Voglio sapere a riguardo di…
![Spagna](/misc/flags_iso/32/es.png)
- Spagna
Visto el expediente de indulto de don Domingo Riquelme Garrido, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Audiencia Provincial, Sección número 2, de Barcelona, en sentencia
de fecha 17 de enero de 2001, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 20.000 pesetas,
por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de
julio de 2004,
Vengo en conmutar a don Domingo Riquelme Garrido la pena privativa
de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde
la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 9 de julio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 177 del Viernes 23 de Julio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.