CIUDAD REAL

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 150 /2012 y NIG n.º 13034 41 1 2012/0002335 se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2012 auto de declaración conjunta de concurso voluntario ordinario de las deudoras Proener Energía, S.L., con CIF: B85019651; Grupo Proener, S.L., con CIF: B13486923; Proener Industrial, S.L., con CIF: B13385661, y Proener Renovables, S.L., con CIF: B13486915, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Argamasilla de Calatrava, carretera nacional 420, Km 162, CP. 13440 (Ciudad Real).

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de las concursadas queden intervenidas por la administración concursal designada al efecto, quedando sometido el ejercicio de tales facultades a su autorización o conformidad, recayendo tal designación en el letrado don Álvaro Belmonte Tortosa, con domicilio Plaza Puerta de Alarcos, n.º 3, 5.º, de Ciudad Real, y dirección de correo electrónico abelmonte@icacr.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 18 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 230 del Lunes 24 de Septiembre de 2012. Administración de Justicia, Juzgados De Lo Mercantil.

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