Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/02/2012 - Sección Judicial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1174

LA PLATA, JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2012

Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a RUBÉN LEANDRO ALARCÓN, DNI
N 34.073.493, con último domicilio en la calleFray Luis Neltran 1853 de la localidad de Rincón de Milberg, partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante éste Juzgado con el fin de estar a derecho y notificarse de la radicación de la causa N 3106 que se le sigue por los delitos de Lesiones y Amenazas. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 10 de enero de 2012. Tiénese presente el informe que antecede y tratándose del mismo domicilio al cual ya se ha intentado ubicar al encausado y no habiendo sido posible dar con su paradero, intímeselo por edictos, a que dentro del quinto día de publicados, comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129, 303 y sstes. del C.P.P.. Fdo. Juan Facundo Ocampo, Juez.
Ante mí: María A. Borella, Secretaria interina. Secretaría, 10 de enero de 2012.
C.C. 1.262 / feb. 14 v. feb. 22


POR 5 DÍAS El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a LABANDIBAR, NATALIA VANESA, poseedor del DNI Nº 31.531.033 nacido el 24 de abril de 1974, hija de Raúl Alberto y Gladys Cristina Ferreyra, para que en el término de cinco días comparezca a la sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 14.460/08
Registro Interno Nº 4193, caratulada Labandibar Natalia Vanesa s/ Hurto Simple en grado de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 27 de diciembre 2011, en atención a lo que surge del informe de fs. 153/154vta. y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art.
129 del C.P.P.-A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
lomas de Zamora, 27 de diciembre de 2011. Nora B.
Rodríguez, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.204 / feb. 14 v. feb. 22
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías Nº 2
del Departamento Judicial Lomas de Zamora Dr. Javier L.
Maffucci Moore notifica NÉLIDA DEL VALLE COSENTINO, MARÍA ESTHER GONZÁLEZ 07-00-517595-04 UFlyJ Nº 2 la resolución que a continuación se transcribe:
Banfield, 22 de diciembre de 2011. Autos y Vistos..
Considerando Resuelvo: Declarar extinguida por prescripción la acción penal instaurada en autos, y sobreseer a María Esther González y Nélida Del Valle Cosentino o Cocentino, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Hurto Simple en grado de tentativa por el cual fueran formalmente imputadas arts. 59, inciso 3º, y 62, inciso 2º, del Código Penal y arts. 321, 322, 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal. Poner Resolución Fdo.
Javier L. Maffucci Moore, Juez. Ante mí: Silvia Paradiso, Secretaria.
C.C. 1.205 / feb. 14 v. feb. 22
POR 5 DÍAS La Señora a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Cita y Emplaza a BASQUES, ORLANDO JAVIER y BASQUES, AGUEDO, para que en el término de cinco días comparezca estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354
y 12329 -fax automático, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa N 07-00-25108-10 Nº interno 4302 seguida al nombrado en orden al delito de Tcia.
Ilegal de Arma de Guerra sin la debida aut. legal y cuya resolución se transcribe: Banfield, 30 de diciembre de 2011. Y Visto Considerando Resuelvo: 1 Citar a Basques, Orlando Javier y Basques, Aguedo por interme-

BOLETÍN OFICIAL

dio de edictos, los que se publicarán por el término de 5
días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía, art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Mariana Pombo Secretaria.
Secretaría, 30 de diciembre de 2011.
C.C. 1.211 / feb. 14 v. feb. 22


POR 5 DÍAS La Señora Juez a Cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Cita y Emplaza a ARDISSONE, ALDO ALBERTO FRANCISCO, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 fax automático, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa N 07-00-71415-09 Nº interno 3813 seguida al nombrado en orden al delito de Hurto Tentado, cuya resolución se transcribe: Banfield, 30 de diciembre de 2011.
Y visto Considerando Resuelvo: 1 Citar a Ardissone, Aldo Alberto Francisco por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía, art.
303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2
Notifíquese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Secretaría, 30
de diciembre de 2011. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 1.212 / feb. 14 v. feb. 22
POR 5 DÍAS La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a SERVIN, MARÍA CELESTE, en la causa Nº 1691-C Nº interno 1691C seguida al nombrado en orden a la infracción al Art. 68
de la Ley 8.031 de trámite ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 fax automático, e-mail:
juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, la resolución cuya parte dispositiva a continuación se transcribe:
Avellaneda, 10 de agosto de 2005 Resuelvo: 1ro Declarar prescripta la acción que se deriva de la Falta investigada en este proceso Art. 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. Dr. Julio Battafarano. Juez de Paz Letrado de Avellaneda. Secretaría, 20 de diciembre de 2011.
Maximiliano L. Estévez, Auxiliar Letrado.
C.C. 1.220 / feb. 14 v. feb. 22
POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa Nº 1.596 seguida a Erik Damián Coronel por el delito de Robo Simple Agravado por la intervención de un menor de 18 años edad de en grado de tentativa, del registro de la Secretaría Única a cargo de la suscripta cítese y emplácese a ERIK
DAMIÁN CORONEL, DNI Nº 36.537.100, de 20 años de edad, nacido el 2 de octubre de 1991 en la localidad de San Antonio de Padua, Partido de Merlo, Pcia. de Buenos Aires, de estado Civil soltero, instruido, ayudante de albañil y electricista, con último domicilio en la calle Las Heras 1.570 de la localidad y partido de Ituzaingó, por el término de 5 cinco días, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Brown y Colón, 4º piso; Sector K de la Localidad y Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo.
Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 1º de febrero de 2012. Tengo presente lo informado a fs. 85 y atento a ello, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Coronel Erik Damián por el término de 5 cinco días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y de ordenar su comparendo Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A.. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 1º de febrero de 2012. Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria.
C.C. 1.260 / feb. 14 v. feb. 22


POR 5 DÍAS El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Fernando A. Bueno, por medio del presente, Notifica, por el término de cinco días, a ADRIÁN RAÚL
FERREIRA ARAUJO, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2671/1, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Tentado de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 19 de diciembre de 2011. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nº 2671/1 seguida a la justiciable Adrián Raúl Ferreira en orden a los delitos de Robo Tentado, y practicado en su oportunidad el sorteo de ley, resultó que en la votación debía de observarse el siguiente orden: Doctores Bueno Lanza Rolón. y considerando: La presentación efectuada por la entonces Defensora Oficial a cargo de la Unidad de Defensa Penal Nº 16 Departamental, mediante la cual planteó excepción de falta de acción por prescripción, de conformidad a lo normado por el artículo 328 inc. 2º del CPrP, y los artículos 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del Código de Fondo, a favor de su asistido Adrián Raúl Ferreira. Por su parte, el sr. Fiscal de Juicio, Dr. Jorge Luis Michelini, en su manifestación obrante a fs. 161 y ratificada a fs. 177
expresó su adhesión a la pretensión extintiva invocada por la excepcionante, en función de entender que no han existido actos interruptivos de la prescripción arguida. Oídas las partes, respecto a la prosecución de estos obrados, corresponderá al Tribunal expedirse a su respecto.
Sentado ello, ha de plantearse las siguientes cuestiones:
Media causal extintiva de la acción penal por prescripción? Qué pronunciamiento corresponde dictar? A las cuestiones formuladas, el Sr. Juez Dr. Bueno Señaló: A
partir de los planteos formulados por las partes, a los cuales me remito en honor a la brevedad y por lo tanto doy por reproducidos, entiendo que debo iniciar el desarrollo de mi voto efectuado algunos consideraciones para que se comprenda mi pensamiento. A 61/63 el Sr. Agente Fiscal requiere la elevación a Juicio los presentes actuados poniendo en cabeza del causante el hecho que califica como Robo Tentado, en los términos del art. 42 y 164
del C.P.A fs. 70/vta. se dispone la radicación ante esa sede y cita a juicio a las partes con fecha 25 de septiembre de 2001. A partir de este relato y habiéndose producido una reforma legislativa durante la prosecución de la causa, debo en primer término expedierme sobre la normativa aplicable. Al respecto entiendo que la nueva disposición legal introducida por Ley 25.990 que modifica el artículo 67 del Código Penal en materia de causales interruptivas deviene operativa en beneficio de los justiciables, por deviene operativo en beneficio de los justiciables, por aplicación de la Ley Penal más benigna artículo 2 del Código Sustantivo, al haberse constreñido a un principio de máxima taxatividad penal estableciéndose claramente cuales son los actos que antes estaban comprendidos dentro del vago secuela de juicio, restableciendo la norma citada la seguridad jurídica que un estado de derecho debe efectivizar al definir en forma precisa cuales actos interrumpen la prescripción de la acción penal. Por ello, a la luz de los antecedentes aportados en autos, entiendo que desde la citación a juicio ha transcurrido con holgura el plazo de prescripción de la Acción Penal sin que hubiese operado interrupción alguna, verificándose los requisitos establecidos por la ley para su procedencia, a efectos de evitar la continuación de un juicio superfluo. De lo previamente desgranado y siendo que la prescripción puede y debe ser declarada incluso de oficio al operar de pleno derecho por el solo transcurso del tiempo, he de hacer lugar a la petición defensista y a la que adhiriera el titular de la vindicta pública, votando respecto a la primera cuestión planteada por la afirmativa, por ser ello mi sincera convicción. Respecto a la segunda cuestión y conforme a la respuesta dada al primer interrogante propongo a mis colegas declarar en favor de Adrián Raúl Ferreira la extinción de la acción penal por prescripción respecto al hecho que se le imputara y que fuera calificado como Robo Tentado en el marco de la causa Nº 2671/1, de conformidad a lo normado por el art. 59 del Código Penal y consecuentemente sobreseer al nombrado al encontrarse comprendido dentro de los supuestos que establece el art. 341 del C.P.P., Asi lo voto. Sobre el mismo tópico, el Dr. Lanza señaló que se adhería al voto

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/02/2012 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data16/02/2012

Conteggio pagine10

Numero di edizioni3380

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2012>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
26272829