Resolución de 26 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto Almonte-Marismas.

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado 3 f del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El presente proyecto ha sido promovido por ENAGAS, actuando como Órgano Sustantivo la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Se pretende desdoblar el ramal del gasoducto Almonte – Marismas, para lo cual se deberá instalar una conducción de 7 km de longitud, con un diámetro de 20», preparada para una presión de 80 bares. La ejecución de las obras se realizará sobre una pista de trabajo normal de 19 metros.

A continuación se resumen las actividades que se han de ejecutar para poder realizar la instalación del Gasoducto. Estas actuaciones se irán realizando de manera secuencial, con el fin de reducir el tiempo que las zanjas permanecen abiertas:

Replanteo. Replanteo y estaquillado de la zona de ocupación de las obras y del eje de la zanja.

Apertura de pista. Se obtendrá una superficie de tránsito y trabajo. Mediante desbroce y retirada de suelo vegetal, que se acopiará en una tongada paralela al eje de la conducción en el extremo derecho de la pista de trabajo.

Apertura de zanja. Mediante retroexcavadoras y martillos picadores, se construirá la zanja que alojará la conducción. La zanja se excavará de tal manera que garantice un recubrimiento mínimo de la generatriz del gasoducto de un metro, que aumenta a 1,2 en el caso de cruce con infraestructuras viarias. El cruce de cursos de agua se deberá alcanzar una profundidad mayor, acordada con los organismos gestores de los mismos.

El cruce con el arroyo Santa María se realizará a cielo abierto, mediante la apertura de zanja con retroexcavadora. Se procederá a empotrar la tubería unos 3 metros bajo el cauce y se protegerá el relleno de la zanja con manto de escollera. Está previsto ejecutar el cruce en época estival, en el caso de que exista cierto caudal, éste se desviará mediante tubos – vaina, que canalizarán las aguas realizando un by pass de la zona de obras.

Distribución y curvado de los tubos a lo largo de la pista. Se distribuirán los tubos a lo largo de la zanja, apoyándose en tacos de madera. Se curvarán los tramos necesarios mediante máquina curvadora hidráulica en frío.

Soldadura y control de soldadura. Unión de los tubos mediante soldadura por arco eléctrico y electrodo revestido. Posteriormente se realizará el control radiográfico de todas las soldaduras. Las uniones soldadas se revestirán una vez revisada la estanqueidad de la unión.

Puesta en zanja. Se realizará el descenso de las conducciones a la zona mediante máquinas tiendetubos. Posteriormente se procede al relleno de la zona. No se procederá a la compactación del material, construyéndose un caballón de entre 2 y 30 cm de altura, que absorberán el asentamiento natural del terreno.

Prueba hidráulica. Se realizará la prueba de estanqueidad, esta prueba incluye el posterior vaciado y secado de la conducción.

Instalaciones auxiliares y complementarias. Se establecerán nuevas posiciones de válvulas en el inicio y el final del tramo desdoblado. También se deberá instalar el sistema de protección catódica (corriente impresa) y se instalará un portacable junto a la tubería que se utilizará en la futura instalación de la fibra óptica.

Restitución de terrenos y señalización del gasoducto. Se repondrá la capa de tierra vegetal y cualquier infraestructura o construcciones alterados durante la obra. También se instalará las placas de señalización del gasoducto.

Proyecto de Restauración. Se aplican una serie de medidas especiales sobre las zonas con vegetación natural que se verían afectadas por la ejecución de las actuaciones. El arroyo de Santa María y el monte de utilidad pública nº 114. En primer lugar proponen la descompactación de la pista de trabajo, el extendido de tierra vegetal en toda la superficie de la pista de trabajo y la restauración de la morfología de las márgenes del arroyo. Una vez finalizada la preparación de los suelos se procederá a la restauración de la vegetación. Para el arroyo de Santa María se realizará una plantación de Typha latifolia, Tamarix africana, Populus alba y Nerium oleander. En la zona afectada de pinar se realizará una plantación de Pinus pinea. Se planea la ejecución de las plantaciones cuando el suelo recupere el tempero una vez finalizado el verano.

Se ha estimado la duración de la totalidad de las obras en cuatro meses, a lo largo de los cuales se irán realizando todas las fases de manera enlazada, minimizando así la intensidad y duración de los impactos sobre el área afectada.

El estudio de impacto ambiental propuso un trazado básico, paralelo al gasoducto ya construido en la zona, sobre el que se plantea una trazado alternativo, que minimiza la afección sobre el monte de utilidad pública Ordenado de Almonte de número del catálogo 114. Por otro lado, para el cruce del arroyo de Santa María se estudiaron distintas posibilidades, barajándose tanto alternativas de ubicación como de aplicación de técnicas de perforación dirigida. El análisis comparativo de estas alternativas se indica en el apartado 4 de la presente resolución.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El único cauce atravesado por la actuación es el de Santa María, el cual está sometido a importantes variaciones de caudal, con un estiaje muy prolongado, este arroyo se convierte aguas abajo en el arroyo Partido, uno de los principales aportes de aguas superficiales a las marismas del Parque Nacional de Doñana, por lo que la protección de la calidad del agua debe ser prioritaria.

Vegetación. La zona se encuentra muy transformada, estando la mayor parte del trazado ocupada por cultivos de distintas especies. El arroyo de Santa María presenta una formación de ribera compuesta por Arundo donax, Thypha latifolia, Phragmites sp, Populus alba, Salix sp, Tamarix africana y Nerium oleander. El monte de utilidad pública Ordenados de Almonte n.º 114, atravesado en unos 420 metros se encuentran, mezclado con Pinus pinea, pies sueltos de Eucalyptus camaldulensis con un sotobosque característico de la zona, compuesto por Chamaerops humilis, Pistacia lentiscuss, Phillyrea angustifolia y Cistus salvifolius.

Fauna. Los recorridos realizados en el campo han mostrado la prevalencia de especies de amplia distribución y tolerancia a la actividad humana. En las zonas de Pinus pinea si que se han detectado especies de mayor valor como Milvus milvus, Hieraaetus pennatus, Picus viridis o Cyanopica cyana entre otros. Por último en la zona del arroyo de Santa María se han encontrado especímenes de galápago leproso y diferentes aves características de estos ecosistemas (Anas platyrhynchos, Gallinula chloropus, Merops apiaster o Troglodytes troglodytes) y se han detectado restos de cangrejo rojo Procambarus clarkii depredados, probablemente, por nutria, por lo que su presencia en las épocas donde discurre agua por el cauce debe ser considerada.

En relación a las especies que, pese a no haberse detectado durante las prospecciones faunísticas en el campo pudieran estar presentes, debido a la proximidad de la zona a espacios de gran valor hay que destacar al lince ibérico y al águila imperial ibérica, que han sido citadas en el LIC atravesado por el trazado.

Espacios protegidos. El trazado seleccionado discurre a lo largo de 1.295 metros por el interior del lugar de interés comunitario Doñana norte y oeste. Dentro de éste LIC, afectando a una mancha del hábitat dunas con vegetación esclerófila de Cisto- Lavanduletalia (código 2260). Este LIC está descrito en su ficha como un área de gran importancia para la conservación del lince ibérico y del hábitat de bosque de fresnos con Fraxinus angustifolia, aunque la zona afectada por el proyecto no presente áreas de elevada sensibilidad.

3. Resumen del proceso de evaluación.

a) Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. La documentación Inicial para la evaluación ambiental del proyecto se recibió en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el día 8 de mayo de 2007. Posteriormente se procedió a realizar las consultas previas, a las administraciones y organismos recogidos en la siguiente tabla, en la cual se han identificados con una X, aquellas que respondieron a la solicitud de informe.

Administración/Organismo consultado

Ayuntamiento de Almonte

X

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

 

Dirección General de Bienes Culturales Consejería de Cultura Junta de Andalucía

X

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental Consejería de Medio Ambiente Junta de Andalucía

X

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Ecologistas en Acción

 

Greenpeace

 

S.E.O.

 

WWF/ADENA

X

A continuación se resumen el contenido de los informes recibidos:

El Ayuntamiento de Almonte indica en su informe la concordancia de la actividad propuesta con el planeamiento en vigor del término municipal.

La Organización No Gubernamental WWF/ADENA considera necesario el sometimiento a evaluación de impacto ambiental. Destaca el valor de la zona, y la importancia de la misma para el lince y la nutria, así como la introducción en el análisis de alternativas la no ejecución del proyecto, o alternativa 0.

La Consejería de Cultura, a través del informe de su delegación en Huelva indica que no se considera que se pueda producir afección sobre el patrimonio, y establece el procedimiento a seguir en el caso de producirse algún hallazgo durante el desarrollo de los trabajos.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino indicó la necesidad de incluir la valoración de la afección del proyecto al espacio de la Red Natura 2000 Doñana Norte y Oeste. Principalmente sobre el hábitat dunas con vegetación esclerófila de Cisto-Lavanduletalia y las especies ligadas a este tipo de matorral.

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental Consejería de Medio Ambiente Junta de Andalucía indica la información que el estudio de impacto ambiental deberá contener en materia de residuos, vertidos y las posibles afecciones sobre el suelo, el agua, los espacios naturales y la Red Natura 2000 y la flora y la fauna silvestre y la ocupación de terrenos forestales y el aumento de riesgo de incendio.

Con fecha de 11 de octubre de 2007 se remite el traslado de contestaciones y la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental al promotor. En este documento, además de incluir la copia de los informes recibidos en la anterior fase, se indican los aspectos fundamentales, que deberán ser considerados de manera especial para la redacción del estudio de impacto ambiental, entre otros, se destacaron los siguientes:

Estudio de la afección a Red Natura 2000, por su afección al LIC Doñana Norte y Oeste de gran importancia para la conservación del lince y de las fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia.

Estudio de las características del cauce afectado así como de las afecciones que se podrían ejercer sobre el mismo y las especies que alberga.

Análisis de alternativas de cruce del arroyo.

b) Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. El 7 de Agosto de 2008 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el anuncio del inicio del periodo (de treinta días) de información pública. También se publicó dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva (día 8 de agosto de 2008) y en los Diarios Huelva Información y Odiel (en ambos el 5 de agosto de 2008). Durante este periodo de información pública no se formularon alegaciones.

El día 23 de julio de 2008 el Órgano Sustantivo remitió las solicitudes de examen y formulación de observaciones oportunas a las administraciones públicas que ya fueron preguntadas durante la fase de consultas previas. A continuación se incluyen los aspectos más importantes destacados por las administraciones que remitieron sus consideraciones al Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Huelva. Se incluye también el resumen de las contestaciones de ENAGAS, S.A. a los informes recibidos.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal indica que la justificación de la demanda de gas resulta insuficiente. Solicita que se estudie un mayor número de alternativas técnicas de cruce del arroyo Santa María, puesto que solamente se han propuesto alternativas de ubicación. El informe de este organismo también critica la ausencia de un censo de fauna específico para la zona afectada. Indicaba la necesidad de incluir un proyecto de restauración ambiental dentro de la documentación de la actuación.

En relación a los aspectos indicados en la anterior alegación, ENAGAS procede a aclararlos apartado por apartado, indicando que la alternativa seleccionada para el proyecto es la de menor impacto ambiental:

El proyecto presentado responde a los objetivos fijados en la planificación de los sectores de la electricidad y el gas 2008-2016.

La ubicación del cruce del arroyo de Santa María se corresponde con una zona alterada, paralela a un camino de hormigón que cruza el cauce y aprovechando un pasillo de vegetación de las riberas en mal estado.

En relación a las soluciones técnicas barajadas para la ejecución de dicho cruce, en el estudio geológico de la zona, incluido en el proyecto se desaconseja la ejecución de dicho cruce mediante perforación horizontal dirigida. Esta indicación se justifica debido al material que conforma el lecho del río (arenas no consolidadas), por lo que existiría un grave riesgo de contaminación por filtración de los fluido de perforación (bentonita).

Respecto a la ausencia de proyecto de restauración en el estudio de impacto ambiental, el promotor incorporó una adenda al estudio en el que se incluía dicho proyecto. Sus actuaciones han sido resumidas en el apartado 1 de la presente resolución.

La Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía hace referencia en su informe a la relevancia del arroyo de Santa María como corredor biológico para las poblaciones de nutria y de lince de la zona. El arroyo de Santa María, junto con los aportes de otros arroyos de la zona, conforman el arroyo Partido, unos 7 kilómetros aguas abajo del punto de cruce. Este arroyo es uno de los principales aportes de agua superfial a Doñana, por lo que las medidas para evitar su contaminación deberán ser prioritarias. Recomienda la aplicación de la técnica de perforación dirigida para salvar este arroyo, con entrada y salida a 50 metros de las orillas del arroyo.

ENAGAS contesta a dicho informe de la Consejería de Medio Ambiente indicando que la parte del LIC alterada por la ejecución de las obras, se corresponde con una zona muy antropizada. El trazado será paralelo al gasoducto actual y al camino de acceso a las explotaciones agrícolas y fincas de la zona. No prevén impactos sobre el lince. Repiten las consideraciones realizadas que se oponen a la ejecución del cruce mediante perforación horizontal. Aunque define que la instalación no se realizará, mediante pista sino únicamente en zanja y llevando la tubería que ha sido ensamblada fuera del cauce, aprovechando que la traza es adyacente al camino de hormigón que actualmente cruza el cauce.

La confederación del Guadalquivir informa de que el arroyo de Santa María, aproximadamente 7 km aguas abajo del cruce con el gasoducto pasa a denominarse arroyo del Partido. Este arroyo se presenta como el segundo en importancia en los aportes de agua superficial a las marismas de Doñana. El arroyo Partido es el único que tiene modificado su régimen natural, puesto que recibe los retornos de Bollullos Par del Condado, Rociana del Condado y Almonte, manteniendo cierto caudal durante todo el año. A lo largo del estudio de impacto ambiental el promotor indica que en la zona de cruce el cauce se encuentra seco en verano.

4. Integración de la evaluación.

a) Análisis ambiental para selección de alternativas. El proyecto presentado incluye como alternativa 1 una variante del trazado denominado trazado básico (que se corresponde con el paralelo al del gasoducto ya construido). Esta alternativa 1 disminuye la afección sobre el monte de utilidad pública nº 114, Ordenados de Almonte. Esta Alternativa es la seleccionada, debido a la menor afección sobre el citado monte.

Para el cruce del arroyo, se estudiaron inicialmente dos posibles alternativas, cruzarlo en paralelo al trazado actual, aguas arriba del camino de hormigón que cruza el río o desplazar la zona de cruce aguas abajo del citado camino. Una vez analizadas ambas posibilidades, se optó por cruzarlo aguas abajo del camino, debido a que la zona que se afectaría se encuentra actualmente en peor estado. También se evitarán afecciones a pinares y a las zonas que fueron restauradas durante la instalación del primer ramal del gasoducto, que se producirían si se escogiera la otra alternativa.

En respuesta a las alegaciones realizadas por distintas administraciones públicas en la fase de información pública, ENAGAS, S.A. indicó que la ejecución del cruce mediante perforación dirigida no es recomendable dado que, tal y como se indica en el estudio geológico, los terrenos por los que discurre el arroyo Santa María presentan una matriz arenosa. La posibilidad de que se produzcan fugas de bentonita a alta presión durante la fase de perforación por la falta de cohesión y poca estabilidad de los terrenos es más que probable lo que llevaría a derrames de la citada bentonita en el cauce del arroyo.

En conclusión, se han seleccionado, entre las alternativas planteadas, aquellas en las que se ha considerado que el impacto ambiental es menor.

b) Impactos significativos de la alternativa elegida y medidas preventivas y correctoras propuestas. En relación a las alteraciones en la calidad del aire que se podrían producir, se presenta el aumento de partículas en suspensión y las emisiones sonoras como los impactos más importantes que se producirán, únicamente durante la fase de obras. Para minimizar estas afecciones, se propone el riego de las zonas que puedan suponer fuente de materiales en suspensión y la acreditación de la adaptación de la maquinaria a la normativa vigente en lo que a las emisiones de ruido y gases contaminantes a la atmósfera.

El movimiento de la maquinaria y el propio excavado de la zanja provocarán impactos significativos sobre el suelo, por alteración de su estructura y por compactación. La extracción y conservación del suelo vegetal, la descompactación de los suelos en la totalidad de la pista de trabajo y por último la reposición del suelo vegetal en toda la superficie afectada permitirá corregir las afecciones que se causarán durante la fase de obras.

También se considera en el estudio de impacto ambiental la posibilidad de que se produjeran episodios accidentales de contaminación por vertidos de aceites, lubricantes y combustibles. La realización del mantenimiento de la maquinaria pesada en la propia pista de trabajo obligará a que las precauciones durante la ejecución de estas actividades sea máximas, y en el caso de que se produzca un vertido accidental, se procederá a la retirada inmediata del suelo contaminado y a su posterior tratamiento conforme a la normativa de residuos tóxicos y peligrosos.

El cruce del arroyo de Santa María, se realizará mediante una zanja a cielo abierto aguas abajo del camino de hormigón que cruza el cauce, en la zona que presenta una menor calidad de sus orillas. Para evitar afecciones sobre el régimen de caudales y la calidad de las aguas, la ejecución del cruce se realizará en el menor tiempo posible y en época estival, cuando el arroyo se encuentra seco. En el caso de que, debido a lluvias durante las obras, el cauce tuviera agua, se procederá a paralizar los trabajos, esperando a que el arroyo deje de transportar agua. Está previsto en el proyecto la recuperación de la morfología original del cauce (gravas y arenas) y la restauración de las riberas que pudieran verse afectadas por la ejecución del proyecto.

Los dos lugares donde se afecta a la vegetación con cierto valor son en el cruce del arroyo de Santa María y en la zona incluida en el monte de utilidad pública (n.º 114) Ordenado de Almonte. El trazado del gasoducto discurre, en su mayor parte, paralelo al gasoducto existente, por campos de cultivo y caminos.

Para minimizar la afección sobre LIC y hábitats de la Directiva 92/43/CEE se procederá a jalonar la pista de trabajo, para garantizar que solo se afectará la mínima superficie imprescindible. No se abrirán nuevos accesos a la zona de obras, debiéndose utilizar los caminos ya existentes, y siempre que sea posible, la propia pista de trabajo. El proyecto de Restauración Ambiental incluido en la documentación aportada, describe las actuaciones a acometer para la corrección de las afecciones causadas sobre las zonas que conservan vegetación de cierto valor.

Respecto a las posibles afecciones sobre la fauna, el estudio de impacto ambiental no considera que se fueran a producir ninguna afección significativa. La fauna presente en el área de actuación se corresponde con especies típicas de un hábitat muy humanizado, por lo que previsiblemente no se verán perturbadas gravemente. Por otro lado, el corto espacio de tiempo en el que se ejecutarán las obras, permite considerar la afección como de escasa intensidad. En el caso de la nutria, cuya presencia en la zona se considera altamente probable, la ejecución de las actuaciones de cruce del arroyo de Santa María se realizarán cuando éste esté seco, por lo que no se producirá afección sobre este taxón, al encontrarse presente en el arroyo solamente cuando posee agua. La programación de las obras durante el estío en esta zona también evita la afección sobre el esturión, especie de la que también se sospecha su presencia en las aguas del arroyo.

Respecto a la posible interferencia de las actuaciones sobre la dispersión del lince ibérico desde los núcleos reproductivos de Doñana, se considera que la afección no resultaría significativa, debido a la escasa duración de las actuaciones y a que no generará un fragmentación de hábitat con magnitud suficiente para condicionar los movimientos de esta especie amenazada.

Para evitar el efecto barrera temporal que se produce debido a la excavación de la zanja, el promotor indica que se mantendrán múltiples pasos, ya que se deben mantener el paso en los caminos cortados por la zanja y se mantendrán otros pasos con el fin de que disminuir la distancia entre pasos. Se instalaran rampas de escape en ambos lados de la zanja para que los animales de escasa movilidad que caigan en la zanja puedan salir de la misma. Por otro lado también se incluye la revisión regular de la zanja para detectar individuos atrapados, y en el caso de que se produzcan caidas frecuentes a la zanja se establecerían medidas adicionales, como barreras que conduzcan a los animales al paso habilitado más próximo.

5. Condiciones al proyecto.

Medidas preventivas y correctoras para la alternativa más adecuada ambientalmente:

Establecimiento de un plan de emergencia durante las obras, de obligado cumplimiento y que garantice que cualquier vertido accidental que se produzca será recogido en el menor tiempo posible, para esto se estudiarán las actuaciones más susceptibles de causar dichas situaciones y el personal y los medio técnicos que deberán estar preparados para actuar en el caso de que se produzca un vertido. En dicho plan se incluirá también un protocolo de actuación en el caso de que se produjeran lluvias durante la ejecución del cruce del arroyo de Santa María, de manera que se garantice la detención segura de las obras, donde estarán previstas las medidas que se aplicarían en dicho caso, para evitar la pérdida de calidad de las aguas de dicho arroyo. El plan deberá tener el visto bueno de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, previo al inicio de las obras.

Ejecución de los trabajos en pista restringida (anchura no superior a 13 metros) en las zonas incluidas dentro del lugar de interés comunitario Doñana Norte y Oeste. Dentro de este espacio, se incrementarán la abundancia de pasos sobre la zanja, mientras esté abierta.

Prohibición de ubicar ningún tipo de instalación auxiliar (payas de acopio, infraestructuras auxiliares de obra y parque de maquinaria) en las proximidades de los cursos hídricos o en las zonas que drenan a ellos y en el interior del lugar de interés comunitario Doñana Norte y Oeste. En estas zonas próximas al arroyo tampoco se podrán realizar las labores de mantenimiento de maquinaria o actividades que hayan sido consideradas susceptibles de causar vertidos accidentales.

La toma y vertido de agua para la prueba hidráulica deberá realizarse de acuerdo a las condiciones que estime conveniente la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y del organismo competente en materia de gestión de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

Inclusión en el proyecto de restauración, dentro de las especies a repoblar en el monte de utilidad pública Ordenados de Almonte las especies que conforman el actual sotobosque de los pinares (Chamaerops humilis, Pistacia lentiscus, Phillyrea angustifolia y Cistus salvifolius).

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.

Dentro de las previsiones del programa de vigilancia ambiental diseñado por el promotor se deberán incluir el seguimiento de las medidas indicadas en el apartado anterior. Además se deberá introducir dentro de las actividades del programa de seguimiento ambiental las siguientes cuestiones:

Dentro de los informes a realizar durante la ejecución de las obras, se incluirá una estimación del grado de cumplimiento de las medidas a aplicar en cada caso, con una valoración de la desviación de los resultados sobre lo previsto. También se incluirá en los informes cualquier impacto que haya surgido y que no ha sido previsto en el estudio de impacto ambiental, las medidas que se han tomado para corregirlo y el éxito de las mismas.

En el caso de que se produzca cualquier vertido accidental, se realizará un informe del mismo, identificándose las causas del mismo y especificándose las medidas que se aplicaron para reparar las afecciones producidas.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Gasoducto Almonte-Marismas concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa 1 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 26 de junio de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 174 del Lunes 20 de Julio de 2009. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente, Y Medio Rural Y Marino.

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