Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Visto el expediente de indulto de don José Manuel García Romero,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de
lo Penal número 1 de Vitoria, que, en sentencia de fecha 22 de octubre
de 1996, le condenó, como autor de un delito de no prestación al
cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión e
inhabilitación absoluta por tiempo de diez años, por hechos cometidos en el
año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don José Manuel García Romero la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al
servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.