio proveniente de la Comisaría de La Plata atento lo informado en relación al imputado Gómez Alfredo Damasco, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal;
todo ello, a fin de que Gómez Alfredo Damasco, sea debidamente notificado del auto que dispuso sobreseimiento.
Cúmplase. Fdo. Gastón GiIes, Juez. Dolores, 18 de septiembre de 2014.
C.C. 10.277 / oct. 2 v. oct. 8
POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial Morón, Dr.
Rodolfo Castañares, cita y emplaza a PEDRO CLEMENTE
GIANINI por el término de tres días computable a partir de la última publicación comparezca a estar a derecho con respecto a la causa Nº 3400 seguida al nombrado por el

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/10/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/10/2014

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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