CIUDAD REAL

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en la Sección I de declaración de concurso de los Autos de Concurso Abreviado Voluntario, seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000403/2011 y NIG n.º 13034 41 1 2011 0004255, se ha dictado en fecha 18-09-2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la entidad deudora Casalobos, S.L., con CIF. n.º B-13371299 y domicilio social en Ctra. CM 412, Km. 6,5, de la localidad de Picón (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en la citada localidad de Picón (Ciudad Real).

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora sobre su patrimonio que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometida en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del/de los Administrador/es Concursal/es designado/s.

3.º Se ha designado, como Administrador/a Concursal al/a Letrado en ejercicio don Javier Díaz Gálvez de la Cámara, colegiado n.º 17762 del ICAM, con domicilio postal en Paseo de la Castellana, n.º 35, 2.ª, 28046 Madrid, y dirección electrónica concurso.casalobos@dlapiper.com, domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6.º A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 18 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 230 del Lunes 24 de Septiembre de 2012. Administración de Justicia, Juzgados De Lo Mercantil.

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