Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/02/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 932

LA PLATA, LUNES 6 DE FEBRERO DE 2012

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Judicial Remates


ESTELA AGUIRRE
POR 3 DÍAS El Juzg. de 1ra. Instancia en lo Civ. y Com. N 2 de Azul con asiento en Tandil hace saber que la martillera Estela Aguirre, subastará en el Centro de Martilleros de Tandil, sito en la calle L. Alem N 1055, EL
DÍA 24 DE FEBRERO DE 2012, A LAS 11 HORAS, el 100
% de : a lote de terreno ubicado en Avda. Luro al 9400, vereda par e/ calles Ecuador y Portugal de Mar del Plata, cuya nomenclatura catastral es Circ. VI, Sección A, Chacra 58, Manzana 58-d, Parcela 2, Partida 615, Matrícula 126.803 del partido de Gral. Pueyrredón 045.
Base $ 17.704,66. Adeuda impuesto inmobiliario $
1.138,60 al 28/4/2011 e impuestos municipales $ 3757,57
al 31/3/2011 y b Lotes de terrenos ubicados en Napaleofú, cuya nomenclatura catastral es: Circ. VIII, Secc. A, Fracción I, Parcelas 5, 6 y 7, Partidas 10.403, 10.404 y 10.405, Matrículas N 6975, 6976 y 6977, respectivamente del partido de Balcarce 008. Base $ 4.866, $ 2.025,33 y $ 19.361,33, respectivamente. Adeudan impuesto inmobiliarios $ 265,90, $ 263,90 y $ 474, al 28/04/2011, respectivamente e impuestos municipal $
400 al 18/03/2011 el lote 5 únicamente. Los lotes se encuentran desocupados, Seña 10 %, Comisión 3 %
cada parte, sellado 0,5 %, en efectivo en el mismo. El saldo del precio, dentro de los cinco días de aprobada la subasta. Se autoriza a revisar a los posibles interesados el bien a rematarse en forma libre por tratarse de bienes baldíos desocupados. En caso de insuficiencia de fondos no serán a cargo del comprador la cancelación de las deudas que registre el bien por impuestos, tasas y contribuciones devengadas con anterioridad a la toma de posesión del bien, la que deberá concretarse dentro de los treinta días de aprobada la subasta. Se deja constancia que se admitirá la postura de ofertas en sobre cerrado, las que deberán presentarse al martillero con antelación y leerse al público presente al comienzo del acto, siendo requisito de su validez la presencia del postor en el momento de la subasta. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Venta decretada en el Expte. N 28.826. Tandil, 29 de diciembre de 2011.
Sandra G. Pérez Rolié, Secretaria.
L.P. 15.321 / feb. 6 v. feb. 8

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de 1ra. lnst. Civil y Como Nº 14, Secret. Única, del Depto. Jud. De San Isidro, comunica en autos: PANADERÍA PARÍS y otro s/ Quiebra Exp.
Nº 61763, que el 17 de noviembre de 2011 se dispuso el llamado público a mejorar la oferta realizada a fs. 1623 en los autos de referencia, de acuerdo a lo prescripto por los arts. 203, 205, 208,217, 261, 278 y concs. de la Ley 24.522, por el 50% del Inmueble propiedad de la fallida sito en la calle Buenos Aires entre Santiago del Estero y Salta, de la localidad de Gral. Pacheco, Partido de Tigre, Pcia. de Bs. As. Nom. Cat. Circ. II Sección A - Manzana 44
- Parcela 12d - Matrícula 7699. La adjudicación definitiva del 50% del bien se decidirá a favor de aquél que realice la oferta más ventajosa en beneficio de la masa acreedora, la que a su vez podrá ser mejorada en el acto de apertura de las ofertas recibidas, únicamente por aquéllos que hayan presentado en autos su propuesta de compra.
Presentación: deberá efectuarse directamente en Mesa de Entradas del Juzgado hasta el 20 de febrero de 2012,
pudiendo hacerse también dentro de las cuatro primeras horas del día hábil posterior Art. 124 del Código Procesal y 278 de la Ley 24.522. Apertura de sobres: se practicará por el suscripto, en su público despacho, el día 22 de febrero de 2012 a las 10 hs., en audiencia pública, en presencia del Síndico, del Martillero, los oferentes que deseen concurrir y quienes tengan interés en hacerlo. Previa constatación de los recaudos exigidos, se labrará el acta respectiva. Todos los oferentes podrán en dicha audiencia superar la mejor oferta mediante puja que dirigirá el Juzgado, estableciéndose que sólo serán admisibles mejoras que al menos superen el 5% de la mejor oferta expresada. Precio: la oferta base a mejorar es de $
28.000 pesos veintiocho mil. Quien efectúe la mejor oferta deberá abonar en el acto el 30% de la suma total.
El 70% restante se abonará al momento de la firma del boleto de compraventa, que será redactado por la Sindicatura. Las presentaciones tendientes a mejorar la oferta deberán efectuarse por duplicado y contendrán el nombre completo del oferente quien podrá actuar por derecho propio o por apoderado con facultades suficientes para representarlo en juicio, constituir domicilio y adjuntar la constancia del depósito en garantía de la oferta que realiza como condición ineludible para que la misma sea tenida en cuenta, y cuyo monto no podrá ser inferior al 10% del precio total ofrecido. El aludido depósito deberá efectuarse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Tribunales de San Isidro y como perteneciente a estas actuaciones. En salvaguarda de los principios de seguridad jurídica y de celeridad procesal se prohíbe la compra en comisión del bien como la ulterior cesión del boleto de compraventa art. 274 de la Ley 24.522. La firma del boleto de compraventa se efectuará dentro de las 48 hs. de celebrada la audiencia en que se conocerá la mejor oferta de compra. Dentro de los tres días subsiguientes, la Sindicatura deberá presentar en autos el boleto de compraventa debidamente sellado y el adjudicatario o el referido órgano concursal la boleta de depósito del saldo de precio debidamente intervenida por el Banco de la Provincia de Bs. As., bajo apercibimiento de perder el comprador el depósito hecho en garantía de la propuesta, el que pasará a integrar los fondos de la quiebra a favor de la masa acreedora. Ni el Juzgado actuante, ni la parte fallida, ni el Síndico interviniente responderán por el estado de la cosa a realizar, por lo que la presentación de las ofertas implica para los oferentes renunciar a cualquier reclamo referido al estado del bien como así también el pleno conocimiento del contenido total de las presentes actuaciones y del estado de conservación de aquél. Todo lo que no esté expresamente previsto en este pronunciamiento se regirá por las normas de la Ley 24.522 y por el Código Procesal Civil y Comercial en lo que fuere pertinente. Comisión, sellado:
El sellado del boleto de compraventa y la comisión del Martillero que será del 5% con más el 10% de aportes previsionales, estarán exclusivamente a cargo del comprador. Posesión: se otorgará en el momento de integrarse la totalidad del monto de la venta, siendo a exclusivo cargo del comprador los gastos que ello demande.
Libérase al adquirente, hasta que quede firme la orden de entregar la posesión, de toda deuda que afecte al inmueble, operándose una subrogación real de los privilegios respectivos que se trasladarán al precio obtenido Conf.
Cám. Civ. y Com. de San Isidro, Sala I, causa 71.539 del 7/11/96, E.D. revista del 18/3/97, con excepción de las deudas por expensas, en caso de que las hubiera, toda vez que tendrá a su cargo las expensas devengadas desde la sentencia de quiebra 02/02/2006 hasta la toma de posesión del bien subastado conf. SCJBA, Ac. 65.
168 del 13/7/99 in re Bco. Río de la Plata el Alonso Raúl Alberto y otro s/ Ejec. Hipotecaria. Exhibición: los días
15, 16, 17, 20 y 21 de febrero de 2012 de 14 17 hs. Las actuaciones se encuentran a disposición de los interesados e la Mesa de Entrada del Juzgado, pudiendo requerirse información, además, al Síndico Actuante. San Isidro, 30 de diciembre de 2011. María Gabriela Ugalde, Secretaria.
C.C. 815 / ene. 31 v. feb. 6


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 2 del Departamento Judicial de La Matanza, sito en la calle Jujuy entre Malabia y Colombia de la Localidad de San Justo Partido de La Matanza, a cargo de la Dra. Graciela Esther Escandell, Secretaría Única a cargo de quien suscribe Dr. Gustavo Carlos Indovino, notifica y emplaza a la Sra. Doña FERNÁNDEZ, ELIZABETH TERESA, Titular del DNI Nº 34.922.873 y/o a cualquier otra persona que se crea con derechos respecto a la niña Alomo, Agostina Candela Titular del DNI Nº 47.121.910. La resolución que obra en los autos registrado bajo el número 14.722 seguida a Alomo, Agostina Candela s/ Medida de Abrigo, la cual trascribo en este acto: San Justo, 22 de septiembre de 2011 Resuelvo: I Declarar Judicialmente el Estado de Abandono de la niña Alomo Agostina Candela por parte de su progenitora la Sra. Fernández, Elizabeth Teresa Titular del DNI Nº 34.922.873, en los términos del Art. 307 ss. y cctes. del Código Civil. II Otorgar a la Sra. Velásquez Natalia Carolina Titular del DNI Nº 26.943.032 y el Sr. Centeno Leonardo Darío Titular del DNI
Nº 26.498.922, la guarda definitiva de la niña Alomo Agostina Candela Titular del DNI Nº 47.121.910. III Al solo efecto de notificar lo dispuesto en el punto anterior y hacer entrega del correspondiente certificado, designar audiencia del día 03 de octubre del corriente año a las 10
hs. comparezcan las partes interesadas a los fines mencionados. Notifique telefónicamente. IV Librar oficio a la Cría instructora a fin de notificar personalmente a la Sra.
Fernández, Elizabeth Teresa de lo dispuesto en el punto I
del presente. V Notifíquese al Ministerio Público Pupilar y a la Unidad Funcional de Defensa Civil que por turno corresponda, lo aquí resuelto. VI Notificar al Servicio de Promoción y Protección de los derechos del niño a cuyo efecto adjuntar copia de la presente resolución
Notifíquese. Regístrese Fdo.: Graciela Esther Escandell, Juez; Ante mí: Gustavo Indovino Secretario. San Justo, 22
de diciembre del año 2011.
C.C. 814 / ene. 31 v. feb. 6
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Morón, Dr.
Ricardo Fraga, Secretaría Única a mi cargo, sito en la calle Alte. Brown esquina Colón, edificio de Tribunales, 2 piso cuerpo F de la Ciudad y Partido de Morón, notifica a LUCAS DANIEL FERNÁNDEZ, de nacionalidad argentina, instruido, soltero, nacido el 4 de agosto de 1985, hijo de María de los Ángeles Fernández, titular del DNI
31.626.311, con último domicilio en calle Minoguyen 2657
de la localidad de Villa Tesei, de la resolución recaída en la I.P.P. N 10-00-031671-08 que tramitara ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 4 Dptal., cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Morón, 24 de octubre de 2011. Autos y Vistos y Considerando
Resuelvo: 1 Disponer el sobreseimiento total del imputado Lucas Daniel Fernández en la I.P.P. N 10-00-31671-08
y su acollarada N 10-00-3624-09 que se le siguen en orden a la comisión de los delitos de robo simple y violación de domicilio reiterado en dos hechos ambos en concurso real Arts. 164, 150 y 55 del Código Penal toda vez que se ha acreditado en autos el cumplimiento por parte del encartado de lo normado en el Art. 76 ter cuarto párra-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/02/2012 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data06/02/2012

Conteggio pagine3

Numero di edizioni3377

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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