Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda
de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de
Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución sobre
emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos
denominada "Correspondencia epistolar escolar. Cómics Juveniles, 2004".
En su virtud, hemos resuelto:
Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de
la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos
denominada "Correspondencia epistolar escolar. Cómics Juveniles, 2004".
Segundo.-"Correspondencia epistolar escolar. Cómics Juveniles, 2004".
El 10 de febrero se emitirá una serie de sellos de Correos denominada
Correspondencia epistolar escolar. Cómics Juveniles. La serie consta de
un minipliego con 4 sellos de Correos en su parte central y, rodeándolos,
12 viñetas sin valor postal que harán alusión a los doce meses del año.
El cómic que se reproduce este año es Trazo de Tiza, del artista coruñés
Miguelanxo Prado.
Características Técnicas:
Procedimiento de impresión: Huecograbado.
Papel: Estucado engomado fosforescente.
Dentado: 13 3/4.
Formato de los sellos: 40,9 ^ 28,8 mm. (horizontales).
Formato del minipliego: 182 ^ 144 mm. (horizontal).
Efectos del minipliego: 16 (4 sellos más 12 viñetas sin valor postal).
Valor postal de los sellos: 0,27 euros.
Tirada: 1.000.000 de minipliegos.
Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará:
"Correspondencia epistolar escolar. Cómics Juveniles, 2004": 10 de
febrero de 2004.
Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de
2008, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos
de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.
Cuarto.-De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional
de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 5.000 unidades a disposición
de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, para atender los compromisos
internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal
y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para
su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico
y para la promoción del sello español.
Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de
intercambio con los Organismos emisores de otros países, integración en los
fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica
nacional e internacional.
Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de
la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas,
dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una
vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica,
que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado
de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o
didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo
de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la
materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la
inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren
en alguno de los indicados Museos.
Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de febrero de 2004.-El Subsecretario de Fomento, Adolfo
Menéndez.-El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmo. Sr. Presidente de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.,
e Ilmo. Sr. Director General de la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre-Real Casa de la Moneda.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 49 del Jueves 26 de Febrero de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Fomento.