Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

al Síndico los bienes y documentación relacionada con la contabilidad de la fallida en el plazo de 24 hs. Se prohíbe los pagos a la fallida, los que serán considerados ineficaces Síndico designado CPN Germán Andrés Oliva, con domicilio en calle Almirante Brown 533 de San Isidro.
Presentación de verificaciones hasta 04/09/13 en dicho domicilio. Fijar los días 09/10/13 y 18/11/13, para la presentación por el Síndico de los informes individual y general respectivamente. San Isidro, 1º de agosto de 2013.
Alejandro E. Babusci, Secretario.
C.C. 7.997 / ago. 20 v. ago. 26


POR 5 DÍAS - El Señor Juez integrante del Tribunal Oralen lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Roberto A. W. Lugones, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ADRIÁN TORRES, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N 004363-13, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Agravado por Poblado y Banda. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Banfield, 11 de julio de 2013. En atención a lo que surge de los informes de fojas 69 y 83 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Adrián Torres, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo: Roberto A. W. Lugones, Juez. Ante mí: María José Cacioli Auxiliar Letrada". Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal.
Secretaría, 11 de julio de 2013. María J. Cacioli, Auxiliar Letrada.
C.C. 7.784 / ago. 20 v. ago. 26
POR 5 DÍAS El Señor Presidente del Tribunal -oralen lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Jorge Eduardo Roldán, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a CARLOS
ALBERTO DAVID BALCONTE, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N 001206-10, seguidas al nombrado en orden al delito de Amenazas Agravadas y Tcia. Ilegal de Arma de Uso Civil. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
"Banfield, 31 de julio de 2013. En atención a lo que surge de los informes de fojas y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Carlos Alberto David Balconte, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días
Fdo: Jorge Roldán, Juez. Ante mí: Romina Cece". Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 31 de julio de 2013. Romina Cece, Secretaria.
C.C. 7.785 / ago. 20 v. ago. 26
POR 5 DÍAS - La Señora Juez Titular del Juzgado de Garantías Nro. 10 del Departamento Judicial Lomas de Zamora -con Sede en AvellanedaDra. Estela del Carmen Mollo: cita y emplaza a OSCAR DANIEL ZÁRATE, a fin que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la I.P.P. Nro. 07-02-012834-12, seguida al nombrado en orden al delito de "Robo Agravado por el empleo de arma de utilería". Por resolución que a continuación se transcribe: "Avellaneda, 12 de Julio del año 2013. Visto y Considerando: Resuelvo: I Citar al incusado Oscar Daniel Zárate, por intermedio de Edictos, los que se publicarán por el término de Ley en el Boletín Oficial, a fin que en el plazo de 5 cinco días se presente por ante los Estrados de este Juzgado a estar a derecho. bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia injustificada declarar su Rebeldía art. 129 del Código Procesal Penal.
II Suspender los plazos procesales respecto del nombrado, hasta tanto se obtenga el resultado de la publicación de edictos ordenada "ut supra. Notifíquese. Fdo. Luis Silvio Carzoglio. Juez de Garantías. Secretaría. 31 de Julio del año 2013. Mariano A. Albanese, Auxilia Letardo.
C.C. 7.786 / ago. 20 v. ago. 26
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2
del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L.

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2013

Maffucci Moore notifica a RODOLFO ALEJANDRO MARCIAL en la causa n 07-00-024202-13 UFl yJ Nº 23
Flagrancia la resolución que a continuación se transcribe:
"Banfield, 12 de julio de 2013. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Sobreseer a Rodolfo Alejandro Marcial, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de resistencia a la autoridad arts. 45 y 239 del C.P. y 323 inc. 2 del C.P.P.. Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí: Enrique Alejandro Enriquez, Auxiliar Letrado. Javier L. Maffucci Moore, Juez.
C.C. 7.787 / ago. 20 v. ago. 26


POR 5 DÍAS El Titular del Juzgado de Garantías N
2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L. Maffucci Moore notifica a AMADEO GARIPPO en la causa n 38.551/1 Ex Juzgado en lo Criminal y Correccional n 1 la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zamora, Abril 24 de 1996. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Que es justa la sentencia apelada de Primera Instancia. Artículos 26, 29 inciso tercero, 40, 41, 54, 162 y 185 inciso tercero del Código Penal; 69 y 263 regla quinta del Código de Procedimiento Penal y fundamentos de la cuestión primera.- Por lo expuesto: Se confirma en todas sus partes la sentencia apelada de Primera Instancia y, por lo tanto: Se condena a Amadeo Garippo, italiano, nacido el día 16 de Febrero de 1954 en la ciudad de Nápoles, República de Italia, hijo de Domingo y Hermelinda Mastrolia, domiciliado en Santiago del Estero 1845 de la localidad y partido de Lanús, con prontuario provincial número 804.843 de la Sección A.P.; a la pena de Un Año y Seis Meses de Prisión en Suspenso, con Costas, por ser autor penalmente responsable del delito de Hurto Simple en Concurso Ideal con Hurto Simple de Automotor. Artículo 26, 29 inciso tercero, 40, 41, 54, 162 y 185 inciso tercero del Código Penal y 69 y 263 regla quinta del Código de Procedimiento Penal.- Regístrese. Notifíquese, Devuélvase al Juzgado de origen, mediante atenta nota de estilo. Fdo. Jorge Tristán Rodríguez, Héctor Hugo Descatelli y Gustavo Amoroso, Jueces en Cámara, ane mí: Jorge Eduardo Roldán. Javier L. Maffucci Moore, Juez.
C.C. 7.790 / ago. 20 v. ago. 26
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro cuarto piso sector C Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a ALASIA, ESTEBAN EZEQUIEL, poseedor del DNI Nro.
32.669.496, nacido el 23 de octubre de 1986, hijo de Marcelo Daniel Alasia y Cristina Mabel Deparsia, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. 07-26.578/11 Registro Interno N5350, caratulada "Alasia Esteban Ezequiel s/ Tenencia Simple de Estupefacientes". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 17 de junio de 2013.- En atención a lo que surge del informe de fs. 150 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el arto 129 del C.P.P.- A dichos efectos líbrese oficio al Sr.
Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
C.C. 7.791 / ago. 20 v. ago. 26
POR 5 DÍAS El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro cuarto piso sector C Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a BISARELLO, HERNÁN ARIEL, poseedor del DNI N
40.868.934, nacido el 23 de febrero de 1987, hijo de Matilde Padilla y Carlos Alberto Bisarello, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro.
62.592 Registro Interno N4872, caratulada "Bisarello Hernán Ariel s/ Tenencia Ilegítima de Estupefacientes Trámite Ley 13.943". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 26 de junio de 2013.- En atención a lo que surge del informe de fs. 116,
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como así también lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial a fojas 141 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el arto 129 del C.P.P.- A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
C.C. 7.792 / ago. 20 v. ago. 26


POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro cuarto piso sector C Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a SOSA, ARIEL GREGORIO, poseedor del DNI N27.780.404, nacido el 7 de enero de 1980, hijo de Rodolfo y Soto Catalina, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. EZ-218.677 Registro Interno N2831, caratulada "Sosa Ariel Gregorio s/ Amenazas en c/r con Hurto Simple". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 25 de marzo de 2013.- En atención a lo que surge del informe de fs.
200/202, como así también lo informado por el Sr.
Defensor Oficial a fojas 204 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr.
Manuel Barreiro, Juez Correccional.
C.C. 7.793 / ago. 20 v. ago. 26
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Manuel Barreiro notifica por este medio a JUAN PABLO HAS quien resulta ser poseedor del DNI N
33.024.793, nacido el 31 de marzo de 1987 en Avellaneda, hijo de Oscar Víctor Has y de Irma Vetere, que en la causa nro. 797.037 RI. N2270 caratulada "Has Juan Pablo s/Robo Simple en Grado de Tentativa" esta Sede Judicial ha resuelto lo siguiente: "Lomas de Zamora, 8 de julio de 2013. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa n 797.037 Registro Interno N2270 de trámite por ante este Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, seguida a Juan Pablo Has en orden a los delitos de "Robo Simple en Grado de Tentativa" y Considerando: I.- Que a fs. 97/98vta. la Sra.
Defensora Oficial, Dra. María Eugenia Smud, plantea excepción de prescripción de la acción penal, ello toda vez que la presente causa se radicó ante este Juzgado en fecha 12 de octubre de 2.007 -ver fs. 42/vta.-, por lo que se halla harto cumplido en autos el plazo máximo de la pena establecida en el Código Penal para el delito en tratamiento, por lo que entiende corresponde el sobreseimiento en favor del imputado. Il.- Corrido el traslado pertinente a la Sra. Agente Fiscal de Juicio, Dra. Liliana Aida Thiem, la misma expresa a fs. 100/vta. que luego de una prolija lectura del legajo se verifica que han transcurrido con exceso los plazos previstos en el artículo 62 inciso 2do. del Código Penal, no existiendo otro acto con entidad interruptiva de la prescripción de la acción penal, por lo que se impondría la aplicación de dicha normativa legal previa actualización y certificación de sus antecedentes personales. IlI.- Ello así, oídas las partes corresponde adentrarse entonces en el análisis de la cuestión planteada a los efectos de que me expida con relación a la misma, debiendo puntualizarse a dicho respecto y con carácter previo, que la Ley 25.990 B.O. 11/1/05 modificó los párrafos cuarto y quinto del artículo 67 del Código Penal, sustituyendo en el primero de ellos la expresión "secuela del juicio", entendida como causal interruptora de la prescripción de la acción penal, por un catálogo taxativo de los actos procesales con aptitud para producir dicho efecto, mientras que en el segundo impuso la solución del cómputo paralelo del plazo de prescripción aún cuando exista concurso de delitos, al establecer que la prescripción corre, se suspende o se interrumpe separa-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2013 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data23/08/2013

Conteggio pagine18

Numero di edizioni3377

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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