Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente de indulto de don Francisco Pardillo Sanz, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Tercera, Sala de lo Penal, de la Audiencia Nacional, en
sentencia de fecha 17 de marzo de 1997, como autor de un delito de
fabricación de moneda falsa, a la pena de doce años y un día de prisión
y multa de 2.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de
diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Francisco Pardillo Sanz la mitad de la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.