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Suscrito entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Vivienda
y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco un Convenio
Específico para el año 2001 del Protocolo General de Colaboración para
el desarrollo de programas sobre drogodependencias, y en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio,
que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 22 de noviembre de 2001.-El Delegado del Gobierno, Gonzalo
Robles Orozco.
ANEXO
En Madrid a 21 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey,
Vicepresidente Primero y Ministro del Interior, en representación del Gobierno
de la Nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo
establecido en el apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de
marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo órgano
de 3 de julio de 1998 sobre competencias para establecer convenios de
colaboración con las Comunidades Autónomas ("Boletín Oficial del Estado"
del 16), de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
De otra, el excelentísimo señor don Javier Madrazo Lavin, Consejero
de Vivienda y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco,
de conformidad con las facultades previstas en el Decreto 19/2001, de
17 de septiembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación
de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma
del País Vasco y de la determinación de funciones y áreas de actuación
de los mismos.
EXPONEN
Que el Ministerio del Interior y el Departamento de Justicia, Trabajo
y Seguridad Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribieron
un Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en
materia de drogodependencias, que establece que los programas en que
se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de
Adjudicaciones y el Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social de dicha
Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un
convenio específico anual.
Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 19/2001, de 17
de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación
de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma
del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de
los mismos, las competencias en el área de actuación que comprende el
Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999
corresponden al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales.
En virtud de lo cual,
ACUERDAN
Primero.-Que la actuación del Departamento de Vivienda y Asuntos
Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el año 2001 se
concretará en el desarrollo de los programas:
Programa de deshabituación de drogodependientes en los centros
penitenciarios de Basauri, Nanclares de Oca y Martutene: 18.000.000 de
pesetas.
Mantenimiento del equipo de apoyo al programa de intercambio de
jeringuillas en el centro penitenciario de Basauri: 2.000.000 de
pesetas.
Segundo.-Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas financiará la realización de este programa, según la resolución
de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 20.000.000
de pesetas con cargo al concepto 16.06.313-G.458, que a tal fin ha sido
dotado con créditos provenientes del fondo de bienes decomisados por
tráfico de drogas y otros delitos relacionados.
Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, el
Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma
del País Vasco remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un
informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una
certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución
de los mismos.
Cuarto.-Que la vigencia de este convenio se extenderá desde el día
de su firma hasta el 31 de diciembre de 2001.
Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará
a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas
partes.
Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado en
el lugar y fecha arriba indicados.
El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales de la Comunidad
Autónoma del País Vasco, Javier Madrazo Lavin.-El Vicepresidente Primero
y Ministro del Interior, Mariano Rajoy Brey.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Jueves 13 de Diciembre de 2001. Otras disposiciones, Ministerio Del Interior.