Recurso de inconstitucionalidad n.º 631-2013, contra el artículo 41 y disposición final séptima, en lo relativo a la entrada en vigor del citado artículo 41, de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 631-2013, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 41 y disposición final séptima, en lo relativo a la entrada en vigor del citado artículo 41, de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –1 de febrero de 2013–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 26 de febrero de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 54 del Lunes 4 de Marzo de 2013. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Notas

  • Suspende desde el 4 de marzo de 2013 la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y desde el 1 de febrero de 2013 para las partes legitimadas.

Materias

  • Asturias
  • Entidades de crédito
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Sistema tributario

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