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Visto el expediente de indulto de don Jacinto González Pérez, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense, en sentencia de fecha
4 de noviembre de 1998, como autor de un delito contra la seguridad
del tráfico, a la pena de arresto de nueve fines de semana y privación
del permiso de conducir durante un año y un mes, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Jacinto González Pérez la pena privativa de
libertad y de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento,
a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo
de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.