Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/12/2010 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

noviembre de 2010. Autos y Vistos: Atento a lo informado a fs. 44, cítese por cinco días a Germán Carlos González para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Art.
129 del C. P. P.. Notifíquese. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez. Secretaría, 15 de noviembre de 2010. María Griselda Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 215.397 / dic. 6 v. dic. 13


POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 2, Dr. Roberto Daniel Vila, cita y emplaza a JUAN CARLOS SILVA, para que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho respecto a la causa N 1026/10-3677 que se le sigue por el delito de Lesiones Leves y Amenazas en concurso real, conforme surge de la resolución que se transcribe: Mercedes, 9 de noviembre de 2010. Autos y Vistos: Atento a lo informado precedentemente por la Comisaría de Moreno, cítese por cinco días a Juan Carlos Silva para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Art. 129 del CPP. Notifíquese.
Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez. Secretaría, 9 de noviembre de 2010. María Griselda Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 215.398 / dic. 6 v. dic. 13
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Doctor Roberto Daniel Vila, se notifica a ARIEL
ALBERTO AYALA que en la causa N 2064/03-1186
seguida al nombrado por Violación de Domicilio, Lesiones Leves y Amenazas se ha dictado la resolución cuya parte pertinente se transcribe: Mercedes, 22 de octubre de 2010. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal por haber operado la prescripción de la misma y en consecuencias sobreseer al mismo por el delito de Violación de Domicilio, Lesiones Leves y Amenazas. Fdo. Roberto Daniel Vila, Juez. Secretaría, 11
de noviembre de 2010. María Griselda Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 215.396 / dic. 6 v. dic. 13
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa N 956/09-3398, caratulada:
Fonseca Marcelo Ramón s/ Homicidio Culposo en Moreno B, notifica a la Sr. JAVIER FERNANDO VIDAL, de la siguiente resolución: Mercedes, diecisiete de noviembre de 2010. Autos y Vistos: 3 Convertir en definitiva la entrega que se efectuara a fs. 31, correspondiente al colectivo marca Mercedes Benz, modelo 1999BM0390 VS 1621, dominio DDH 167, motor N
372.986-50-424962, chasis N 8AB3900045XA128670, a favor de Javier Fernando Vidal, sin que ello signifique expedición alguna sobre mejor derecho de terceros que eventualmente pudieran hacerse valer sobre el vehículo en cuestión, dejándose sin efecto las obligaciones que le fueran impuestas en oportunidad de su entrega en carácter de depósito provisorio Arts. 263 del C.P. y 523, 2
párrafo del C.P.P. Hágase saber. Fdo.: Dra. María Laura Pardini, Juez. Mercedes, 17 de noviembre de 2010.
C.C. 215.395 / dic. 6 v. dic. 13
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional N 3 Departamento Judicial de Mercedes B, en causa N 825/08-3040, caratulada Aldao Reyes Dorr, Horacio Félix José s/ Desobediencia y atentado a la autoridad en concurso real en Mercedes B, notifica por este medio a HORACIO FÉLIX JOSÉ, ALDAO DORR, la siguiente resolución: Mercedes, de noviembre de 2010.
Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: I
Sobreseer a Horacio José Félix Aldao Reyes Dorr, en relación a los delitos de desobediencia y atentado a la autoridad en concurso real, imputados en la presente causa, por encontrarse extinguida la acción penal por prescripción, cerrando definitiva e irrevocablemente el proceso respecto de la misma, a cuyo favor se dicta, archivándose la presente. II Déjese sin efecto la orden de comparendo dispuesta a fs. 59. Fdo. Dra. María Laura Pardini, Juez. Mercedes B, 17 de noviembre de 2010.
C.C. 215.394 / dic. 6 v. dic. 13
POR 5 DÍAS - En causa N 403/00 sorteo N 1156/09
seguida a Tagliabue Walter Alfredo s/ Robo agravado por
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2010 PÁGINA 12807

el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha sido acreditada, por su comisión en poblado y en banda, homicidio simple en grado de tentativa, abuso sexual simple, resistencia a la autoridad agravada y lesiones leves en concurso real y abuso de armas; atentado a la autoridad, lesiones leves agravadas y amenazas, robo calificado en poblado y banda y por escalamiento y efracción en tentativa, en Moreno; , en trámite por ante el Tribunal en lo Criminal N 4 del Departamento Judicial Mercedes a cargo de los Dres. Fabián F. Brahim, Miriam M. Rodríguez y Patricia G. Mallo, se dispuso notificar a Víctor Hugo Martínez de la sentencia recaída en autos que seguidamente se transcribe: Sentencia. En Mercedes B, a los 13 días del mes de septiembre de dos mil diez Que atento al resultado obtenido en las cuestiones tratadas precedentemente, el Tribunal dicta; Fallo: Condenando a WALTER ALFREDO TAGLIABUÉ apellido materno Alegre, a la pena de ocho años de prisión a cumplir en el establecimiento carcelario que el Poder Ejecutivo provincial designe a tal efecto, previa deducción del tiempo sufrido en prisión preventiva, accesorias legales y el pago de las costas del proceso, por resultar autor material penalmente responsable de los delitos de resistencia a la autoridad I.P.P. N 174.684; cometido el 8 de junio de 2006 en Parque Trujui, partido de Moreno B; abuso de armas I.P.P. N 174.685; cometido el 30 de junio de 2006
en perjuicio de Víctor Hugo Martínez, en Parque Trujui, partido de Moreno B; abuso sexual simple I.P.P. N
174.683; cometido en perjuicio de Etelvina Silvina Damato en Parque Trujui, partido de Moreno B; homicidio simple en grado de tentativa I.P.P. N 200.634; cometido el 6 de octubre de 2006 en perjuicio de Marcos Horacio Cornejo, en Parque Trujui, partido de Moreno B; robo agravado por efracción I.P.P. N 333.520; cometido el 22 de octubre de 2006 en perjuicio de Rosa Guglietti, en Castelar, partido de Morón B y lesiones leves agravadas y amenazas en concurso real I.P.P. N 202.873; cometidos el 2 de abril de 2007 en perjuicio de Jorge Miguel Pari, en Las Catonas, partido de Moreno B y coautor material penalmente responsable de los ilícitos de robo calificado por su comisión en poblado y en banda, con efracción y escalamiento, en grado de tentativa en concurso ideal I.P.P. N
108.003, cometido el 20 de septiembre de 2006 en perjuicio de Roberto Héctor Boglione en Campana B y robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada y por su comisión en poblado y en banda, en concurso ideal I.P.P. N 200.280;
cometido el 7 de octubre de 2006 en perjuicio de Sara Judith Figueroa, en Parque Trujui, partido de Moreno B;
todos en concurso real Arts. 168 y 171 de la Constitución Provincial; 5, 12, 29 inc. 3, 40, 41, 42, 44, 45, 54, 55, 79, 92 -en función del art. 80 inc. 8-, 104, primer párrafo, 119, primer párrafo, 166 inc. 2, tercer párrafo, 167 incs. 2, 3
y 4 -en función del Art.163 inc. 4- y 239 del Código Penal; 106, 109, 210, 373, 375, 395/399, 530 y 531 del C.P.P.. Regístrese, notifíquese -con inclusión de las víctimasy firme que sea, remítase fotocopia autenticada del presente pronunciamiento al Registro de Condenados, por Delitos contra la Integridad Sexual dependiente del Ministerio de Justicia Provincial conf. Ley N 13.869, Decreto Reglamentario N 578/09; comuníquese a donde corresponda, practíquese cómputo y fórmese incidente para su remisión al Juzgado de Ejecución Penal para su debida intervención. Fdo. Dres. Fabián F. Brahim. Miriam M. Rodríguez y Patricia G. Mallo, Jueces. Ante mí: Natalia Spinelli, Secretaria. María Laura Fraiese, Auxiliar Letrada.
C.C. 215.393 / dic. 6 v. dic. 13


POR 5 DÍAS - En Causa N 14.007 seguida a Carlos Méndez y otros por el delito de lesiones leves y daño en concurso real, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle Libres del Sur N 148 2 piso Dpto. 6 de Mar de Ajó, la siguiente resolución que en su parte pertinente se transcribe: Dolores, 19 de noviembre de 2010. Autos y Vistos:
Considerando: Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente, en relación al co-imputado CARLOS A. MÉNDEZ, por la prescripción operada conforme lo normado por los Arts. 59 inc. 3 y 62
inc. 2 del C.P. II. Levantar las averiguaciones de paradero oportunamente decretadas contra Carlos A. Méndez, Fernanda Frías y Ricardo Petruk, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tal fin líbre-

se oficio de estilo. Regístrese. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal, Defensor Oficial y al Dr. Adrián R. Lamacchia por la parte damnificada mediante cédula y al imputado Méndez mediante edicto. A tales fines líbrese oficio al Boletín Oficial. Firme destrúyase el día 19/11/2015. Pdo.
Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 4 de noviembre de 2010.
C.C. 215.391 / dic. 6 v. dic. 13


POR 5 DÍAS - En Causa N 15.095 seguida a Guillermo Horacio Martínez, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en Avenida Albatro y Guerrero de Mar de las Pampas la siguiente resolución que en su parte pertinente se transcribe: Dolores, 18 de noviembre de 2010.
Autos y Vistos: Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente por la prescripción operada conforme lo normado por los Arts. 59
inc. 3 y 62 inc. 2 del C.P. II. Levantar la averiguación de paradero oportunamente decretada contra GUILLERMO
HORACIO MARTÍNEZ, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tal fin líbrese oficio de estilo. Regístrese. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y Defensor Oficial mediante cédula y al imputado mediante edicto. A tal fin líbrese oficio al Boletín Oficial. Firme destrúyase el día 18/11/2015. Fdo. Gastón E. Giles, Juez.
Dolores, 18 de noviembre de 2010.
C.C. 215.390 / dic. 6 v. dic. 13
POR 5 DÍAS Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa N
2414/2008, registrada en esta Secretaría bajo el NJ0004764 caratulada: Riscosa, Alfredo s/ Lesiones Culposas Agravadas, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal S/Ley N 11.922, la resolución que se notifica al imputado ALFREDO RISCOSA, titular del DNI N5.067.555, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 17 de noviembre de 2010. y Visto y Considerando Resuelvo: 1. Declarar la rebeldía de Alfredo Riscosa, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts.
303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.
Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Riscosa sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el art. 129
del Código de Procedimiento Penal. IV. Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP. Fdo. Julia Andrea Rutigliano, Juez Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria. Asimismo, a fin de acreditar la pertinente notificación en los autos en que me dirijo, deberá, conforme lo dispone el Art. 129, último párrafo del Código de Procedimiento Penal, remitir a este Juzgado la constancia de que se hizo la publicación, con carácter de urgente.
Quilmes, 17 de noviembre de 2010. Marisa Vázquez, Secretaria.
C.C. 215.389 / dic. 6 v. dic. 13
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría única a mi cargo, en relación a la causa N
1639/2006, registrada en esta Secretaría bajo el N J0003605 caratulada: Aguiar, Estefania Estela y Matallino, Karina Mercedes s/ Robo Simple en Grado de Tentativa, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal S/Ley N
11.922, la resolución que se notifica a la imputada KARINA MERCEDES METALLINO, titular del DNI
N31.317.412, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 26 de octubre de 2010. Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: 1. Declarar la rebeldía de Karina Mercedes Metallino, cuyas demás cir-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/12/2010 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data10/12/2010

Conteggio pagine16

Numero di edizioni3395

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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