RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de los recursos hidráulicos de la sierra de Tramontana, Mallorca (Baleares), de la Dirección General de Obras Hidráulicas.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación

de Impacto Ambiental, modificado por el Real Decreto Ley 9/2000 de 6

de octubre, y su Reglamento de ejecución aprobado por Real

Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular

Declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución

administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización

de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos

a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de

mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, por los que se establece

la estructura orgánica básica y la distribución de competencias del

Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio

Ambiente la formulación de las Declaraciones de Impacto Ambiental de

competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto

Ambiental, la antigua Dirección General de Obras Hidráulicas remitió con fecha 24

de junio de 1994, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental,

la Memoria-resumen del proyecto de Aprovechamiento de los recursos

Hidráulicos de la Sierra de Tramontana en Mallorca.

Recibida la referida Memoria-resumen, la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental estableció a continuación un periodo de consultas

a Administraciones e Instituciones sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del Reglamento citado, con fecha 3 de

noviembre de 1994, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental dio

traslado a la antigua Dirección General de Obras Hidráulicas de las

respuestas recibidas.

La relación de consultados, así como una síntesis de las respuestas

recibidas se recoge en el anexo I.

El proyecto tiene la finalidad de cubrir los déficits locales en la demanda

de agua para el abastecimiento de poblaciones en el valle de Sóller, mejorar

la calidad de las aguas y aumentar la garantía de servicio en el

abastecimiento de agua a Palma de Mallorca, mediante captaciones en las

fuentes de Sa Costera, S'Olla y Na Lladonera.

Conforme al artículo 16 del reglamento, con fecha 13 de marzo de 1998,

la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitió

a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente,

consistente en el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto

ambiental y el resultado del trámite de Información Pública.

Las características principales del proyecto, se recogen el en anexo II.

Los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental se

recogen en el anexo III.

En el anexo IV se resumen las alegaciones presentadas en el trámite

de Información Pública.

Las alegaciones de la Información Pública fueron analizadas por el

promotor y el resultado de su análisis figura en el expediente de este

proyecto, dando el promotor solución a los problemas medioambientales

significativos planteados por los alegantes.

Las soluciones encontradas fueron las siguientes:

Construir la alternativa II-3, y sobre ella:

1. Suprimir el Azud previsto en la cercanía de las fuentes de S'Olla

y Na Lladonera, las Estaciones de Bombeo II y III, los elementos ligados

a ellas (líneas eléctricas, accesos, casetas, etc.) y la Tubería de Impulsión III.

2. Incluir una obra de toma en el cauce de Torrente Mayor, en un

punto próximo aguas arriba al inicio del casco urbano (Estación del

Ferrocarril).

3. Incluir una conducción por gravedad, en tubería de fundición dúctil

de 600 mm de diámetro enterrada en zanja bajo la solera del cauce del

Torrente Mayor, sin hormigonar, que enlace la toma antes citada con el

Depósito de Regulación. La admisión de agua en dicha tubería se regulará

mediante válvula compuerta, tipo guillotina, ubicada a la entrada del citado

Depósito, que será gobernada mediante motor eléctrico comandado por

un dispositivo de automatismo que garantizará que el caudal de admisión

sea nulo cuando sobre la solera del encauzamiento existente en el tramo

del Torrente Mayor contiguo al repetido Depósito de Regulación no haya

caudal circulante (independientemente de cual sea el caudal surgente en

las fuentes de S'Olla y Na Lladonera o el circulante en los tramos del

Torrente aguas arriba del antes referido).

4. Sustituir el Depósito de Regulación previsto por otro, de igual

tipología estructural e igual superficie en planta y ubicado en el mismo

emplazamiento, con su solera a la cota aproximada de 1,30 metros y altura

total de muros de aproximadamente 4,50 metros, de tal modo que la

superficie exterior de su cubierta quede a cota del terreno natural en su lado

mas próximo al núcleo de Sóller y con sobreelevación máxima de 1,50

metros sobre el mismo terreno en su lado más próximo al núcleo del

Puerto de Sóller. Sobre dicha cubierta se restituirá el terreno natural propio

del área. Las fachadas vistas se revestirán con mampostería de piedra

caliza de la calidad habitual en la zona. Su capacidad útil no será inferior

a 40.000 m3.

5. Incluir una única Estación de Bombeo, ubicada junto al Depósito

de Regulación, semienterrada y con tratamiento de su edificación según

la tipología del país.

6. Disponer una Tubería de Impulsión única desde dicha Estación

de Bombeo hasta la Arqueta de rotura de carga de Alfabia, para lo cual

la Tubería de Impulsión II se mantendrá según lo proyectado y la Tubería

de Impulsión I prevista se sustituirá por otra en acero helicosoldado

de 1.200 mm de diámetro.

7. Sustituir los tramos de conducción vistos, apoyados sobre pilastras,

por otros similares colocados en zanja bajo la explanación del nuevo

trazado de la carretera C-711

8. Sustituir el Depósito previsto en el área de Alfabia por una Arqueta

de rotura de carga consistente en un depósito con estructura de hormigón

armado semienterrado de unos 1.000 m3 de capacidad útil y con diseño,

tipología constructiva y acabados como los existentes en el área en que

se ha de situar (boca sur del Túnel de Sóller). Se prestará atención especial

al acabado exterior de la cubierta. Las fachadas vistas se revestirán con

mampostería de piedra caliza de la calidad habitual en la zona.

9. Dotar al Depósito de Regulación y Estación de Bombeo del

dispositivo o dispositivos de desinfección adecuados.

10. Suprimir la conexión de la conducción procedente de la Arqueta

de carga con la "Arteria de Embalses", sustituyéndola por otra sobre la

arteria de agua desalada procedente de la IDAM Bahía de Palma o la

arqueta general de distribución de caudales de la misma. En el diseño

detallado de esta solución se considera la posible incorporación del

oportuno dispositivo de rotura de carga si así resultara conveniente.

11. Incluir los elementos adecuados para mantener, en la surgencia

de la fuente de Sa Costera, el caudal ecológico para la conservación del

hábitat existente.

12. Incluir las arterias de derivación y elementos anexos necesarios

para la mejora de los abastecimientos de agua a Sóller y Bunyola.

13. Incluir una partida presupuestaria para asistencia técnica a la

Dirección de Obra en vigilancia y control de impactos ambientales.

La Secretaría General de Medio Ambiente, en el ejercicio de las

atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de

junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y en los artículos 4.2, 16.1

y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988,

de 30 de septiembre, formula la presente Declaración de Impacto Ambiental

sobre el proyecto de Aprovechamiento de los Recursos Hidráulicos de

la Sierra de Tramontana, Mallorca (Baleares).

Se da por concluido y válido el procedimiento administrativo de

Evaluación de Impacto Ambiental de este proyecto con las conclusiones,

medidas y condiciones que se contienen en la documentación del expediente.

No se observan potenciales impactos adversos residuales significativos

sobre el medio ambiente por la construcción de este proyecto con el diseño,

controles y medidas correctoras presentadas por el promotor como

resultado de la Evaluación de Impacto Ambiental realizada, y las acciones que

se prevén hacer en función de los datos reales a obtener en el plan de

vigilancia que va a realizar, tal como señala el estudio de impacto ambiental.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de

septiembre.

Madrid, 27 de noviembre de 2000.-La Secretaria General de Medio

Ambiente, Carmen Martorell Pallás.

ANEXO I

Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto

Relación de consultados Respuestas

recibidas

Dirección General de Conservación de la Naturaleza. X

Delegación del Gobierno de la C. A. de Baleares. X

Presidencia del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares.

Dirección General de Medio Ambiente.

Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

Baleares.

X

Demarcación de Costas de Baleares. X

Dirección Territorial del M.O.P.T. en Baleares.

Consejería de Agricultura y Pesca.

Consejería de Cultura, Educación y Deportes.

Ayuntamiento de Escorca. X

Ayuntamiento de Fornalut. X

Ayuntamiento de Sóller.

Ayuntamiento de Bunyola. X

Ayuntamiento de Palma de Mallorca.

Departamento de Ecología. Facultad de Ciencias. Universidad

Baleares.

Departamento de Geografía. Facultad de Filosofía y Letras. U.

Baleares.

Instituto Tecnológico y Geominero de España. X

CODA.

AEDENAT.

FAT.

Sociedad Española de Ornitología (SEO). X

Contestaciones a las consultas realizadas

Un resumen del contenido ambiental de las contestaciones recibidas

es el siguiente:

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza, recibida con

posterioridad al periodo de consultas previas, señala que de las alternativas

propuestas se deberían descartar las llamadas I, II-1 y II-2 por afectar

a territorios protegidos y a áreas de alto interés por sus valores de fauna

y flora.

En relación con la alternativa II-3 el informe la señala como la mas

adecuada, si bien se debe tener en cuenta la presencia de especies de

alto valor en el entorno del valle de Sóller, como es el caso de Renunculus

Weylerii, Testudo graeca y Alytes mulatensis.

Dirección General de Ordenación del Territorio de Medio Ambiente.

Gobierno Balear.

Indica que el estudio de impacto ambiental debe prestar especial

atención al impacto producido sobre el paisaje incluido las vistas desde el

mar; que se deberían realizar estudios de vegetación y de fauna con

localización de especies protegidas y Comunidades de Interés a escala 1:50.000

ó 1:10.000; estudios de alteraciones producidas y de su capacidad de

regeneración; estudios de comunidades bentónicas afectadas, de su capacidad

de regeneración; estudio sobre valoración de riesgo de rotura por oleaje.

La Demarcación de Costas en Baleares, indica que los tramos

submarinos exigen unos estudios detallados del fondo marino para poder

conocer las afecciones reales a la flora y fauna afín con el fin de que

el proyecto no afecte negativamente a los ecosistemas litorales ni a

yacimientos submarinos de arena proyectados o en explotación.

Asimismo indica que las obras terrestres pueden tener un impacto

visual negativo, por lo que se recomienda enterrar las conducciones y

hacer una integración en el paisaje mediante revestimiento con materiales

del lugar.

Instituto Tecnológico Geominero de España, indica que la

Alternativa II-3, sería la que produciría un menor impacto ambiental.

Ayuntamiento de Escorca, indica que la Alternativa II-3, sería la que

produciría un menor impacto ambiental.

Ayuntamiento de Bunyola, sugiere que las líneas de alimentación

eléctrica vayan subterráneas con el fin de minimizar el impacto paisajístico.

Sociedad Española de Ornitología (SEO), indica:

Que el proyecto afectaría directamente al Área de Importancia

Internacional para las Aves "Acantilados del noroeste de Mallorca y Sierra

de Alfabia", en la que se encuentra entre otras especies, Buitre negro,

Águila pescadora, Halcón peregrino, Halcón de Eleonor y Cormorán moñudo.

Que la alternativa menos impactante sería la II-3, aunque habría que

realizar un estudio marino para no afectar a las praderas de Posidonia

oceánica.

Que la captación de agua se haga respetando al máximo el entorno.

ANEXO II

Descripción del proyecto

El objeto de la actuación es el aprovechamiento de los recursos

superficiales de la Sierra Norte de Mallorca (Sierra de Tramontana) para cubrir

los déficits locales en la demanda de agua en el valle de Sóller y para

mejorar la calidad de las aguas y la garantía de servicio en el abastecimiento

de agua a Palma de Mallorca.

Según la memoria-resumen, en 1990, se sometió a información pública

una propuesta de alternativas basadas en Estudios realizados por el Centro

de Estudio Hidrográficos del CEDEX. En 1991, el Departamento Hidráulico

de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del territorio hace una

propuesta considerada como más favorable ambientalmente mediante el

aprovechamiento integrado de los recursos de Sa Costera y de los

manantiales de S'Olla y Lladonera, en el Valle de Sóller para derivar a Palma

de Mallorca 12 Hm3/año garantizando al 100 por 100 la demanda de agua

en el Valle de Sóller, estimada en unos 3,6 Hm3/año .

Las obras que comprende la propuesta son:

Obras de captación en la fuente de Sa Costera.

Conducción por canal abierto en una longitud de 720 metros.

Túnel de 6.350 metros y 2,5 metros de diámetro.

Estación de bombeo a la salida del túnel.

Tubería de impulsión de 5.400 metros y diámetro 900 y 1.100 mm.

Conducción por gravedad de 5.720 metros hasta conectar con la tubería

de los embalses de Palmanyola.

Las alternativas planteadas son las siguientes:

Alternativa I-1. Bombeo directo de Sa costera a Cúber. Mediante la

construcción de una estación de bombeo junto a la fuente de Sa Costera

y la tubería de impulsión hasta el embalse de Cúber. Las obras necesarias

son: camino de acceso de 3.200 metros de longitud; estación de bombeo;

tubería de impulsión de 6.250 metros con estaciones de bombeo

intermedias; túnel de 1.250 metros para el cruce de la Sierra de Cúber; líneas

eléctricas (7,5 kilómetros)

Alternativa I-2. Conducción Sa Costera-Cala Tuent y bombeo desde

Cala Tuent a Gorg Blau. El agua de Sa costera se conduciría a través

de una tubería submarina hasta Cala Tuent y desde aquí a través de

sucesivas estaciones de bombeo se impulsará hasta el embalse de Gorg Blau,

donde ya existe una estación de bombeo para impulsarla hasta el embalse

de Cúber. Las obras necesarias son: Conducción submarina desde Sa

Costera hasta Cala Tuent de 2.800 metros de longitud; Depósito regulador

y estación de bombeo en Cala Tuent; Tubería de impulsión de 6.370 metros

y estación de bombeo intermedia hasta Gorg Blau.

Alternativa II-1. Túnel directo Sa Costera-Sóller y bombeo en Sóller.

Es la solución originaria del Pliego de Bases del Proyecto, consiste en

la construcción de un túnel desde Sa costera al Valle de Sóller, con una

estación de bombeo en dicho punto y una tubería de impulsión hasta

conectarse con la tubería de los embalses en el área de Palmanyola,

aprovechando el paso del Coll de Sóller por el túnel carretero. Las obras

necesarias son: Camino de acceso de 3.200 metros de longitud desde Cala

Tuent a Sa Costera; Canal de 720 metros desde Sa Costera a la entrada

del túnel; Túnel de Sa Costera a Sóller de 6.380 metros de longitud; depósito

de regulación y estación de bombeo; tubería de impulsión de 14.090 metros

de longitud.

Alternativa II-2. Estación de bombeo en Sa Costera Comprende la

construcción de la estación de bombeo en Sa Costera y una tubería de impulsión

hasta el valle de Sóller. El resto de las obras son similares a la alternativa

II-1. Las obras necesarias son: camino de acceso desde Cala Tuent a Sa

Costera de 3.200 metros; Canal de 720 metros desde la fuente hasta la

ubicación de la estación de bombeo; Depósito regulador y estación de

bombeo en Sa Costera; tubería de impulsión con tramos en túnel, tramos

enterrados y tramos anclados al terreno; Línea eléctrica (7,5 kilómetros).

Alternativa II-3. Trazado submarino desde Sa Costera al Puerto de Sóller

y bombeo posterior. Comprende el acondicionamiento y captación de las

instalaciones existentes en la fuente de Sa Costera de una antigua central

hidroeléctrica. Conducción submarina hasta el Puerto de Sóller a través

de una tubería submarina de 9 kilómetros.

Entre el Puerto de Sóller y Sóller se proyecta un Depósito regulador,

Estación de bombeo (I) y un edificio para la Estación de bombeo.

Aguas abajo de las fuentes de S'Olla y Lladonera se proyecta la

construcción de un azud de 5,30 metros de altura sobre el lecho del torrente, 130

metros aguas abajo del existente. En esta misma zona, se proyecta una

Estación de bombeo (III).

En una zona intermedia entre Sóller y la zona N del Túnel de Sóller,

se proyecta una Estación de bombeo (II), un Depósito regulador que ocupa

una superficie útil de unos 1.139 m2 y un edificio para la Estación de

bombeo.

En la boca Sur del Túnel de Sóller, se proyecta un Depósito de carga

de 20.000 m3.

Para llevar el agua a cada una de las estructuras, se proyectan las

correspondientes tuberías de impulsión y conducciones de gravedad.

Alternativa II-4. Trazado submarino desde Sa Costera al Dique Oeste

de Palma. Consistiría en la prolongación de la conducción submarina

anterior hasta el Dique Oeste de Palma, con una longitud total de 89.400 metros.

ANEXO III

Resumen del Estudio de Impacto Ambiental

El área de estudio corresponde a los términos municipales de Sóller,

Bunyola y Escorca, ampliándose para algunos factores ambientales a toda

la Sierra de Tramontana.

El estudio señala que el balance hídrico global de la Sierra de

Tramontana es poco conocido, así como las posibilidades reales de explotación

de las aguas subterráneas, excepto en algunas unidades hidrogeológicas.

La unidad hidrogeológica de las fuentes de Sóller tiene una extensión

de 48 Km2, correspondiendo 46 Km2 a afloramientos calcáreos-dolomíticos

permeables y 2 Km2 a margas poco permeables. Esta unidad de estructura

compleja, descarga por un conjunto de fuentes cercanas a Sóller, las más

importantes de las cuales son las de S'Olla y Lladonera. El agua de las

fuentes de Sóller es de buena calidad química, apta para abastecimiento

urbano, industrial y agrícola. La infiltración global a los acuíferos se estima

en 40-50 Hm3/año.

La Sierra de Tramontana constituye, dice el estudio, una zona muy

vulnerable a la contaminación, por estar constituida básicamente por

materiales calcáreos básicos que están muy tectonizados y fracturados.

La Sierra de Tramontana es considerada como un Área de Especial

Protección de Interés para la Comunidad Autónoma por la Ley 1/1991

de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial

protección de las Islas Baleares.

El estudio de vegetación indica que la Sierra de Tramontana está

cubierta en un 40 por 100 por arbolado, fundamentalmente encinares, pinares

de pino blanco y bosque mixto de ambas especies. Un 27 por 100

corresponde a formación arbustiva y un 25 por 100 corresponde a cultivos.

El interés botánico lo representa la densidad de especies endémicas y

las especies de interés científico. Se identifican los núcleos de mayor interés

botánico que corresponde a: Vertientes y estribos del Puig Major y Serreta

de Alfábia; Zonas de acantilados en especial el litoral entre Sa Calobra

y Ariant ; Zonas húmedas en los lechos de los torrentes; Valle de Sóller;

el Gorg Blau y en el medio marino zonas de Posidonia oceánica.

El estudio de fauna señala una especial importancia de la zona por

encontrarse especies representativas como el ferreret, la garriga, 80

moluscos gasterópodos pulmonados. Es zona de invernada y sobre todo área

de canalización del flujo mediterráneo de aves.

En cuanto al paisaje, se identifican las siguientes unidades de alta

calidad paisajística: Gorg Blau; Pla de Cúber; Vall de Sóller y unidades

de mediana calidad paisajística: Cala Reis-Son Nebot; Puerto de Sóller

y Coll de Sóller.

El estudio de alternativas refleja que la alternativa II-3 sería la menos

impactante ambientalmente por tener el acceso a Sa Costera por mar que

eliminaría el impacto de los accesos en la zona de acantilados, el impacto

visual de la estación de bombeo y de la tubería de impulsión, no tener

vertidos de túnel, y discurrir por zonas más humanizadas.

El estudio de impacto ambiental, se centra en la viabilidad ambiental

de la alternativa II-3 como la más aceptable. Identifica los siguientes

impactos negativos: Afección sobre las praderas de Posidonia oceánica; impacto

sobre el ecosistema acuático en el torrente de Sóller y las fuentes de Sa

Costera y S'Olla y Lladonera; impacto por ruido sobre la avifauna

nidificante en la costa norte; y el impacto paisajístico que incluye la eliminación

del salto de agua de unos 15 metros de la fuente de Sa Costera (impacto

común para todas las alternativas).

Sobre la afección a las praderas de Posidonia oceánica, el estudio indica

que el recorrido de la traza que afecta a dichas praderas es el que transcurre

por la zona de costa calcárea, en unos 3,5 kilómetros entre S'Illeta y la

zona exterior de la bocana del Puerto de Sóller. Si bien el impacto no

es significativo porque desaparece en un par de años, tiempo que tarda

en recubrirse de vegetación la franja de 1,5 ó 2 metros de ancho afectada

por la instalación de la tubería.

Sobre la afección al ecosistema acuático en el torrente y las fuentes

de Sa Costera y S'Olla y Lladonera, el estudio señala la presencia de reptiles

protegidos aunque no presentan, dice el estudio, problemas de

conservación. Asimismo el estudio señala que se evitará la afección al lecho

del torrente, se respetarán los pies arbóreos de bosques de ribera del

Torrente de Sóller y de las fuentes, y demás especies arbóreas que puedan

encontrarse en la traza, debiendo reponerse en el caso de que algún

ejemplar tuviera que cortarse, y se impedirá el vertido de materiales procedentes

de la obra

Sobre el impacto producido por el ruido en la avifauna y mas

concretamente sobre el águila pescadora, el estudio de impacto ambiental,

propone no efectuar el desarrollo de la obra en las inmediaciones de Cala

Rotja durante los meses de mayo a julio, realizando el tendido submarino

a partir de agosto. Asimismo, el estudio propone que un técnico especialista

realice la supervisión del estado del nido durante la fase de construcción.

En relación con el Programa de Vigilancia Ambiental, el estudio señala

que se efectuará un seguimiento de las actuaciones que puedan afectar

a la vegetación y a la fauna, control de la calidad de las aguas en el

Torrente Mayor y Fuentes de Sa Costera y S'Olla, emisiones de polvo,

ruido y vibraciones que puedan afectar a los habitantes de los núcleos

de población circundante y un seguimiento de las labores de revegetación

y recuperación paisajística del entorno, infraestructuras anejas, zonas de

vertederos, canteras y escombreras.

ANEXO IV

Resumen de las alegaciones con contenido medioambiental presentadas

en el periodo de Información Pública

En el periodo de información pública, se han recibido 13.455

alegaciones que agrupadas por los temas planteados, se resumen en las

siguientes cuestiones:

Don Joan Marroig Samper y otros 3.900: Solicitan que no se produzca

ninguna modificación del estado actual del Torrente Mayor en cotas

superiores a la de la Estación Impulsora número 1, al objeto de no afectar

los consumos humanos y agrícolas de los pozos y fuentes de la zona.

Doña Catalina Estrades Coll y otros 3.748: Indican que la captación

de las fuentes de s'Olla y Na lladonera supone un riesgo de agotamiento

en los pozos, fuentes y norias del Valle de Sóller. Solicitan que se supriman

la presa y la estación impulsora previstas en la zona de las fuentes de

s'Olla y Na Lladonera, que minimicen los impacto visual y ambiental del

Depósito previsto cerca de la desembocadura del Torrente Mayor, así como

de las Estaciones Impulsoras n.o 1 y n.o 3.

Don Antonio Bauzá Deyá y otros 787: Solicitan que se modifique la

ubicación del Depósito Regulador y de la Estación Impulsadora n.o 1 por

ser una zona plenamente agrícola llevando el emplazamiento previsto a

una zona cercana posterior a las edificaciones hoteleras de la bahía de

Sóller.

Doña Margarita Llaneras Croix y otros 1.199: Indican que la captación

de los sobrantes de las aguas de las fuentes de S'Olla y Na Lladonera,

provocará la desecación de los pozos de abastecimiento de la red municipal

de aguas. Se señala que los únicos sobrantes de agua son los que van

al mar y no los que discurren por la parte alta del torrente colindante

a los manantiales.

Solicitan que se modifique el proyecto, suprimiendo la presa en la

parte alta del torrente y limitando las captaciones de agua a Sa Costera

y a los sobrantes que se puedan captar en la parte baja del torrente,

antes de su desembocadura al mar.

"EMAYA S. A.": Solicitan que el proyecto se limite al aprovechamiento

de las aguas de Sa Costera destinando éstas íntegramente a la bahía de

Palma, sin perjuicio de regular independientemente el aprovechamiento

de las fuentes de S'Olla y Na Lladonera para abastecer Sóller, y que en

la utilización se de prioridad al abastecimiento a la población sobre

cualquier otro uso, incluido el agrícola. Se estima además que el proyecto

no es completo por no considerar entre otras, inyección para la recarga

del acuífero de S'Estremera.

Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Baleares: Indica que el

proyecto debería contemplar algún sistema de infiltración, como la recarga

del acuífero de SÉstremara y que debería estudiar la posibilidad de

aprovechamiento energético del salto debido a la diferencia de cotas.

Colegio de Arquitectos de Baleares-Delegación de Mallorca: Manifiesta

que el Depósito de carga se proyecta en una zona inadecuada por la

alternación de paisaje que producirá y la dificultad en las tareas de

enmascaramiento y recuperación paisajística. Se señala que la instalación

propuesta en la zona de los jardines y casas de Alfabia con importancia

patrimonial e histórica, merecen especial atención y cuidado, recomendando

otra zona mas adecuada para su ubicación.

Don José Zaforteza Calvet: Manifiesta que los Jardines de la finca

"Alfabia", lugar donde está proyectada una balsa, fueron declarados

"Históricos" por Decreto de 5 de febrero de 1954, estando limitadas las

actuaciones por la Ley de la Jefatura del Estado 23/85 reguladora del Patrimonio

del Estado.

Solicita que se deje sin efecto la construcción de la balsa en el lugar

proyectado, ofreciendo otros posibles.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente.

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Ultima edizione del BOE

Ultima edizione del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...