RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se reconoce la marca "Q-LGAI" para cementos a los efectos de la Instrucción de Hormigón Estructural.

La "Instrucción de Hormigón Estructural EHE", aprobada por Real

Decreto 2661/1998, de 11 de diciembre, establece un conjunto de

especificaciones técnicas que deben cumplir los productos de construcción

incluidos en su ámbito.

Con carácter voluntario, dichos productos pueden ostentar distintivos

de calidad (marcas, sellos, etc.), que avalen la conformidad de los mismos

respecto a normas, disposiciones reguladoras o reglamentos particulares

de los correspondientes organismos emisores de los distintivos.

Por su parte, la EHE otorga unas consideraciones especiales a los

productos de construcción que posean distintivos cuando se asegure, por

la posesión de los mismos, el cumplimiento, por los correspondientes

productos, de las especificaciones obligatorias que se les exigen en la citada

Instrucción y dichos distintivos hayan sido reconocidos oficialmente. A

este respecto, en el artículo 1.o, apartado 1.1, "Certificación y distintivos"

de la referida EHE, se establece por una parte, que un distintivo se

reconocerá como tal cuando esté reconocido oficialmente por un Centro

directivo de las Administraciones Públicas con competencias en el campo de

la construcción y, por otra, el procedimiento y requisitos que han de

cumplirse para otorgar dicho reconocimiento.

Asimismo, en la citada Instrucción se prescribe que la recepción de

cemento en las obras se realizará de conformidad con lo establecido en

la vigente Instrucción para la recepción de cementos, entendiéndose que

los beneficios que en ella se otorgan a los sellos o marcas de calidad

oficialmente reconocidos se refieren exclusivamente a los distintivos

reconocidos en el sentido expuesto en el párrafo anterior.

El Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI), adscrito

al Departamento de Industria y Energía de la Generalitat de Catalunya,

ha solicitado el reconocimiento de la marca "Q-LGAI" para cementos a

los efectos de la Instrucción de Hormigón Estructural. A tal fin, se requirió

del LGAI copia de los documentos que regulan la concesión de la citada

marca, y como consecuencia de ello se ha dispuesto de la siguiente

documentación:

Reglamento de Régimen Interior del Centro de Certificación del LGAI

ICC-020 (modificación 3, 17 de julio de 2001).

Sistema Particular de Certificación de Producto General del LGAI

SPC-000 (modificación 1 de 2 de febrero de 2001).

Sistema Particular de Certificación de Cemento SPC-009 (modificación

1 de 28 de junio de 2001).

Relación de productos a los que se concede la marca Q-LGAI.

Relación de Laboratorios verificadores.

Relación de inspecciones y auditorías realizadas durante los años 2000

y 2001.

Analizado el contenido de la referida documentación, comprobado el

cumplimiento de los requisitos establecidos tanto en la EHE como en la

Instrucción para la Recepción de Cementos vigente, en relación con la

solicitud formulada, y en virtud de lo preceptuado en el apartado 1.1

del artículo 1.o de la Instrucción de Hormigón Estructura, resuelvo:

Primero.-Reconocer que los cementos que posean la marca "Q-LGAI"

cumplen las especificaciones obligatorias que se les exige por la Instrucción

de Hormigón Estructural y por la Instrucción para la Recepción de

Cementos vigente, por lo que les podrán ser aplicadas las consideraciones

especiales que se otorgan en las citadas Instrucciones.

Segundo.-El Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI)

deberá comunicar a esta Secretaría General Técnica la relación de cementos

que posean la marca "Q-LGAI" en el plazo de quince días desde la

publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y, asimismo,

cualquier variación que se produzca en dicha relación durante el período

de validez de este reconocimiento, en un plazo máximo de quince días.

Tercero.-Este reconocimiento, que tiene un período de validez de dos

años, está condicionado al mantenimiento de las condiciones que lo

motivan. A tal efecto, el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones

deberá comunicar a esta Secretaría General Técnica cualquier modificación

que altere el contenido de la documentación remitida relativa a la concesión

de la marca Q-LGAI para cementos, y, asimismo, deberá velar por el correcto

uso de la marca.

Cuarto.-Publicar en el "Boletín Oficial del Estado" la presente

Resolución para general conocimiento, a los efectos de lo establecido en la

Instrucción de Hormigón Estructural y en la Instrucción para la Recepción

de Cementos vigente.

Madrid, 20 de noviembre de 2001.-El Secretario general técnico,

Francisco Sanz Gandasegui.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Jueves 13 de Diciembre de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Fomento.

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