Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente de indulto de don Aitor Aranguren Ezcurra, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de
lo Penal número 1 de San Sebastián, que, en sentencia de fecha 24 de
noviembre de 1994, le condenó, como autor de un delito de rehúse al
cumplimiento del servicio militar, a la pena de un mes y un día de prisión
e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Aitor Aranguren Ezcurra la pena privativa
de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.